El Supremo no considera probado el primer caso que analiza de beb¨¦s robados
El tribunal descarta confirmar la prescripci¨®n de los delitos, lo que deja la puerta abierta para futuros juicios
El Tribunal Supremo no considera probado el delito de detenci¨®n ilegal en el caso de In¨¦s Madrigal, la ¨²nica entre m¨¢s de 2.000 denunciantes que logr¨® sentar en el banquillo a un acusado por robo de beb¨¦s, el doctor Eduardo Vela, que falleci¨® en octubre de 2019. Un a?o antes, la Audiencia Provincial de Madrid lo hab¨ªa considerado responsable de los delitos de falsedad, suposici¨®n de parto y detenci¨®n ilegal, pero lo absolvi¨® porque hab¨ªan prescrito. Meses m¨¢s tarde, Madrigal logr¨® encontrar a su familia biol¨®gica y supo que su madre se qued¨® embarazada estando soltera y la entreg¨® en adopci¨®n en 1969. Por eso, el Supremo ahora concluye que el delito de detenci¨®n ilegal no est¨¢ probado, porque no se ha acreditado la ausencia de consentimiento de la madre biol¨®gica.
El alto tribunal mantiene en todo lo dem¨¢s los hechos acreditados por la Audiencia de Madrid como delito de falsedad, y considera ilegal el procedimiento de entrega de la ni?a en adopci¨®n a In¨¦s P¨¦rez y Pablo Madrigal, que no pod¨ªan tener hijos. La sentencia no se pronuncia sobre la prescripci¨®n de los delitos, impugnada tanto por la Fiscal¨ªa como por la acusaci¨®n particular, y que resultaba clave para los miles de casos de beb¨¦s robados denunciados pero que no han podido juzgarse. El tribunal considera que el fallecimiento del doctor Vela (y tambi¨¦n, indirectamente, la supresi¨®n del delito de detenci¨®n ilegal) hace que no proceda resolver sobre una petici¨®n de condena que ya resulta inviable. Los magistrados rechazan ¡°especular¡± sobre una cuesti¨®n con una finalidad ¡°puramente te¨®rica¡± y, menos, para incidir en otros procesos sin dar audiencia a las personas afectadas por ellos.
Al no pronunciarse sobre la prescripci¨®n, el tribunal deja la puerta abierta a que se puedan juzgar otros casos. Precisamente, el Supremo ha fijado para el pr¨®ximo 30 de junio la deliberaci¨®n sobre un recurso de casaci¨®n presentado por la asociaci¨®n SOS Beb¨¦s Robados Huelva con el que este colectivo, que representa a m¨¢s de 180 familias, pretende que el alto tribunal revoque el archivo por prescripci¨®n de todos los casos que abrieron en su d¨ªa los juzgados onubenses. Ser¨¢ ah¨ª cuando el Supremo tenga que pronunciarse sobre si, como sostuvo tambi¨¦n la Audiencia de Madrid en el caso de In¨¦s Madrigal, estos delitos est¨¢n prescritos.
En el caso de Madrigal, la sentencia destaca el c¨²mulo de incidencias que se han producido durante la tramitaci¨®n de estos recursos, desde el fallecimiento del acusado a la localizaci¨®n de la familia biol¨®gica de la mujer. Sobre esto ¨²ltimo, la sala recuerda que, cuando el recurso estaba pendiente de resolverse, la Fiscal¨ªa inform¨® de que se hab¨ªa logrado identificar a la madre biol¨®gica de Madrigal, ya fallecida, y, a partir del testimonio de su hermana y sus hijos, se hab¨ªa concluido que la madre biol¨®gica hab¨ªa entregado en adopci¨®n a la reci¨¦n nacida, ¡°de forma libre y voluntaria¡±.
El tribunal argumenta que la Audiencia se bas¨® en indicios para considerar probada la ausencia de consentimiento de los padres biol¨®gicos de Madrigal en la entrega del beb¨¦. En el juicio no hubo ninguna declaraci¨®n directa que acreditase que se trat¨® de un robo y no de una entrega voluntaria por parte de la madre, una f¨®rmula que estaba autorizada entonces por la normativa para permitir a la madre mantener oculta su identidad. El tribunal considera que el razonamiento de la Audiencia (que el beb¨¦ fue robado) es plausible, pero advierte de que es ¡°demasiado abierto¡±, ya que exist¨ªa otra alternativa igual de probable: que el doctor Vela hubiese contado con el consentimiento libre de la madre. ¡°Era ese un hecho en aquella ¨¦poca no ins¨®lito o extra?o, sino relativamente habitual¡±, dice la sentencia.
La Sala de lo Penal reprocha a la Audiencia que optara por considerar probado el robo sin contar con pruebas concluyentes, lo que da a entender que, aunque Madrigal no hubiera encontrado en este tiempo a su familia biol¨®gica, es probable que el Supremo hubiera igualmente corregido el fallo del tribunal madrile?o. La ¡°deducci¨®n¡± a la que lleg¨® la Audiencia, advierte el Supremo, ¡°era compatible¡± con las pruebas con las que contaba. ¡°Pero no era la ¨²nica posible. Quiz¨¢s, ni siquiera la m¨¢s probable. Era imaginable otra hip¨®tesis exculpatoria de ese delito, con al menos, el mismo grado de probabilidad¡±.
Los magistrados s¨ª mantienen el delito de falsedad y de suposici¨®n de parto. Consideran que el acusado intervino tanto en la certificaci¨®n falsa para inscribir a la ni?a en el Registro Civil como en toda la maniobra para entregarla a los padres adoptivos. El certificado donde figuraba su firma, que el propio doctor Vela reconoci¨®, se emiti¨® para lograr inscribir a la ni?a, recuerda el tribunal, que considera que el m¨¦dico fallecido sab¨ªa el uso que se le iba a dar a ese documento.
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