La primera ley de servicios sociales de la democracia permitir¨¢ acceder a un m¨ªnimo de prestaciones en todo el pa¨ªs
El anteproyecto, que se prev¨¦ que llegue este martes al Consejo de Ministros, facilitar¨¢ poder recibir ayudas de emergencia
En Espa?a no hay un ¨²nico sistema p¨²blico de servicios sociales, sino uno por autonom¨ªa, con lo que existen grandes desigualdades ¡ªtambi¨¦n entre los ayuntamientos¡ª y es imposible conocer qu¨¦ asistencia reciben los usuarios en todo el pa¨ªs. El anteproyecto de Ley de condiciones b¨¢sicas para la igualdad en el acceso y disfrute de los servicios sociales, que se aprobar¨¢ previsiblemente este martes en Consejo de Ministros en primera lectura, mandata a las comunidades a acordar con el Ministerio de Derechos Sociales un m¨ªnimo de prestaciones com¨²n para todo el territorio y a crear un sistema de inf...
En Espa?a no hay un ¨²nico sistema p¨²blico de servicios sociales, sino uno por autonom¨ªa, con lo que existen grandes desigualdades ¡ªtambi¨¦n entre los ayuntamientos¡ª y es imposible conocer qu¨¦ asistencia reciben los usuarios en todo el pa¨ªs. El anteproyecto de Ley de condiciones b¨¢sicas para la igualdad en el acceso y disfrute de los servicios sociales, que se aprobar¨¢ previsiblemente este martes en Consejo de Ministros en primera lectura, mandata a las comunidades a acordar con el Ministerio de Derechos Sociales un m¨ªnimo de prestaciones com¨²n para todo el territorio y a crear un sistema de informaci¨®n estatal ¡ªque no existe¡ª. La norma, a la que ha tenido acceso EL PA?S, pretende adem¨¢s simplificar el proceso para recibir ayudas de emergencia, aquellas que perciben las familias m¨¢s vulnerables (para comida, ropa o pagar los suministros, por ejemplo) y que en la actualidad pueden demorarse hasta varios meses. Tambi¨¦n busca que los servicios sociales sean m¨¢s personalizados y menos burocr¨¢ticos.
¡°Las dos graves crisis econ¨®micas vividas en Espa?a [2008 y 2020] han tensionado fuertemente unas estructuras de servicios sociales que ya se encontraban, en t¨¦rminos generales, infradotadas y no suficientemente desarrolladas, en relaci¨®n con las necesidades de las personas, o comparadas con el grado de desarrollo de los sistemas educativo o de salud, o con los servicios sociales de otros pa¨ªses de nuestro entorno¡±, se?ala el anteproyecto en la exposici¨®n de motivos. En el texto se reconoce que los servicios sociales est¨¢n ¡°precarizados y debilitados, tensionados por la presi¨®n asistencial¡±, y que ¡°en muchas ocasiones el modelo de intervenci¨®n se ha construido centrado en los servicios y no tanto en las personas, sus necesidades y preferencias¡±.
El objetivo de la norma es sentar las bases de una red de sistemas de servicios sociales, conseguir que estos sean menos asistencialistas, y reducir las diferencias que hay en la atenci¨®n a lo largo del territorio. En la actualidad existen 17 sistemas independientes (m¨¢s Ceuta y Melilla), sin conexi¨®n entre s¨ª. Si bien hay un cat¨¢logo de referencia para todo el pa¨ªs con prestaciones y servicios, data de hace ya casi 10 a?os. Ahora, el objetivo es lograr uno que realmente se cumpla, que est¨¦ actualizado y que vaya m¨¢s all¨¢, fijando tambi¨¦n est¨¢ndares de calidad para cada una de las prestaciones y servicios.
La normativa, que ser¨¢ la primera ley de la democracia en servicios sociales, est¨¢ incluida en el acuerdo de Gobierno entre PSOE y Podemos, y su aprobaci¨®n en el primer semestre de este a?o es uno de los compromisos pactados con la Comisi¨®n Europea en el marco de los fondos Next Generation. Aunque la ley se tramitar¨¢ de urgencia, los plazos son muy ajustados porque a¨²n debe volver a pasar en segunda vuelta por Consejo de Ministros antes de su tramitaci¨®n parlamentaria, y en las Cortes muy posiblemente las competencias auton¨®micas ser¨¢n un importante asunto de discusi¨®n. Los partidos nacionalistas ya han recalcado en diversas ocasiones que ostentan la competencia exclusiva en la materia, si bien el Gobierno recalca que tiene la tarea de garantizar la igualdad de los ciudadanos en el acceso a determinados derechos.
El anteproyecto, en cualquier caso, no define una serie de servicios que deban ser comunes a todo el territorio, sino que mandata a la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales (hasta ahora denominada consejo territorial) a consensuarlos. Para ello dispondr¨¢n de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la ley. Pero el mandato a la Conferencia Sectorial va m¨¢s all¨¢. Lo primero que tiene que decidir es cu¨¢l es el m¨ªnimo de satisfacci¨®n de las necesidades vitales (en aspectos como autonom¨ªa o recursos materiales en situaciones de emergencia social) que, de no alcanzarse o estar en riesgo, obligue a la intervenci¨®n p¨²blica.
Para lograr cubrir esas necesidades, se fijar¨¢ este cat¨¢logo com¨²n de servicios, que no solo deber¨¢ describir el nombre de la prestaci¨®n, tambi¨¦n qu¨¦ actuaciones comprende, a qu¨¦ poblaci¨®n va dirigida, cu¨¢l es la forma de acceso y cu¨¢les son los requisitos de calidad que se le exigir¨¢n. As¨ª, deber¨¢ establecerse cu¨¢l es la ratio de profesionales, en qu¨¦ intensidad deben prestarse los servicios y cu¨¢l debe ser la especializaci¨®n del personal, entre otros aspectos. Mientras, el ministerio elaborar¨¢ un instrumento com¨²n de valoraci¨®n que servir¨¢ de referencia para unificar los criterios de diagn¨®stico ante la vulnerabilidad social, que tambi¨¦n deber¨¢ ser debatido en esta conferencia sectorial. Para ello, se fijan distintos plazos de tiempo.
Historia social ¨²nica
Cuando una persona se muda de una comunidad a otra, autom¨¢ticamente tiene derecho a atenci¨®n sanitaria o educativa en su nuevo destino, pero no ocurre lo mismo con los servicios sociales: debe volver a pasar por todo el proceso desde el inicio, y si antes recib¨ªa una ayuda, puede tardar muchos meses en volver a recibirla o incluso puede serle denegada. El m¨ªnimo com¨²n de servicios facilitar¨¢ optar a una de estas prestaciones en otra autonom¨ªa. La Conferencia Sectorial deber¨¢ regular la manera de lograrlo, aunque no se fija un plazo espec¨ªfico para ello. Adem¨¢s, se crear¨¢ una historia social ¨²nica, que aglutinar¨¢ toda la informaci¨®n del usuario para que los servicios sociales de todas las administraciones puedan acceder a ella. Algo actualmente imposible.
Tambi¨¦n se regulan derechos y deberes de los usuarios. Entre los derechos, no ser¨¢ necesario un tiempo m¨ªnimo de empadronamiento o residencia en un municipio para acceder a una ayuda que sea considerada esencial (algo que pasa a menudo), y no se podr¨¢ excluir a nadie de un servicio por no tener recursos econ¨®micos (como ocurre con los copagos). El anteproyecto establece el derecho a la atenci¨®n integral y de calidad, a la existencia de un profesional de referencia (que ahora existen en muchas localidades, pero no en todas), y en que los usuarios tendr¨¢n pleno acceso a la informaci¨®n personal, y a no tener que presentar documentos o informaci¨®n innecesaria para la intervenci¨®n, o que ya obre en poder de la Administraci¨®n.
La normativa es una larga reivindicaci¨®n en el sector. Jos¨¦ Manuel Ram¨ªrez, presidente de la Asociaci¨®n de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, recalca que ¡°en Espa?a todos los sistemas de protecci¨®n social del Estado de Bienestar tienen sus leyes nacionales, desde educaci¨®n a sanidad. Pero el cuarto pilar, los servicios sociales, no la tienen. Es bueno regular unos m¨ªnimos¡±.
Sistema de informaci¨®n estatal
El anteproyecto sienta las bases para la creaci¨®n de un sistema de informaci¨®n estatal de servicios sociales, que integrar¨¢ los datos derivados de los servicios p¨²blicos del sector en todo el pa¨ªs y permitir¨¢ conocer mejor la realidad actual y cuyos datos ser¨¢n de acceso p¨²bico (garantizando el anonimato). Actualmente estamos a ciegas. El objetivo es aumentar la cooperaci¨®n entre administraciones con un sistema que permitir¨¢ la interoperabilidad. El ministerio deber¨¢ financiarlo. La Conferencia Sectorial dispondr¨¢ de dos a?os tras la entrada en vigor de esta ley para decidir qu¨¦ informaci¨®n y datos debe contener este sistema de informaci¨®n, as¨ª como los plazos y condiciones para su transmisi¨®n. Adem¨¢s, tambi¨¦n se crean nuevos ¨®rganos vinculados a los servicios sociales, como la Comisi¨®n Interministerial de Servicios Sociales, el Observatorio de los Servicios Sociales y el Consejo Asesor en Servicios Sociales.
Otro objetivo del anteproyecto es facilitar el cobro de las ayudas de emergencia social, un tipo de prestaciones cuyo objetivo es paliar situaciones de urgencia, necesidades b¨¢sicas como alimentaci¨®n, ropa, vivienda o suministros. En gran parte de los municipios se tramitan como subvenciones, con procedimientos r¨ªgidos y complejos que ralentizan el proceso. La norma abre la puerta a crear una regulaci¨®n espec¨ªfica m¨¢s sencilla, en el marco de la Ley de Subvenciones, que deber¨¢ negociarse entre Hacienda y Servicios Sociales en los pr¨®ximos seis meses.
Otra de las novedades del anteproyecto es la consideraci¨®n de los servicios sociales como esenciales. Algo que ya se declar¨® de forma extraordinaria y coyuntural durante la pandemia. Este cambio implicar¨¢ que deber¨¢ asegurarse la atenci¨®n a todas las personas en situaciones de emergencia. Adem¨¢s, al ser declarados servicios esenciales, las tasas de reposici¨®n (a qui¨¦n se puede contratar para suplir una jubilaci¨®n) son superiores a las del resto de servicios. En este caso, se equipara por ejemplo a la situaci¨®n de los polic¨ªas.
Adem¨¢s, el anteproyecto establece que la litigiosidad de los servicios sociales pase de la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa, m¨¢s lenta y farragosa, a la social. Con eso se espera resolver con m¨¢s celeridad cualquier exigencia de prestaci¨®n o derechos.