Condenado a cuatro a?os de prisi¨®n el futbolista Santi Mina por abuso sexual
La sentencia de la Audiencia de Almer¨ªa impone al jugador libertad vigilada y el Celta de Vigo le aparta del equipo de manera provisional
La Audiencia de Almer¨ªa ha condenado a cuatro a?os de prisi¨®n al futbolista del Celta de Vigo Santi Mina, de 26 a?os, por abusar sexualmente de una mujer en junio de 2017, en el municipio almeriense de Moj¨¢car. El Celta ha apartado al jugador del equipo de manera provisional este mi¨¦rcoles. ¡°El RC Celta respeta el derecho de defensa del jugador, pero se ve en la obligaci¨®n de tomar medidas frente a aquellos hechos que menoscaban de forma notoria la imagen del club y atentan directamente contra sus valores, mostrando una vez m¨¢s su m¨¢s absoluto rechazo hacia el delito tipificado en la resoluci¨®n judicial¡±, ha dicho el club en un comunicado.
La sentencia, que ser¨¢ recurrida por la defensa de Mina ante el Tribunal Superior andaluz (TSJA), absuelve al tambi¨¦n futbolista David Goldar, defensa de la UD Ibiza y amigo de Mina desde su ¨¦poca en la cantera del Celta, contra quien la Fiscal¨ªa no formul¨® acusaci¨®n, si bien la v¨ªctima lo sent¨® en el banquillo al considerarlo cooperador necesario.
El 16 de junio de 2017, el delantero, que entonces militaba en el Valencia, entr¨® en su furgoneta, aparcada cerca de la discoteca Mandala de Moj¨¢car, donde viajaba junto a tres amigos. Uno de ellos, Goldar, estaba manteniendo relaciones sexuales con la v¨ªctima. Mina se dirigi¨® a la chica, que se hab¨ªa sentado sorprendida, y tras decirle ¡°mira, chica, t¨² me gustas mucho y creo que deber¨ªamos hacer algo¡± y ella no hacerle caso, introdujo su pene desnudo y erecto en su boca sin preguntar. A continuaci¨®n, la mujer lo empuj¨® y el futbolista la ech¨® hacia atr¨¢s en la cama, introduci¨¦ndole los dedos de la mano derecha en la vagina. Segundos despu¨¦s, el delantero se disculp¨® y la v¨ªctima se march¨® en gran estado de ansiedad, seg¨²n refleja el relato de hechos de la sentencia.
El fallo destaca la solidez del relato de la mujer sobre el abuso sexual, ¡°con definitivos elementos probatorios¡± y ¡°rico en detalles, completo, coherente y consistente¡±. ¡°Narr¨® los hechos de forma abierta y espont¨¢nea¡±, subrayan los jueces. ¡°La v¨ªctima facilit¨® en la vista oral un testimonio rotundo, abundante en detalles y coincidente en lo sustancial y esencial con lo que previamente hab¨ªa manifestado en sede policial y en sede de instrucci¨®n¡±, reza la resoluci¨®n. En contraposici¨®n, el futbolista cambi¨® de versi¨®n a lo largo de las pesquisas: ¡°El acusado, en su primera declaraci¨®n, neg¨® de forma categ¨®rica haber tocado siquiera a la v¨ªctima y solo cuando al encontrar ADN suyo en la cavidad vaginal, se ve obligado a modificar su versi¨®n de los hechos y reconocer que existi¨® penetraci¨®n vaginal¡±.
El futbolista justific¨® la presencia de su ADN en la vagina de la mujer en que ¡°estuvieron toc¨¢ndose por todas partes del cuerpo¡±, pero los jueces no dan credibilidad a su relato y consideran que minti¨®. Tras el abuso sexual, la v¨ªctima present¨® lesiones extragenitales y hoy sufre trastorno de estr¨¦s postraum¨¢tico cr¨®nico, reflejados en sendos informes forenses. El futbolista contrat¨® a un detective para que grabara a la v¨ªctima en espacios p¨²blicos y desacreditar en parte su testimonio sobre las secuelas sufridas. La sentencia destaca que no ha quedado acreditado que Goldar se concertara con Mina para participar en el delito, y por eso ha sido exculpado.
La sentencia impone a Mina libertad vigilada por periodo de cinco a?os, alejamiento a 500 metros de la v¨ªctima durante 12 a?os, y una indemnizaci¨®n de 50.000 euros. El tribunal absuelve al futbolista del delito de agresi¨®n sexual, por el que el fiscal ped¨ªa ocho a?os y medio de c¨¢rcel, al considerar los magistrados que Mina no actu¨® con violencia o intimidaci¨®n. A pesar de la condena de cuatro a?os, el futbolista no ingresar¨¢ de momento en prisi¨®n, dado que la decisi¨®n ser¨¢ recurrida ante el TSJA, y presumiblemente, al Tribunal Supremo. En paralelo, el RC Celta ha abierto a Mina un expediente disciplinario para dilucidar ¡°sus responsabilidades laborales¡± derivadas de la sentencia, y no lo dejar¨¢ entrenar con el primer equipo, aunque s¨ª practicar¨¢ otras actividades que disponga el club en los pr¨®ximos d¨ªas.
Ante el fallo, el abogado de la acusaci¨®n particular, Iv¨¢n Bola?o, ha avanzado que estudia solicitar a la Audiencia una vista para pedir el ingreso inmediato en prisi¨®n del futbolista. ¡°Tenemos un sabor agridulce. Sab¨ªamos que teniendo en cuenta la dificultad de acreditar estos delitos al ocurrir sin testigos y en sitios oscuros, y que era la palabra de una contra la de dos [futbolistas], hemos logrado constatar la existencia de delito¡±. El letrado avanza que recurrir¨¢ la resoluci¨®n para lograr la condena de Mina por agresi¨®n sexual y no por abuso sexual: ¡°Nos parece que la sentencia reconoce la existencia de intimidaci¨®n y violencia porque incluye los hematomas, ara?azos y la existencia de circunstancias de intimidaci¨®n con el shock de la v¨ªctima, pero no las ha incorporado al fallo. Por eso la pena se ha rebajado de ocho a cuatro a?os¡±.
La defensa del delantero ha informado de que recurrir¨¢ la decisi¨®n por considerar que no est¨¢ ¡°ajustada a derecho¡± y que contiene ¡°importantes errores en la valoraci¨®n de las pruebas practicadas, y por tanto, de los hechos acaecidos¡±. Seg¨²n la abogada del futbolista, ¡°proceder¨¢ a interponer el correspondiente recurso de apelaci¨®n en los pr¨®ximos d¨ªas¡±, adelanta en un comunicado difundido por Efe.
El juicio qued¨® visto para sentencia hace un mes, despu¨¦s de que la Fiscal¨ªa concluyera en sala que exist¨ªan en contra de Mina ¡°un c¨²mulo, una cascada¡± de ¡°elementos probatorios que acreditaban que hab¨ªa cometido una agresi¨®n sexual¡±, por lo que reclam¨® ocho a?os de prisi¨®n. El ¡°acceso carnal se produjo¡±, concluy¨® el fiscal durante el juicio. La acusaci¨®n particular elev¨® la petici¨®n para el futbolista hasta los nueve a?os de c¨¢rcel, y adem¨¢s pidi¨® para Goldar seis meses de c¨¢rcel como cooperador necesario.
La defensa del futbolista, que pidi¨® su absoluci¨®n, aleg¨® que la v¨ªctima del abuso ¡°prest¨® su consentimiento en todo momento¡±, ya que cuando ¡°le pidi¨® que parase, ¨¦l par¨® como ella misma confirm¨®¡± durante su declaraci¨®n ante los jueces. La abogada a?adi¨® que exist¨ªa un error de tipo invencible porque, ¡°si no hubo consentimiento, desde luego no lo supo hasta que lo verbaliz¨®¡±.
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