Bofetada judicial al ¡°intervencionismo¡± est¨¦tico ¡°exacerbado¡± de Gallard¨®n
El TSJM tumba la prohibici¨®n municipal de publicidad en los veh¨ªculos privados Considera que ¡°atenta¡± contra la libertad de empresa e incluso contra la Constituci¨®n
El refinamiento est¨¦tico de Alberto Ruiz-Gallard¨®n le ha costado al Ayuntamiento de Madrid un bofet¨®n en los tribunales, que han considerado ¡°exacerbado¡± su ¡°intervencionismo¡± en el ordenamiento de la publicidad en las calles de la capital, hasta el punto de ¡°atentar¡± contra la libertad de empresa e incluso contra la Constituci¨®n.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la prohibici¨®n impuesta por el exalcalde en enero de 2009 de poner anuncios en veh¨ªculos privados, impidiendo as¨ª, por ejemplo, a las furgonetas de reparto o a los coches pertenecientes a empresas el hacer promoci¨®n de sus servicios.
El art¨ªculo 2 de la Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior, aprobada el 30 de enero de 2009, dispon¨ªa: ¡°Se proh¨ªbe la publicidad en cualquier tipo de veh¨ªculo o remolque, en circulaci¨®n o estacionado, excepto la que se realice en los veh¨ªculos destinados al transporte p¨²blico de viajeros. En aquellos veh¨ªculos que pertenezcan a actividades econ¨®micas podr¨¢ figurar un elemento de identificaci¨®n, nombre y/o logotipo de la raz¨®n social de la empresa o de su titular o de la marca comercial del producto, sin menci¨®n de promociones de productos y servicios. La instalaci¨®n de publicidad en veh¨ªculos auto-taxis se regular¨¢ por su normativa municipal espec¨ªfica¡±.
Hombres-anuncio y neones
La Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior de enero de 2009 ya le caus¨® un disgusto al Ayuntamiento incluso antes de su aprobaci¨®n, cuando fue anunciada en diciembre de 2008. La norma prohib¨ªa los hombres-anuncio (personas contratadas para llevar pancartas publicitarias colgando del cuerpo) al considerar esa actividad ¡°un ataque a su dignidad¡±, seg¨²n explic¨® la entonces delegada de Medio Ambiente y ahora alcaldesa, Ana Botella.
El Ayuntamiento quiso calificarlo de infracci¨®n muy grave, castigada con hasta 3.000 euros de multa (que deber¨ªa pagar el empresario, no el hombre-anuncio). Pocos d¨ªas despu¨¦s, ante la pol¨¦mica que gener¨® esta decisi¨®n en los medios de comunicaci¨®n, el entonces regidor, Alberto Ruiz-Gallard¨®n, decidi¨® no incluir esta medida en la nueva norma.
Adem¨¢s, la ordenanza regulaba los anuncios de ne¨®n en el centro de la ciudad, aunque indult¨® a algunos ¡°emblem¨¢ticos ¡°como el de T¨ªo Pepe en la puerta del Sol (retirado ahora temporalmente por obras en el edificio) o el del edificio Schweppes en la plaza de Callao.
En decir, la norma s¨®lo permite llevar publicidad a los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes o a los vagones de metro, por ejemplo. En el caso de los taxistas, el Ayuntamiento anunci¨® el pasado mes de diciembre una modificaci¨®n de la ordenanza correspondiente para permitirles colocar publicidad en el exterior de sus veh¨ªculos, siempre y cuando no tenga car¨¢cter comercial y vaya dirigida ¡°s¨®lo a promocionar el servicio como transporte p¨²blico¡±.
Asociaciones de empresas de publicidad y la Federaci¨®n Espa?ola de Industrias de la Alimentaci¨®n y Bebidas presentaron sendos recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid para defender el derecho de los empresarios a publicitar sus servicios en sus propios veh¨ªculos comerciales, y los magistrados les han otorgado la raz¨®n en dos sentencias fechadas el mes pasado y dadas a conocer esta ma?ana por la agencia Efe. Han rechazado eso s¨ª otros motivos recurridos, como los referentes a la publicidad en solares.
El tribunal considera que ¡°no existe justificaci¨®n alguna para que la ¨²nica publicidad que se pueda colocar en los veh¨ªculos sea la que se realice en los destinados al transporte p¨²blico de viajeros¡±. ¡°La ¨²nica finalidad es intervenir de manera ventajosa en al mercado publicitario al eliminar, sin justificaci¨®n alguna todo tipo de competencia, vulnerando la libertad de empresa", a?ade.
En su opini¨®n, la prohibici¨®n ¡°atenta¡± contra esta libertad, puesto que los veh¨ªculos de empresarios de otros municipios s¨ª pueden llevar publicidad cuando circulan por la capital. Ese ¡°intervencionismo exacerbado¡±, como lo califica el tribunal, invade adem¨¢s las competencias regionales en materia de publicidad, e incluso vulnera el art¨ªculo 38 de la Constituci¨®n, al no justificar adecuadamente la limitaci¨®n que impone.
Seg¨²n ha indicado el Ayuntamiento, estas sentencias se suman a otra anterior, de noviembre de 2010, que anulaba la misma disposici¨®n de la ordenanza. Tanto esta como las dos de este a?o han sido recurridas por el Gobierno local ante el Tribunal Supremo, con el argumento de que la norma s¨ª permite la publicidad, y no ataque la libertad de empresa porque hay otros municipios con regulaciones similares. ¡°Lo ¨²nico que se intenta es ordenar la publicidad con criterios m¨¢s est¨¦ticos¡±, ha a?adido un portavoz municipal.
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