Una juez confirma dos sanciones al jefe de la Polic¨ªa Municipal de Alcorc¨®n
La magistrada anula una tercera falta por no ser ¡°conforme a derecho¡±.
La titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n¨²mero 16 de Madrid, Elisa G¨®mez ?lvarez, ha confirmado dos de las tres sanciones impuesta por el Ayuntamiento de Alcorc¨®n al jefe de la Polic¨ªa Municipal, Sergio Ruiz Platero. Este fue suspendido de empleo y sueldo durante 21 meses al haber cometido, seg¨²n el Consistorio, una falta muy grave y dos graves. La magistrada ha anulado la tercera sanci¨®n al considerar que no se ajusta a derecho, seg¨²n se recoge en la sentencia firmada la semana pasada y contra la que cabe recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
La falta muy grave fue impuesta por ¡°la falta de colaboraci¨®n manifiesta con otros miembros de los cuerpos y fuerzas de Seguridad¡± y resultar gravemente perjudicado el inter¨¦s p¨²blico. La magistrada entiende que la Polic¨ªa Municipal de Alcorc¨®n no actuaba de forma coordinada con la comisar¨ªa del Cuerpo Nacional de Polic¨ªa de la localidad. No se pasaba copia de los atestados por detenidos ni se remit¨ªan los atestados: ¡°La carencia de medios inform¨¢ticos de la Polic¨ªa Local, como las bases de datos para realizar determinadas diligencias, podr¨ªa frustrar la investigaci¨®n de delitos y favorecer su impunidad¡±. La juez considera probado que los polic¨ªas locales de Alcorc¨®n no conduc¨ªan a los detenidos a las dependencias de la Polic¨ªa Nacional a los efectos de identificaci¨®n y rese?a (toma de fotos y huellas dactilares), seg¨²n el fallo.
Uso de un arma propia
Las otras de car¨¢cter grave consistieron en la exhibici¨®n y uso de armas sin causa justificada y en acto de servicio sin seguir las normas que regulan su empleo. En concreto, se imput¨® a Ruiz Platero el uso de una escopeta de su propiedad durante unos disturbios ocurridos en las fiestas patronales el 3 de septiembre de 2011.
Seg¨²n la juez, este ha quedado acreditado tanto por el propio jefe de la polic¨ªa como por los testimonios que constan en el expediente sancionador. ¡°Resulta obvio que el actor [Sergio Ruiz] no estaba autorizado para la exhibici¨®n o utilizaci¨®n de armas reglamentarias ni antirreglamentarias, ni siquiera como medida disuasoria para disolver una multitud de personas o asustar a los alborotadores, sin que se haya acreditado tampoco el peligro inminente que supon¨ªa para los agentes el n¨²mero de personas o congregados¡±.
La tercera falta, de car¨¢cter grave, se debi¨® a ¡°la emisi¨®n de informes y la adopci¨®n de acuerdos manifiestamente ilegales¡± que lesionan a la Administraci¨®n o a los ciudadanos. Ruiz Platero solicit¨® el suministro de dos lanzadores de pelotas para disolver disturbios y que eran cedidos por una empresa para que los probara la polic¨ªa. La magistrada de lo Contencioso-administrativo mantiene que el jefe de la polic¨ªa no tuvo responsabilidad alguna en el mismo: ¡°Del pliego de cargos de la instructora no queda claro si la conducta imputada es por tratarse de armamento no utilizado, por no seguir los tr¨¢mites legales de contrataci¨®n, por haberlos utilizado en los disturbios de septiembre o por haber abonado dos lanzadores inexistentes¡±.
La juez mantiene parcialmente la suspensi¨®n de empleo y sueldo a Ruiz Platero. Eso s¨ª, rebaja su duraci¨®n. En lugar del a?o y nueve meses (21 meses en total) correspondiente a las tres faltas, las reduce a una muy grave y otra grave, lo que supone un a?o y tres meses de suspensi¨®n.
La defensa del jefe de la Polic¨ªa Municipal hab¨ªa alegado en su demanda que el expediente sancionador hab¨ªa caducado y la incompetencia de la t¨¦cnico de la Administraci¨®n para juzgar las tres faltas. La magistrada ha resuelto en su sentencia que se han salvaguardado los derechos y garant¨ªas de Ruiz Platero: ¡°No se acredita la falta de capacidad t¨¦cnica de la instructora designada para la sustanciaci¨®n del expediente y, adem¨¢s, cualquier error en que pudiera haber incurrido la instructora es susceptible de revisi¨®n jurisdiccional, lo que garantiza plenamente los derechos del recurrente¡±, a?ade el fallo.
La magistrada tambi¨¦n ha rechazado la vulneraci¨®n de la tutela judicial efectiva y del principio acusatorio, al no haberle informado al jefe policial de una nueva sanci¨®n ni haberle dado la opci¨®n de pronunciar la ¨²ltima palabra. Elisa G¨®mez ?lvarez entiende que en todo momento ¡°se han seguido los tr¨¢mites legalmente previstos¡±.
Fuentes cercanas a Ruiz Platero han anunciado que recurrir¨¢n la sentencia en el TSJM porque la juez ha dado por v¨¢lidos ciertos decretos que se encuentran impugnados ante otro juzgado y pendientes de sentencia.
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