Un juez rechaza que el Ayuntamiento pague a una herida por una vaquilla
Una mujer reclamaba 32.000 a Ondara por haber sido empitonada en las fiestas El TSJ estima que la v¨ªctima "asumi¨® sin dudas los riesgos que entra?a la suelta de vaquillas"
Si uno se pone delante de un toro o una vaquilla en las fiestas populares se juega el tipo, y tampoco tiene derecho a indemnizaci¨®n alguna. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado el recurso de una mujer que reclamaba casi 32.000 euros al Ayuntamiento de Ondara (Marina Alta) por haber sido empitonada por una vaquilla que hab¨ªa saltado una de las barreras de protecci¨®n de la plaza de toros.
Seg¨²n ha informado hoy el TSJCV, los hechos ocurrieron el 23 de julio de 2008 y la v¨ªctima, que sufri¨® un desgarro en el muslo mientras que asist¨ªa al festejo de suelta de vaquillas, solicitaba 31.941,03 euros porque una de las reses de gran tama?o salt¨® la barrera y accedi¨® al callej¨®n, donde la alcanz¨®.
El juzgado n¨²mero 2 de Alicante ya dict¨® una sentencia que desestimaba la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Ondara y de la aseguradora Helvetia Seguros, y el alto tribunal manifiesta ahora que "comparte plenamente los argumentos del juez". En la primera sentencia se se?al¨® que la plaza contaba con un tendido destinado a albergar a los espectadores (actores pasivos), y tambi¨¦n con la zona de callej¨®n, donde la participaci¨®n del asistente es "activa".
El juzgado? condena tambi¨¦n a la demandante? a sufragar las costas del proceso judicial
En su demanda, la herida, S.M.B., argument¨® que se hallaba en el callej¨®n porque el tendido estaba abarrotado, aunque esta versi¨®n ha sido contradicha por testigos. De esta forma, fue la mujer la que "voluntariamente decidi¨® colocarse all¨ª a pesar del peligro que ello entra?a ante la proximidad con los animales y la posibilidad de que estos, tal y como sucedi¨®, salten del ruedo", seg¨²n la sentencia recurrida.
La secci¨®n segunda de la sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV respalda esta visi¨®n del juez n¨²mero 2 en primera instancia y sostiene que, acudiendo al callej¨®n, la mujer asumi¨®, "sin duda, los riesgos que la proximidad con el lugar donde se desarrollaba la suelta de vaquillas entra?aba".
"El hecho de que la actora (S.M.B.) siguiera el festejo desde el callej¨®n supone que la misma acept¨® el riesgo de la proximidad con las vaquillas, cuyas reacciones son imprevisibles", insiste el alto tribunal, quien impone las costas a la recurrente.
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