El TSJ andaluz revoca la rebaja de pena a un violador en Almer¨ªa por la ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª¡¯
El alto tribunal auton¨®mico tumba la decisi¨®n de la Audiencia provincial al atender el recurso de la Fiscal¨ªa
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha revocado una rebaja de condena para un violador de Almer¨ªa por una aplicaci¨®n indebida de la ley de libertad sexual, conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª. Los jueces consideran que la rebaja de la Audiencia de Almer¨ªa, de seis a?os de c¨¢rcel a cuatro, no era ¡°proporcionada¡± a la gravedad de los hechos y mantienen la pena de seis a?os de prisi¨®n tras estimar los recursos ...
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha revocado una rebaja de condena para un violador de Almer¨ªa por una aplicaci¨®n indebida de la ley de libertad sexual, conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª. Los jueces consideran que la rebaja de la Audiencia de Almer¨ªa, de seis a?os de c¨¢rcel a cuatro, no era ¡°proporcionada¡± a la gravedad de los hechos y mantienen la pena de seis a?os de prisi¨®n tras estimar los recursos de la Fiscal¨ªa y la acusaci¨®n particular.
Tras la reciente modificaci¨®n del C¨®digo Penal que hizo desaparecer el abuso sexual para integrarlo en el delito de agresi¨®n, numerosas audiencias provinciales han reducido los castigos m¨ªnimos y m¨¢ximos a los agresores cuando no hubiese agravantes. Ahora hay un goteo de decisiones de los tribunales superiores de las autonom¨ªas que revocan esas rebajas de condenas de las audiencias provinciales.
El agresor de Almer¨ªa recibi¨® la condena de seis a?os de c¨¢rcel como autor de una violaci¨®n, la m¨ªnima pena prevista para este delito por el anterior C¨®digo Penal, y que fue rebajada el pasado 11 de enero por la audiencia de esta provincia andaluza. Ahora el TSJA aclara que tras la reforma legal del Gobierno, ¡°no en todos los casos¡± procede ¡°una revisi¨®n autom¨¢tica¡± de las condenas ¡°a la baja¡±: ¡°La aplicaci¨®n mim¨¦tica y autom¨¢tica del art¨ªculo 2.2 al cotejo entre ambas normativas resulta err¨®nea (¡) siendo as¨ª inviable una comparaci¨®n en plano de igualdad¡±, concluye el auto del alto tribunal andaluz, fechado el pasado martes.
En este caso de Almer¨ªa, la v¨ªctima sufri¨® una agresi¨®n sexual ¡°reiterada en pocos minutos¡± con penetraci¨®n y en el que fue inmovilizada por el hombre y sujetada con fuerza de un brazo y el cuello. Dada la gravedad del ataque, los magistrados subrayan que no puede afirmarse que con la anterior normativa ¡°le hubiese correspondido una pena inferior a la que fue impuesta¡±.
En su argumentaci¨®n, los jueces del TSJA destacan que el nuevo art¨ªculo 179, que prescinde de la violencia o intimidaci¨®n, incluye en su nuevo tramo inferior de pena ¡ªentre los cuatro y seis a?os de prisi¨®n¡ª ¡°se ha a?adido para hechos que encajar¨ªan anteriormente en la figura de los abusos, o, como mucho, a aquellos en los que la violencia o intimidaci¨®n empleada son de m¨ªnima entidad¡±. Es decir, el TSJA subraya que la rebaja de pena solo deber¨ªa aplicarse para casos de abusos sexuales o para agresiones sexuales, pero cometidas con un m¨ªnimo grado de violencia o intimidaci¨®n. ¡°No puede afirmarse que con la actual normativa le hubiera correspondido una pena inferior a la impuesta, que se sit¨²a justo en el medio de la mitad inferior y que debe mantenerse por resultar proporcionada a la gravedad de los hechos¡±, zanjan los magistrados. La reforma de la ley ha abierto una grieta en el Gobierno de coalici¨®n con el crudo enfrentamiento entre PSOE y Unidas Podemos, as¨ª como en el movimiento feminista.
La semana pasada el TSJA ya revoc¨® otra reducci¨®n de pena de tres a dos a?os de c¨¢rcel de la Audiencia de C¨¢diz para un capell¨¢n de las Fuerzas Armadas condenado en 2020 por abusar y agredir a la mujer de un amigo. Los magistrados mantuvieron los tres a?os de prisi¨®n tras el recurso de la Fiscal¨ªa. ¡°Una vez disminuida en un grado la pena asignada en abstracto al delito de violaci¨®n, no hay raz¨®n para que sea reducida en virtud de la nueva legislaci¨®n, pues en una aplicaci¨®n correcta de esta no habr¨ªa correspondido una pena inferior¡±.