La fiscal¨ªa evita recurrir la absoluci¨®n de Laureano Oubi?a
El tribunal consider¨® nulos los pinchazos telef¨®nicos ordenados por el entonces juez instructor Baltasar Garz¨®n
La Fiscal¨ªa Antidroga se ha quedado sin argumentos suficientes para recurrir en casaci¨®n la sentencia de la Secci¨®n Cuarta de la Audiencia Nacional por la que en julio absolvi¨® al narcotraficante Laureano Oubi?a de blanquear 4,5 millones de euros y le liber¨® de una condena de ocho a?os de c¨¢rcel.
Las dilaciones del proceso pasaron de ser el principal escollo de la fiscal¨ªa a un elemento judicial de escasa importancia para la sala, que se centr¨® en desbaratar desde sus inicios toda la investigaci¨®n abierta en 2002 contra Oubi?a, la que entonces era su novia, un pariente y un contratista. Jos¨¦ Ram¨®n Nore?a, jefe de esta fiscal¨ªa, ha sido contundente calificando la sentencia como ¡°irrecurrible¡± al no cumplirse todos los requisitos jur¨ªdicos para intentar revocarla en relaci¨®n a los hechos probados que determina el fallo.
El tribunal consider¨® nulos los pinchazos telef¨®nicos ordenados por el entonces juez instructor Baltasar Garz¨®n y cuestion¨® incluso los argumentos que motivaron la apertura de la causa, que seg¨²n la sentencia, no eran claros ni incriminatorios sino una ¡°amalgama de datos¡± policiales. Nore?a no ha querido hacer ninguna valoraci¨®n como responsable de la fiscal¨ªa cuando est¨¢ a punto de conocerse el segundo veredicto que tambi¨¦n prepara la misma sala. Ambos juicios se celebraron en julio y coincidieron con la excarcelaci¨®n de Oubi?a, despu¨¦s de 11 a?os cumpliendo tres condenas por tr¨¢fico de hach¨ªs Pero en ning¨²n caso, el tribunal sentenciador adopt¨® medidas cautelares contra el acusado, como se ha hecho en otros casos, cuando se prev¨¦ un fallo condenatorio y se acuerda su prisi¨®n provisional antes de la sentencia.
Los hechos que se juzgaron est¨¢n relacionados con los relatados en el primer juicio y, aunque en principio se instruy¨® como una sola causa, a?os despu¨¦s se desglos¨® en dos. Para el tribunal no hab¨ªa pruebas suficientes para imputar a los acusados ¡°porque no consta que hayan participado en un delito de blanqueo¡± y critica la actuaci¨®n del juez instructor al haber permitido las escuchas a trav¨¦s de un tel¨¦fono m¨®vil con el que Oubi?a hablaba desde su celda. El fallo define como ¡°modalidad viciada¡± la forma de investigaci¨®n. ¡°Estas conversaciones fueron intervenidas sin cumplir los requisitos legales y constitucionales por lo que su nulidad resulta incuestionable al no haber un control judicial adecuado dentro de los par¨¢metros exigidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo¡±, dice la sentencia.
Para el tribunal ¡°es inadmisible que tras el resultado negativo de una primera investigaci¨®n incoada por delito contra la salud p¨²blica, cinco d¨ªas despu¨¦s de su archivo se abran nuevas actuaciones y se intervenga el mismo tel¨¦fono durante tres a?os¡±.
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