Un juez avala que se difundiese el positivo por alcoholemia de un edil
La justicia determina que la filtraci¨®n del atestado del exconcejal popular de Santiago, ?ngel Espadas, detenido ebrio al volante en marzo de 2011, no afect¨® a la causa abierta contra ¨¦l
El gobierno de Xos¨¦ Antonio S¨¢nchez Bugallo, alcalde de Santiago hasta mayo de 2011, no incurri¨® en revelaci¨®n de secretos al publicar una nota de prensa sobre la detenci¨®n del entonces concejal del PP e integrante de las listas de este partido para las elecciones municipales, ?ngel Espadas, cuando en marzo de ese a?o fue sorprendido ebrio y dormido al volante delante de un sem¨¢foro de la ciudad. As¨ª lo entiende un auto del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 2 de Santiago, que acaba de archivar la denuncia presentada por el exedil contra el entonces alcalde, S¨¢nchez Bugallo, y su concejal de Deportes, Bernardino Gra?a.
?Seg¨²n el auto, ni la filtraci¨®n del atestado a los medios ni la nota de prensa emitida por el Ayuntamiento constituyen delito porque ¡°la conducci¨®n de un veh¨ªculo de motor bajo la influencia de bebidas alcoh¨®licas y los correspondientes s¨ªntomas son hechos ocurridos en la v¨ªa p¨²blica y pueden ser presenciados por todas las personas que se encuentren en el lugar donde se producen¡±. El texto estima que los hechos no afectan a la intimidad del denunciante, ya que ¡°est¨¢n abocados a ser objeto de juicio oral, por naturaleza p¨²blica¡±. El auto explica, adem¨¢s, que la publicaci¨®n en la p¨¢gina web de la Cadena SER del atestado policial de ?ngel Espadas, que renunci¨® a su acta de concejal y fue condenado a pagar una multa de 1.200 euros y a 10 meses sin carn¨¦ de conducir, ¡°no tuvo ni pod¨ªa tener influencia en las actuaciones judiciales¡± y que cuando se divulga en los medios el atestado la fase policial est¨¢ finalizada.
Con el cierre de la causa, se estima el recurso interpuesto por Bugallo y Rama contra un auto del pasado ocho de febrero que denegaba el archivo de las diligencias y que fue contestado por los dos denunciados con un recurso de apelaci¨®n al que se adhiri¨® el Ministerio Fiscal. Este ¨²ltimo auto, contra el que no cabe recurso ordinario, se?ala que ¡°cuando la revelaci¨®n no causa da?o al inter¨¦s p¨²blico puede existir infracci¨®n administrativa, pero no hay il¨ªcito penal¡±.
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