Valencia pagar¨¢ por un vecino que muri¨® al no llegar al hospital por las fallas
El Ayuntamiento deber¨¢ abonar a la viuda 6.000 euros por da?os morales
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado al Ayuntamiento de Valencia a pagar una indemnizaci¨®n de 6.000 euros a la familia de un hombre que falleci¨® despu¨¦s de sufrir un infarto y no poder llegar al hospital porque su calle y las adyacentes estaban cortadas por el montaje de una falla y una carpa de las fiestas.
La secci¨®n segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV admite as¨ª el recurso interpuesto por la familia del fallecido contra una sentencia anterior que desestim¨® su reclamaci¨®n? y confirm¨® la decisi¨®n del Consistorio de no pagarle una indemnizaci¨®n. La sala considera probada la "responsabilidad patrimonial" del Consistorio, al que corresponde "garantizar los accesos rodados".
Los hechos ocurrieron el 14 de marzo de 2007 cuando el hombre sufri¨® un infarto de miocardio en su casa, en la calle de Llanera de Ranes, y tard¨® 45 minutos en ser atendido porque las calles circundantes a su domicilio estaban cortadas al ocupar la calzada la falla de la comisi¨®n General Barroso-Calvo Acacio.
Seg¨²n la sentencia, que ha avanzado hoy Levante, el hombre se dirigi¨® finalmente a un centro de salud, donde intentaron ayudarle, sin ¨¦xito.
El tribunal considera probado "un defectuoso funcionamiento" del Ayuntamiento de Valencia al no tener previstas "medidas de evacuaci¨®n alternativas" en el momento en que se estaba plantando el monumento de Fallas, lo que produjo un "colapso circulatorio".
Los informes m¨¦dicos aportados por la familia de la v¨ªctima recuerdan que la rapidez y la "premura" en el tratamiento a un paciente que sufre un infarto es "vital". "Lo que resulta innegable es que la situaci¨®n de colapso y falta de previsi¨®n le impidi¨® (a la v¨ªctima) acceder a una adecuada asistencia m¨¦dica", concluye la sentencia.
En cuanto a los planes de evacuaci¨®n previstos por el Ayuntamiento, el tribunal reconoce su existencia pero apunta que tales informes "se emiten con car¨¢cter general y sin referirse al momento concreto en que se producen los hechos".
"Pese a los informes previos sobre regulaci¨®n del tr¨¢fico y v¨ªas alternativas, en el momento en que se produce la situaci¨®n de urgencia vital" hab¨ªa un corte de calle que origin¨® una congesti¨®n de tr¨¢fico que impidi¨® al enfermo llegar al hospital Doctor Peset, muy cercano a su domicilio. Al Ayuntamiento le correspond¨ªa "garantizar los accesos rodados" y rutas alternativas.
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