El Gobierno acude al Supremo para no pagar 50 millones por Praileaitz
El Ejecutivo intenta evitar la indemnizaci¨®n a una empresa por proteger la cueva
El Gobierno vasco quiere evitar la sangr¨ªa econ¨®mica que podr¨ªa suponerle la ejecuci¨®n de una reciente sentencia del Tribunal Superior que reconoce el derecho de la empresa Zeleta SL a ser indemnizada por los da?os que le ocasiona en su actividad minera en la cantera de Sasiola (Deba) el decreto 120/07 del Departamento de Cultura que establece un r¨¦gimen de protecci¨®n para la cueva Praileaitz. El yacimiento contiene pinturas que superan los 20.000 a?os de antig¨¹edad. El letrado de la Administraci¨®n vasca ha presentado un recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo contra dicha resoluci¨®n judicial al entender que la orden gubernativa es ¡°conforme a Derecho¡±, no causa ¡°da?o efectivo¡±, ni conlleva una ¡°privaci¨®n singular de derechos¡± a la compa?¨ªa demandante.
Por estas razones, la defensa del Ejecutivo considera que no cabe resarcir econ¨®micamente a la compa?¨ªa por una responsabilidad patrimonial de la Administraci¨®n. Zeleta cifr¨® en 49,7 millones de euros los da?os y limitaciones que se derivan de la aplicaci¨®n del decreto que impide hacer voladuras en un radio de 50 metros alrededor de la gruta. Un informe elaborado por el jefe de Minas del Departamento de Industria, visto durante el procedimiento, concluye que, de existir una eventual responsabilidad administrativa, la compensaci¨®n econ¨®mica nunca deber¨ªa exceder los 24,2 millones.
A expensas de lo que dictamine ahora el Supremo, el Gobierno auton¨®mico se enfrenta a un fallo judicial con consecuencias muy onerosas. Los casi 50 millones que le reclama Zeleta representan una cifra similar a la sanci¨®n que solicita la UE para las Haciendas forales por el conflicto de las vacaciones fiscales o cerca de un tercio del coste total del nuevo San Mam¨¦s, por ejemplo.
Zeleta posee desde 2001 y por un periodo de 30 a?os los derechos de explotaci¨®n de la cantera Sasiola, ubicada junto a Praileaitz. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del m¨¢ximo tribunal vasco considera que la empresa debe ser indemnizada por las restricciones que le impone el decreto de 2007.
La Administraci¨®n alega
Contra la ¨²ltima sentencia del TSJPV, el Gobierno alega, por un lado, que los jueces no han probado ni argumentado la existencia de un da?o efectivo. En el recurso, expone que la Sala se agarra al informe del experto en Minas para deducir que la Administraci¨®n asume la existencia de una responsabilidad patrimonial. El Ejecutivo muestra su ¡°disconformidad frontal¡± con la apreciaci¨®n ¡°equivocada¡± que hace la sentencia de ¡°la existencia de una lesi¨®n individualizada¡±, porque toma como ¡°¨²nico argumento¡± la literalidad de un informe pericial aportado por la propia Administraci¨®n.
En el recurso, el Gobierno esgrime que no se da una privaci¨®n singular de derechos de la empresa porque antes de conced¨¦rsele la explotaci¨®n (en 2001) ya se hab¨ªa legislado para proteger las cuevas con pinturas rupestres, y cita expresamente la Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco: ¡°La mercantil no puede alegar que no conoc¨ªa el inter¨¦s cultural de la cueva¡±.
Para defender que el decreto es ajustado a Derecho, el recurso recuerda que una sentencia firme del Supremo confirm¨® en octubre de 2011 la legalidad del decreto, fallando en contra de Zeleta. El Gobierno considera que no cabe una responsabilidad patrimonial porque el citado decreto prev¨¦ acudir a la v¨ªa de la expropiaci¨®n para proteger la cueva. Y concluye que la empresa ¡°se encuentra en la ilegalidad¡± por ¡°realizar su actividad en zona de servidumbre mar¨ªtimo-terrestre¡±.
El decreto de la discordia
El litigio que mantienen en los tribunales el Gobierno auton¨®mico y la mercantil Zeleta ha motivado el retraso que acumula la modificaci¨®n del decreto 120/07 que ampara la protecci¨®n de la cueva de Praileaitz frente a las voladuras que se realizan en la cantera Sasiola. El Departamento de Cultura pretend¨ªa ampliar de 50 a 65 metros el ¨¢mbito en el que quedar¨ªan prohibidas las extracciones mineras junto al yacimiento, descubierto en 1983 y calificado como bien cultural protegido con la categor¨ªa de monumento tras hallarse en 2006 pinturas rupestres en su interior.
Cultura ten¨ªa hasta el pasado 31 de enero para aprobar el nuevo decreto. Pero la ¨²ltima resoluci¨®n del Tribunal Superior vasco sobre este caso, fallada unos d¨ªas antes de esa fecha, oblig¨® al Gobierno a echarse atr¨¢s hasta estudiar las consecuencias jur¨ªdicas de la misma. Si el Supremo confirmase la existencia de una responsabilidad patrimonial de la Administraci¨®n, la cuant¨ªa de la indemnizaci¨®n ser¨ªa superior en el caso de protegerse un entorno de 65 metros. El Parlamento inst¨® la semana pasada a Cultura a aprobar antes de dos meses el nuevo r¨¦gimen de protecci¨®n de la gruta.
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