Informaciones inquietantes
Las informaciones de prensa sobre el caso Crespo revelan la intervenci¨®n de m¨¦dicos-ediles en la contrataci¨®n de servicios con una entidad p¨²blica
Las informaciones de prensa sobre el caso Crespo, admitidas incluso como fuente fidedigna por el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs, son inquietantes. Estudiado el informe nonato de la Sindicatura de Cuentas, dos cuestiones sobresalen. Por un lado, la intervenci¨®n de m¨¦dicos-ediles, de varios municipios y partidos, en la contrataci¨®n de servicios con una entidad p¨²blica delegada de servicios p¨²blicos sanitarios. Estos m¨¦dicos-concejales contrataron, administraron y/o se (auto)contrataron a ellos, a familiares y a colegas, cedieron fondos de clientes y traspasaron locales. Todo ello al margen de las reglas sobre incompatibilidades y sin que se convocara concurso p¨²blico. Por su parte, la sociedad receptora, que se nutr¨ªa de fondos p¨²blicos, podr¨ªa estar en situaci¨®n de insolvencia y la documentaci¨®n aportada por la misma, que lo ha sido en muy peque?a medida, ha resultado incompleta y, en todo caso, muchas operaciones presentan incidencias fiscales y con la Seguridad Social.
En un segundo lugar, ante lo que parec¨ªa una situaci¨®n financiera insostenible, la entidad gestora de esos servicios vende a su gerente-m¨¦dico-regidor y al resto de m¨¦dicos-mun¨ªcipes, familiares y colegas los locales y equipos m¨¦dicos. El desequilibrio patrimonial supera los 200.000 euros; todo ello sin contar con otros apuntes de diversas ¨ªndole y hu¨¦rfanos de justificaci¨®n formal y material. Como colof¨®n, solo se transmiti¨® al Tribunal de Cuentas una peque?a parte del expediente.
Este relato de hechos suscita otras dos cuestiones. La primera: la resoluci¨®n del Tribunal de Cuentas lo es solo a efectos de la jurisdicci¨®n contable; no impide el paso a la penal ni a la disciplinaria. La segunda es que, si lo que apunta el nonato informe aconteci¨®, habr¨ªa base para abrir diligencias penales por presuntos delitos de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos que, por no haber prescrito a¨²n, arrastrar¨ªan otros presuntos delitos societarios, de fraude p¨²blico y/o de negociaciones prohibidas a funcionarios. Habr¨ªa que explicar las contrataciones de m¨¦dicos-regidores para la transferencia de sus consultorios privados al consorcio, con forma de sociedad, incluidos locales, instrumental y fondo de clientes, para luego, tras su administraci¨®n de hecho de los servicios, recomprarlo a un precio beneficioso para ellos y perjudicial para las arcas p¨²blicas; todo ello sin concurso p¨²blico.
El segundo punto se centra en el tr¨¢mite del expediente en la sindicatura, expediente proveniente de la Intervenci¨®n de la Consejer¨ªa de Finanzas, que no ve¨ªa las cosas claras. Si realmente las actuaciones de verificaci¨®n se archivaron sin seguir los pasos legales, pudiera acaso hablarse de ocultaci¨®n de documentos, una nueva eventual infracci¨®n penal. Una vez m¨¢s, se pone de manifiesto que los mecanismos de control tienen dificultad para desplegar sus efectos preventivos: nos enteramos del fiasco a toro pasado y tras dejarse algunos las u?as escarbando en las rocas.
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