El TSJA resuelve que el suelo de El Algarrobico no es urbanizable
El tribunal andaluz anula la "triqui?uela" que permiti¨® a la Junta cambiar la protecci¨®n de la zona
El paraje del?parque natural de Cabo de Gata-N¨ªjar (Almer¨ªa) sobre el que se levant¨® en 2003 el hotel de 20 plantas y 411 habitaciones situado en la playa del Algarrobico, en Carboneras, tiene especial protecci¨®n en el que no cabe construcci¨®n alguna.
As¨ª lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA), que ha anulado el Plan de Ordenaci¨®n de Recursos Naturales (PORN) de 2008 y que rectificaba el de 1994, en el que s¨ª estaba protegida la zona.
El TSJA devuelve as¨ª a este paraje natural el grado de protecci¨®n que revoc¨® la Junta hace cuatro a?os al calificar la zona como ¡°n¨²cleos urbanos preexistentes y otras zonas transformadas¡±. Sobre estos espacios, el art¨ªculo 5 de este PORN establece que ¡°tal zonificaci¨®n es compatible con las nuevas edificaciones y la rehabilitaci¨®n de las existentes para el desarrollo de actividades relacionadas con el turismo en el medio rural¡±.
La primera modificaci¨®n en la calificaci¨®n del suelo, y que dio luz verde a la licencia municipal y posterior construcci¨®n del hotel, se produjo en 1997. Ese a?o, la Junta modific¨® varios mapas del parque natural para dejar el paraje donde se ha construido el hotal fuera de la zona de especial protecci¨®n. La Administraci¨®n andaluza aleg¨® entonces errores en la publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial de la Junta de Andaluc¨ªa (BOJA) del anterior plan de 1994. Justific¨® que, debido a ¡°las reducidas dimensiones del BOJA, hac¨ªa de dif¨ªcil legibilidad¡± conocer con exactitud la zona en la que se encontraba.
Ese cambi¨® sirvi¨® para que el Ayuntamiento de Carboneras (entonces socialista) concediera licencia de obras a la promotora Azata del Sol para levantar el hotel. ¡°No puede aceptarse que por un mecanismo tan burdo como una mera correcci¨®n de errores se cambie la protecci¨®n de un sector pasando de especial protecci¨®n a urbanizable lo que m¨¢s bien parece haber sido una triqui?uela para hacer jugar a la inversa la jerarquizaci¨®n de los planeamientos urban¨ªsticos y medioambientales adaptando el PORN a las Normas Susidiarias locales lo que est¨¢ vedado seg¨²n la normativa principal¡±, sentencia el TSJA en un claro varapalo a la actuaci¨®n llevada a cabo desde la Consejer¨ªa de Medio Ambiente.
La organizaci¨®n ecologista Greenpeace ha asegurado este mi¨¦rcoles que tanto la Junta de Andaluc¨ªa como el Gobierno central se han quedado "sin argumentos" y ha instado a ambos Ejecutivos a ¡°tirar el hotel¡±. La responsable de la campa?a de Costas de esta asociaci¨®n, Pilar Marcos, afirm¨® que esta resoluci¨®n, sobre la que no cabe recurso, supone una ¡°nueva victoria¡± que, unida a la sentencia del Tribunal Supremo que se?ala que el inmueble viola la Ley de Costas e invade de manera parcial la zona de servidumbre del dominio mar¨ªtimo-terrestre, conlleva la declaraci¨®n "ilegal" del hotel.
El Ayuntamiento de Carboneras, ahora gobernado por los independientes de Gicar, aseguran que ¡°seguir¨¢n trabajando¡± por la apertura del hotel, cuesti¨®n que apoya el PP de Almer¨ªa y la Mancomunidad de Municipios del Levante.
Sobre la demolici¨®n, el TSJA indica tambi¨¦n que para corregir los perjuicios por la construcci¨®n del hotel, "no es necesario m¨¢s que aplicar las medidas de disciplina urban¨ªstica establecidas en el art¨ªculo 38.1 del Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio a las que remit¨ªa el PORN del 1994 y todo ello sin perjuicio del ejercicio de la competencia sancionadora de la administraci¨®n. Este art¨ªculo estipula que las edificaciones contrarias al planeamiento deben ser demolidas sin indemnizaci¨®n.
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