Absuelto el exalcalde de Vall de Laguar por un delito urban¨ªstico
Puchol Riera remiti¨® a la Generalitat un cambio de planeamiento sin acuerdo previo del pleno
La Audiencia de Alicante ha absuelto al exalcalde de Vall de Laguar Juan Jos¨¦ Puchol Riera de los delitos de falsedad en documento oficial y contra la ordenaci¨®n del territorio, acusaciones que fueron elevadas por familiares del antecesor en su cargo.
El hasta ahora acusado fue alcalde entre 1995 y 2009, las dos primeras legislaturas de su mandato por Esquerra Unida (EU) y a partir de 2003 por el PSPV-PSOE. Tanto la acusaci¨®n particular como la p¨²blica sosten¨ªan que Puchol Riera remitido un informe y un plano a la Direcci¨®n General de Urbanismo donde pidi¨® cambios del planeamiento local que "no hab¨ªan sido acordados" previamente por el pleno. Uno de estos cambios hac¨ªa referencia a la eliminaci¨®n de un vial que discurr¨ªa por su parcela para crear otro cuyo trazado que afectaba a unos terrenos pr¨®ximos propiedad del padre del denunciante, antecesor en el cargo de Puchol.
Los magistrados de la secci¨®n tercera entienden que el exalcalde no perpetr¨® la falsedad material imputada, entre otros motivos porque no se pueden hacer comparaciones "con el original al no obrar en los archivos de la consejer¨ªa". La explicaci¨®n que dio el acusado al respecto en la vista oral fue la de afirmar que no se acord¨® por acuerdo plenario pero que hubo reuniones con t¨¦cnicos y concejales, y su versi¨®n fue corroborada por dos testigos en el acto del juicio.
Adem¨¢s, a?aden que la regulaci¨®n urban¨ªstica de Vall de Laguar part¨ªa de unas normas subsidiarias aprobadas en 1992 que, si bien con posterioridad se estudiaron modificaciones puntuales a las mismas, nunca fueron aprobadas. Considera el tribunal que existen "dudas m¨¢s que razonables" para entender que efectivamente el vial ya estaba previsto desde la ¨¦poca del anterior alcalde y las dudas, a?ade la sentencia, "han de ser resueltas a favor del reo". Por tanto, los magistrados no aprecian voluntad maliciosa de perjudicar al anterior alcalde.
El segundo delito que se imputaba al acusado de un delito continuado contra la ordenaci¨®n del territorio, el fiscal subrayaba que se concedieron licencias "a sabiendas que no se ajustaban a la normativa vigente y con absoluto desprecio por el procedimiento legal establecido". A tal respecto, los magistrados sostienen que no ha quedado acreditado que las licencias concedidas fuesen contrarias a las normas urban¨ªsticas vigentes.
El fiscal ped¨ªa para el ex alcalde penas que sumaban los ocho a?os de prisi¨®n, cuatro por un delito de falsedad en documento y otros tantos por falsificaci¨®n en documento oficial, y una multa de 19.440 euros e inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico por un delito continuado contra la ordenaci¨®n del territorio. La acusaci¨®n particular elevaba a diez a?os la pena de prisi¨®n solicitada.
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