Calendario 2024: d¨ªas festivos y puentes en Colombia
Este 7 de agosto se conmemora la batalla de Boyac¨¢, la lucha m¨¢s importante para la independencia del pa¨ªs
El 7 de agosto, Sim¨®n Bol¨ªvar resisti¨® ante los soldados espa?oles. Su ¨²ltimo enfrentamiento fue en el Puente de Boyac¨¢, cuando las tropas colombianas resistieron en un combate y obligaron al virrey Juan S¨¢mano a huir a Santa F¨¦, con lo que la ciudad qued¨® en manos de los pobladores de la Gran Colombia. La lucha independentista fue un hito en la historia del pa¨ªs, y como en casi todos los casos, otorg¨® a los americanos un d¨ªa festivo. Desde 1888 se incluy¨® en el calendario oficial y es ahora uno de los descansos obligados. En agosto, este d¨ªa y la asunci¨®n de la Virgen, el 19 de agosto, son los ¨²nicos d¨ªas oficiales en los que los colombianos no ir¨¢n a las aulas y las oficinas.
En 2024 se ajust¨® el calendario de descansos a 18 d¨ªas, a la segunda parte del a?o a¨²n quedan siete feriados. Varios de ellos se mueven al lunes para que estudiantes y trabajadores puedan sacarle provecho a un fin de semana largo, tal como se determina en la Ley 51 de 1983, o Ley Emiliani. En ella se establece que ¡°todos los trabajadores, tanto del sector p¨²blico como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado en los d¨ªas de fiesta de car¨¢cter civil o religioso¡±, por lo que los d¨ªas libres son obligatorios. De lo contrario debe haber una remuneraci¨®n adicional, la que determina al C¨®digo Sustantivo del Trabajo.
Enero
Lunes 1 de enero: A?o Nuevo
Lunes 8 de enero: D¨ªa de los Reyes Magos
Marzo
Lunes 25 de marzo: D¨ªa de San Jos¨¦
Jueves 28 de marzo: Jueves Santo
Viernes 29 de marzo: Viernes Santo
Mayo
Mi¨¦rcoles 1 de mayo: D¨ªa del Trabajo
Lunes 13 de mayo: D¨ªa de la Ascensi¨®n
Junio
Lunes 3 de junio: Corpus Christi
Lunes 10 de junio: D¨ªa del Sagrado Coraz¨®n
Julio
Lunes 1 de julio: D¨ªa de San Pedro y San Pablo
S¨¢bado 20 de julio: D¨ªa de la Independencia de Colombia
Agosto
Mi¨¦rcoles 7 de agosto: Batalla de Boyac¨¢
Lunes 19 de agosto: Asunci¨®n de la Virgen
Octubre
Lunes 14 de octubre: D¨ªa de la Raza
Noviembre
Lunes 4 de noviembre: D¨ªa de todos los Santos
Lunes 11 de noviembre: D¨ªa de la Independencia de Cartagena
Diciembre
Domingo 8 de diciembre: D¨ªa de la Inmaculada Concepci¨®n
Mi¨¦rcoles 25 de diciembre: Navidad
?Qu¨¦ pasa si me piden trabajar en d¨ªa festivo?
Aunque los d¨ªas ya mencionados son de descanso obligatorio para los trabajadores, hay algunos comercios y negocios en los que se requiere continuar con la operaci¨®n de forma regular. En estos casos se debe otorgar un pago adicional. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, ¡°cuando el Empleador disponga que el trabajador labore en d¨ªas dominicales o festivos, la remuneraci¨®n de este d¨ªa dominical o festivo est¨¢ conformado por el valor de un d¨ªa laboral ordinario, m¨¢s el adicional del 75% del valor del d¨ªa, por el solo hecho de trabajar en domingo o festivo, en atenci¨®n a lo normado por el Art¨ªculo 179 del C¨®digo Sustantivo del Trabajo¡±.
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