ARGENTINA: Algunas demandas
Las descargas est¨¢n penadas. Rige una ley que data de 1933 y se modific¨® en 1998 para incluir los aspectos digitales.
En Argentina, las descargas ilegales se encuentran castigadas por la ley de propiedad intelectual, que data de 1933. Sin embargo, ni en los tribunales se ha registrado ning¨²n fallo resonante sobre la pirater¨ªa en Internet ni en la sociedad se ha planteado un debate como el que ocurri¨® en Espa?a. Mientras tanto, los usuarios consumen fuera de la ley sin problemas, aunque algunos responsables de p¨¢ginas web que ofrecen pel¨ªculas, canciones, libros o programas de televisi¨®n gratis est¨¢n siendo demandados por los due?os de los derechos ante la justicia penal.
La ley de 1933 se cre¨® para proteger las bellas artes, pero con el tiempo ha sido modificada para incorporar nuevos formatos para proteger. En 1998 se incluyeron los programas de software y las bases de datos. "Es una buena ley", opina el abogado Mauricio de N¨²?ez, experto en la legislaci¨®n.
"Existen varias causas en tr¨¢mite", explica De N¨²?ez, que patrocina a editoriales que querellaron ante la justicia a responsables de sitios que permiten descargas ilegales de libros. Si un autor se siente afectado por una p¨¢gina web, debe recurrir a los tribunales, pues no existe en el ¨¢mbito del Gobierno un organismo regulador en la materia.
Algunos fallos judiciales obligaron a los usuarios que hab¨ªan descargado m¨²sica en forma ilegal a pagar multas de hasta 3.800 euros. Adem¨¢s, les quitaron el n¨²mero de usuario IP.
En cambio, una sentencia de un tribunal de segunda instancia eximi¨® de responsabilidad a un cybercaf¨¦ que ofrec¨ªa en sus escaparates a los clientes el uso de los ordenadores de la cafeter¨ªa para bajar m¨²sica. Tambi¨¦n vend¨ªa discos compactos v¨ªrgenes para que los usuarios pudieran grabar lo que quisieran. "Baj¨¢ todo lo que quieras y llev¨¢telo en un CD", dec¨ªa un cartel. "Llevate tus bajadas", promocionaba otro. Pero el magistrado Gustavo Bruzzone determin¨®, en coincidencia con sus otros dos pares, que "la venta o facilitaci¨®n de tecnolog¨ªa que permita realizar el fin (bajar m¨²sica) nunca puede ser un delito en s¨ª misma".
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