La tensi¨®n por la ley de libertad sexual se recrudece incluso tras su aprobaci¨®n
Iglesias muestra el enfado de Podemos con Justicia sin citarlo: ¡°En las excusas t¨¦cnicas creo que hay mucho machismo frustrado¡±
El Consejo de Ministros ha dado este martes el primer paso para sacar adelante la ley contra las violencias sexuales, que impulsa el departamento que dirige Irene Montero, y ha provocado uno de los primeros choques en el Gobierno de coalici¨®n. El texto, por el que desaparece el abuso sexual, pone el consentimiento de la mujer en el centro. Lo define como una manifestaci¨®n libre ¡°por actos exteriores, concluyentes e inequ¨ªvocos¡± de la voluntad de ¡°participar en el acto¡±, seg¨²n han explicado fuentes del Ministerio de Igualdad. El anteproyecto ampara a las mujeres a partir de los 16 a?os ¡ªcuando ...
El Consejo de Ministros ha dado este martes el primer paso para sacar adelante la ley contra las violencias sexuales, que impulsa el departamento que dirige Irene Montero, y ha provocado uno de los primeros choques en el Gobierno de coalici¨®n. El texto, por el que desaparece el abuso sexual, pone el consentimiento de la mujer en el centro. Lo define como una manifestaci¨®n libre ¡°por actos exteriores, concluyentes e inequ¨ªvocos¡± de la voluntad de ¡°participar en el acto¡±, seg¨²n han explicado fuentes del Ministerio de Igualdad. El anteproyecto ampara a las mujeres a partir de los 16 a?os ¡ªcuando est¨¢ fijado el consentimiento sexual¡ª que hayan sufrido violencia sexual, mutilaci¨®n genital femenina, matrimonio forzado o trata con fines de explotaci¨®n sexual. La norma ha sufrido cambios hasta este mismo lunes, tras debatirla con otros ministerios, especialmente Justicia. Contempla modificaciones en el C¨®digo Penal, como la tipificaci¨®n del acoso callejero como un delito leve, con pena de arresto domiciliario, trabajos comunitarios o multa, y prev¨¦ cambios en las penas de delitos sexuales.
La dura pol¨¦mica entre Unidas Podemos y el PSOE por la primera gran ley dirigida por un ministerio del grupo de Pablo Iglesias no ha finalizado ni siquiera con la aprobaci¨®n por el Consejo de Ministros, en primera lectura, del anteproyecto de la ley de libertad sexual. Incluso despu¨¦s de llegar a un acuerdo, que cost¨® much¨ªsimo y gener¨® fuertes tensiones, segu¨ªan los coletazos que en el ¨²ltimo momento fueron a¨²n m¨¢s virulentos que en las semanas anteriores.
El mismo d¨ªa en que se iniciaba la tramitaci¨®n de la norma e Irene Montero trataba de rebajar la pol¨¦mica interna con la idea de que ella no comenta en p¨²blico las batallas entre ministros, Iglesias no se ha contenido y ha lanzado en los pasillos del Senado una frase que deja ver toda la tensi¨®n acumulada hasta los momentos previos a la aprobaci¨®n. ¡°Las discrepancias se resuelven a puerta cerrada. A las mujeres en este pa¨ªs se les han puesto much¨ªsimas excusas, hist¨®ricamente han sido una manera de limitar y tratar de detener el avance del movimiento feminista. En las excusas t¨¦cnicas creo que hay mucho machista frustrado¡±.
Iglesias no ha hecho menci¨®n expresa al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, y en su entorno aseguran que era una reflexi¨®n general, pero la pregunta mencionaba al ministro. Adem¨¢s, la formaci¨®n de Iglesias ha insistido varias veces en que Justicia estaba bloqueando la ley con ¡°excusas t¨¦cnicas¡±.
Pocas horas despu¨¦s del comentario de Iglesias se publicaban ¨ªntegras en la cadena SER las dur¨ªsimas alegaciones de Justicia contra el texto, lo que ha rematado la sensaci¨®n de batalla campal entre los dos partidos.
Algunas fuentes incluso se?alan que la pol¨¦mica ha sido tan fuerte que se pens¨® en retrasar la norma, lo que ser¨ªa un incumplimiento grave del acuerdo PSOE-Unidas Podemos, que inclu¨ªa que la ley pasar¨ªa a Consejo de Ministros antes del 8 de marzo. Fuentes de La Moncloa admiten que el debate fue muy intenso, pero aseguran que nunca estuvo en riesgo retrasar la norma.
A pesar de todo, Montero ha reivindicado el anteproyecto como un hito que coloca a Espa?a en la vanguardia en este asunto. La ministra ha explicado que es una norma integral que supone un cambio de paradigma. Hasta ahora, para que haya agresi¨®n sexual debe haber violencia o intimidaci¨®n. En caso contrario, hay abuso. Con la nueva ley, este ¨²ltimo desaparece y el foco ser¨¢ el consentimiento, entendido como la manifestaci¨®n libre ¡°por actos exteriores, concluyentes e inequ¨ªvocos¡± de la voluntad de participar en el acto, seg¨²n el anteproyecto, al que tuvo acceso EL PA?S.
La ministra de Igualdad ha asegurado este martes que lo sustancial de la base de la ley, que es el consentimiento, no ha cambiado. S¨ª se ha matizado que en el plazo de un a?o se deber¨¢ decidir si ser¨¢n los juzgados de violencia sobre la mujer los competentes para decidir sobre los delitos contra la libertad sexual o si la competencia recaer¨¢ en otros ¨®rganos, en cualquier caso especializados, seg¨²n insisten fuentes de Igualdad.
La ley, que es integral y hace hincapi¨¦ especialmente en la prevenci¨®n, instaurar¨¢ contenidos sobre educaci¨®n sexual en igualdad y diversidad afectivo-sexual en todos los niveles educativos. Montero ha insistido este martes en que la norma es pionera y pone el foco en la sensibilizaci¨®n y acompa?amiento de la v¨ªctima en todas las fases del proceso y en la reparaci¨®n, y ha asegurado que la normativa solo es comparable a la ley contra la violencia de g¨¦nero, aprobada en 2004 por el PSOE. Por primera vez se recoger¨¢ en una ley de ¨¢mbito estatal el derecho a la reparaci¨®n integral, es decir, que se contemplar¨¢ el derecho a una indemnizaci¨®n y medidas para la completa recuperaci¨®n f¨ªsica ¡ªlo que incluye asistencia econ¨®mica a las v¨ªctimas muy da?adas, seg¨²n fuentes de Igualdad¡ª, ps¨ªquica y social.
En el texto se protege a las mujeres a partir de 16 a?os. Los menores de 18 a?os tambi¨¦n estar¨¢n protegidos por la ley de protecci¨®n a la infancia que ultima el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Fuentes de Igualdad aseguran que ambos textos ser¨¢n compatibles.
En el anteproyecto tambi¨¦n se contempla la formaci¨®n continua en el ¨¢mbito educativo, en el sector sanitario y de servicios sociales, en las fuerzas y cuerpos de seguridad, en la carrera judicial y fiscal, en la abogac¨ªa, en el ¨¢mbito penitenciario y en el forense. Fuentes de Igualdad sostienen que existe una primera estimaci¨®n del impacto econ¨®mico que tendr¨¢ la ley, pero no especifican a cu¨¢nto asciende.
Entre las medidas penales, los cambios se producen en varias ¨¢reas. Hasta ahora, para que haya agresi¨®n sexual debe haber violencia e intimidaci¨®n. En caso contrario, se considera que hay abuso. Con la nueva ley, el foco ser¨¢ el consentimiento. La ministra Montero ha precisado en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que debe quedar patente ¡°una expresi¨®n expl¨ªcita de la mujer, no necesariamente verbal¡±. Se considerar¨¢ agresi¨®n sexual ¡°cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento¡±, han manifestado fuentes de su departamento.
¡°Penas m¨¢s proporcionales¡±
La agresi¨®n sexual ser¨¢ castigada con penas de uno a cuatro a?os (ahora el rango va de uno a cinco a?os o multa). En la reforma del C¨®digo Penal se recoger¨¢ que la violaci¨®n (con penetraci¨®n, aunque no haya violencia) conllevar¨¢ penas de cuatro a 10 a?os (antes, de cuatro a 12). Fuentes de Igualdad insisten en que las penas ser¨¢n m¨¢s proporcionales y en que, pese a esta reducci¨®n, en los delitos m¨¢s graves el castigo permanecer¨¢ igual que en la actualidad, dado que las circunstancias agravantes compensan la modificaci¨®n de las penas. En caso de que concurra una, el castigo m¨¢ximo para una violaci¨®n podr¨¢ llegar a los 12 a?os. En caso de que concurran dos agravantes, podr¨¢ llegar a los 15. Adem¨¢s, se a?ade como agravante que la v¨ªctima sea pareja o expareja del agresor, o que este anule su voluntad mediante el suministro sustancias. Tambi¨¦n lo son que la agresi¨®n sea grupal, que exista un trato degradante o violencia extrema o que la v¨ªctima sea especialmente vulnerable.
La normativa eleva las penas del acoso sexual, de los tres a siete meses actuales o una multa, a seis o 12 meses, con un m¨¢ximo de 24 en los casos m¨¢s graves, o una multa superior, incluyendo una inhabilitaci¨®n profesional para el cargo ¡ªen el ¨¢mbito docente o laboral¡ª, seg¨²n fuentes de Igualdad. Algo que ahora no est¨¢ contemplado. En el delito de stalking, el acoso reiterado, se elimina que este tenga que alterar ¡°gravemente¡± la vida cotidiana de la v¨ªctima. La pena de este delito no es grave (prisi¨®n de tres meses a dos a?os o multa), pero fuentes de Igualdad precisan que se impon¨ªa poco por el requisito de alterar gravemente la vida. Ahora bastar¨¢ con que la altere.
Esta ley ampara, en tanto se apruebe una ley espec¨ªfica, a las v¨ªctimas de trata con fines de explotaci¨®n sexual. Tambi¨¦n recoge el derecho a la asistencia integral especializada, es decir, informaci¨®n, atenci¨®n m¨¦dica y psicol¨®gica, asesoramiento en los procesos judiciales, necesidades econ¨®micas, laborales, de vivienda y sociales, medidas similares a las que ya existen en caso de violencia machista. Fuentes de Igualdad aclaran que estos recursos se asignar¨¢n en funci¨®n de la gravedad del caso y las necesidades de las v¨ªctimas, que no tendr¨¢n que emprender acciones legales para acceder a estos servicios. Se crear¨¢n centros de crisis abiertos 24 horas y tambi¨¦n estar¨¢ habilitada una l¨ªnea telef¨®nica para atender a las v¨ªctimas de violencia sexual, como ocurre con el 016 contra la violencia machista. Adem¨¢s, se contemplar¨¢n derechos laborales como la reducci¨®n o reordenaci¨®n del tiempo de trabajo, la movilidad geogr¨¢fica o el acceso a programas espec¨ªficos e empleo ¡ªpara desempleadas¡ª, seg¨²n las mismas fuentes.
Tambi¨¦n se perfilan cambios para equiparar la protecci¨®n frente a la violencia sexual a la de la violencia de g¨¦nero. Esto ocurrir¨¢ en el caso de la suspensi¨®n condicional de penas ¡ªes decir, cuando el agresor no entra en prisi¨®n por tratarse de su primer delito¡ª, cuando para los agresores sexuales se a?ade al pago de la indemnizaci¨®n y la condici¨®n de que no vuelvan a delinquir las mismas condiciones que rigen en la violencia machista: "Prohibici¨®n de acercarse a la v¨ªctima, de comunicar con ella y obligaci¨®n de participar en programas formativos de igualdad o educaci¨®n sexual. No se impondr¨¢ el pago de una multa si el agresor tiene relaci¨®n familiar con la v¨ªctima que la acabe perjudicando econ¨®micamente.
El anteproyecto de Ley Org¨¢nica de Garant¨ªa Integral de la Libertad Sexual ha pasado este martes en primera lectura por Consejo de Ministros. Posteriormente comenzar¨¢ la fase de audiencia p¨²blica y deber¨¢n emitirse los informes preceptivos de ¨®rganos como el Consejo General del Poder Judicial o el Consejo de Estado antes de que vuelva a pasar por el Consejo de Ministros y, posteriormente, comience su tramitaci¨®n en el Congreso de los Diputados. La normativa establece como objetivo la protecci¨®n del derecho a la libertad sexual de todas las personas y la erradicaci¨®n de las violencias sexuales. El texto tiene como fin adaptarse al Convenio de Estambul, pacto europeo sobre la violencia hacia las mujeres.
Las alegaciones de Justicia al borrador de la ley
Correcciones formales y del articulado. El informe de Justicia sobre el borrador de Ley Org¨¢nica de Garant¨ªa del Derecho a la Libertad Sexual tiene hasta 26 p¨¢ginas de correcciones que van desde aspectos meramente formales hasta otros relacionados con el articulado.
Sobre la pol¨ªtica legislativa. El texto del Ministerio de Justicia apunta que la t¨¦cnica legislativa empleada ¡°no resulta adecuada¡± y que es una norma que no tiene las proposiciones imperativas ni los mecanismos suficientes para ¡°asegurar su aplicaci¨®n¡±.
Choque con la ley contra la violencia de g¨¦nero. El documento alega que sigue la estructura y el sistema de esta ley y subraya de forma espec¨ªfica: ¡°No queda clara la delimitaci¨®n entre ambas¡±.
Ausencia de contenido. Dice Justicia que la ¡°voluntad codificadora de tocar casi todos los temas relacionados con la materia ha inspirado numerosos art¨ªculos que carecen, en realidad, de contenido normativo alguno¡±.
Duplicidades normativas. Justicia explica c¨®mo el anteproyecto enumera una serie de medidas que los poderes p¨²blicos tendr¨¢n que adoptar y, despu¨¦s, en las disposiciones finales, se da cumplimiento a esas mismas medidas prometidas. Esto ¡°puede plantear problemas interpretativos de dif¨ªcil soluci¨®n y soluciones contradictorias ante un mismo supuesto de hecho¡±.
Falta de uniformidad. ¡°El anteproyecto no sigue un criterio uniforme¡±, se redacta en el texto. Explica que tanto las disposiciones finales como el articulado incluyen modificaciones legislativas y, adem¨¢s, las mismas leyes se reforman unas veces en el articulado y otras en esas disposiciones.
Conflictos de competencias. Justicia habla de una ¡°pl¨¦yade de art¨ªculos de alcance auton¨®mico en materia de asistencia social, educaci¨®n, derecho civil, vivienda, entre otros, que complicar¨ªan su tramitaci¨®n por ser cuestionable la existencia de t¨ªtulo estatal por m¨¢s que se invoquen en la disposici¨®n¡±.
Duplicaci¨®n de art¨ªculos de leyes vigentes. En la relaci¨®n de los 25 art¨ªculos que ¡°pr¨¢cticamente reproducen¡± otros ya vigentes, Justicia ¡°ruega encarecidamente su estudio de nuevo de manera sosegada, pues la extensi¨®n a violencia sexual no es tal, ya que dichos art¨ªculos recogen supuestos que van m¨¢s all¨¢ de la violencia de g¨¦nero¡±.
Cambios en los art¨ªculos. El informe hace correcciones en 13 art¨ªculos, en un t¨ªtulo y en seis de las disposiciones finales.
Confusi¨®n de derechos. En algunos de ellos, apunta Justicia, ¡°el art¨ªculo confunde derechos recogidos en otras normas con derechos recogidos en la propia ley¡±. Critica que se incluyan delitos inexistentes como ¡°extorsi¨®n sexual¡±, que se haga referencia a las violencias simb¨®licas sin definir, y que existan definiciones de violencia de g¨¦nero y machista que no se corresponden con el Convenio de Estambul.
Rango de penas. El documento de Justicia no acepta la propuesta del rango de penas de Igualdad. Alega que se equiparan las distintas agravantes (como que el hecho se cometa por la actuaci¨®n de dos o m¨¢s personas o cuando haya un car¨¢cter particularmente degradante) y se produce una excesiva homogeneizaci¨®n de las conductas que se penalizan.