El Supremo falla que la asociaci¨®n que ayuda a morir es de utilidad p¨²blica
El alto tribunal rechaza el recurso de Abogados Cristianos, que alegaba que la entidad iba contra el derecho a la vida
La asociaci¨®n Derecho a Morir Dignamente cumple un inter¨¦s general y es por tanto de utilidad p¨²blica, lo que le abre las puertas, entre otras cosas, a recibir ayudas p¨²blicas. El Tribunal Supremo lo ha zanjado en una sentencia conocida este viernes, en respuesta al recurso presentado por la entidad Abogados Cristianos.
Las 44 p¨¢ginas del fallo de la Secci¨®n Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo, de la que ha sido ponente el magistrado Wenceslao Olea, est¨¢n repletas de razon...
La asociaci¨®n Derecho a Morir Dignamente cumple un inter¨¦s general y es por tanto de utilidad p¨²blica, lo que le abre las puertas, entre otras cosas, a recibir ayudas p¨²blicas. El Tribunal Supremo lo ha zanjado en una sentencia conocida este viernes, en respuesta al recurso presentado por la entidad Abogados Cristianos.
Las 44 p¨¢ginas del fallo de la Secci¨®n Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo, de la que ha sido ponente el magistrado Wenceslao Olea, est¨¢n repletas de razonamientos jur¨ªdicos que se van acercando en largos giros a unos pocos elementos fundamentales, que son los siguientes: el derecho a la vida est¨¢ vinculado a la dignidad de las personas. No existe un derecho subjetivo a la muerte, pero tampoco existe un deber de vivir. Informar y dar asesoramiento a quienes est¨¢n pr¨®ximos a fallecer y sufren padecimientos f¨ªsicos sin expectativa de recuperaci¨®n constituye una forma de promocionar el derecho fundamental a la vida. Y defender la despenalizaci¨®n de la eutanasia, como hace la asociaci¨®n, que fue fundada en 1984 y cuenta con 7.000 socios, no puede considerarse una finalidad il¨ªcita.
El tribunal tiene en cuenta que el Congreso aprob¨® en diciembre ¡°por mayor¨ªa absoluta¡± la ley de eutanasia, ahora pendiente de ser votada en el Senado. ¡°Esa mera tramitaci¨®n¡±, dicen los jueces, ¡°pone de manifiesto la existencia de una realidad en nuestro pa¨ªs¡±. ¡°Y debe recordarse¡±, siguen, ¡°que el derecho ha sido reconocido, dentro de nuestro ¨¢mbito, por Holanda (2001), B¨¦lgica (2002) y Luxemburgo (2008)¡±.
El Supremo plantea, sin signos de interrogaci¨®n, una pregunta clave: la de si ¡°el titular del derecho a la vida puede disponer del mismo derecho, esto es, extinguirla provoc¨¢ndose la muerte¡± en aquellos casos en que ello ¡°obedezca a una decisi¨®n razonada, consciente y por supuesto, libremente aceptada (...), sin influencia ajena alguna y lo que es m¨¢s importante, sin el auxilio de terceros¡±. Despu¨¦s de algunos circunloquios, el tribunal se?ala: ¡°No puede silenciarse que entre obligar a vivir y provocar la muerte haya m¨²ltiples estadios intermedios a los que el Derecho no puede ser indiferente¡±. Hay casos, agrega, a los que ¡°debe darse respuesta, como es la situaci¨®n de las personas que por la evoluci¨®n de la enfermedad incurable y con ag¨®nicos padecimientos f¨ªsicos, sin expectativa alguna de recuperaci¨®n, pueda adoptar decisiones con el fin de terminar su propia existencia que la ciencia m¨¦dica puede alargar hasta t¨¦rminos inhumanos¡±.
Actividad ¡°necesaria¡±
El Supremo no considera que la actividad de la asociaci¨®n sea ¡°eutan¨¢sica¡±, sino que est¨¢ encaminada a dar informaci¨®n y asesoramiento. Preparar ¡°a la persona para su muerte no deja de ser una protecci¨®n de la misma vida; en primer lugar, porque la vida finaliza con ella y cuando se despliega esa actividad hay vida¡±, consideran los jueces. Se trata, adem¨¢s, a?aden, de una asistencia ¡°tanto m¨¢s necesaria¡± cuanto que los poderes p¨²blicos tienen dif¨ªcil prestarla, ¡°al menos con una planificaci¨®n generalizada y objetiva¡±.
El conflicto ahora resuelto empez¨® en 2017. Abogados Cristianos ¡ªque se define como una entidad dedicada a defender la libertad religiosa, la vida y la familia¡ª recurri¨® la decisi¨®n del Ministerio del Interior de declarar asociaci¨®n de utilidad p¨²blica a Derecho a Morir Dignamente. La Audiencia Nacional lo rechaz¨® y ahora el Supremo vuelve a hacerlo. La Abogac¨ªa del Estado tambi¨¦n se ha opuesto al recurso durante el proceso.
¡°Lo recibimos con gran alegr¨ªa, sobre todo por las reflexiones jur¨ªdicas que avalan nuestra actividad, y que la vida es un derecho, pero no una obligaci¨®n. Y que en determinadas circunstancias asesorar y ayudar a la persona a tomar decisiones acerca de la muerte no es nada m¨¢s que una defensa de la vida¡±, afirm¨® Javier Velasco, presidente de la Derecho a Morir Dignamente, tras conocer el fallo. ¡°Nos da bastante pena, porque con esto no se respeta la vida ni la dignidad. Los magistrados no aplican la ley, sino que hacen un manifiesto de su ideolog¨ªa¡±, sostuvo por su parte Polonia Castellanos, presidenta de Abogados Cristianos, que prev¨¦ acudir ahora al Tribunal Constitucional.
Argumentos que apuntalan la nueva ley
Ambas asociaciones han le¨ªdo la sentencia con la vista puesta en la ley de eutanasia, que entrar¨¢ en vigor una vez supere el tr¨¢mite del Senado, permitiendo que las personas con enfermedades incurables puedan pedir ayuda para poner fin a su vida. Las entidades esperan que Vox presente un recurso de inconstitucionalidad. Y aunque el fallo del Supremo no condiciona directamente al Constitucional, tanto Derecho a Morir Dignamente como Abogados Cristianos consideran que sus argumentaciones respaldan la ley.