Mu?oz y la cantante ¡°ejecutaron un plan para aflorar dinero y ganancias¡±
La sentencia afirma que la pareja confundi¨® y mezcl¨® fondos sin una explicaci¨®n coherente Maite Zald¨ªvar constituy¨® con su hermano Jes¨²s un ¡°entramado financiero¡±
La sentencia del caso Pantoja, comunicada a los imputados en la misma sala donde se han celebrado las 27 sesiones que ha durado la vista oral, que comenz¨® el pasado junio, consta de 277 folios. En ella, el tribunal se?ala que Pantoja y Mu?oz, a ra¨ªz de su relaci¨®n, que comenz¨® en 2003, "ejecutaron un plan preconcebido para aflorar dinero y ganancias" que ¨¦ste hab¨ªa obtenido en sus actividades delictivas, "confundi¨¦ndolas y mezcl¨¢ndolas con las procedentes de las actividades profesionales y mercantiles l¨ªcitas" de Pantoja. La Sala considera plenamente acreditado el blanqueo y resalta? que los acusados no han dado "una sola explicaci¨®n coherente y menos a¨²n cre¨ªble".
Una de las cuestiones que m¨¢s llama la atenci¨®n del fallo de la Audiencia Provincial de M¨¢laga es el distinto reproche penal con el que ha sancionado la actuaci¨®n de Maite Zald¨ªvar e Isabel Pantoja, las dos mujeres que convivieron con Juli¨¢n Mu?oz durante los a?os que tuvo responsabilidades en el Ayuntamiento de Marbella y que se beneficiaron de los enormes ingresos econ¨®micos que obtuvo por sus corruptelas. La sentencia habla en todo momento del dinero obtenido por el ex alcalde de Marbella por ¡°actividades delictivas¡± en el tiempo que tuvo responsabilidades pol¨ªticas, entre 1991 que fue elegido concejal y 2003 en que fue depuesto por una moci¨®n de censura.
La Fiscal¨ªa pidi¨® para ambas la misma condena, Zald¨ªvar ha sido condenada a tres a?os y tres meses al ser considerada autora de un delito continuado de blanqueo, por lo que tendr¨¢ que cumplir reclusi¨®n. Pantoja en cambio podr¨¢ eludir la prisi¨®n ya que s¨®lo ha sido sentenciada a dos a?os ya que las Sala ha entendido que en su caso no hubo continuidad en el delito, y es uno solo.
La Audiencia provincial de M¨¢laga ha considerado que en el caso de Maite Zald¨ªvar, constituy¨® con su hermano Jes¨²s, a quien se ha impuesto la misma condena, un ¡°entramado financiero¡± para ¡°poner en valor el aprovechamiento de las ganancias entramado de las ganancias derivadas de las actividades delictivas de Juli¨¢n Mu?oz¡±.
Hasta 2003, en que se produjo la separaci¨®n matrimonial, ambos participaron en entramados societarios y en operaciones, ¡°obedeciendo ¨®rdenes que impart¨ªa el ex alcalde¡±. Pero entre 2003 y 2006, a?o en que se produjo la operaci¨®n Malaya contra la corrupci¨®n en Marbella, los hermanos Zald¨ªvar ¡°despliegan una actividad tendente al aprovechamiento de dinero il¨ªcito procedente de Juli¨¢n Mu?oz mediante diferentes y variados actos de ocultaci¨®n¡±.
La sentencia recoge entre sus hechos probados como Maite y Jes¨²s Zald¨ªvar se quedaron con 890.000 euros que transfirieron a una cuenta en Suiza y con los que realizaron varias operaciones financieras que les reportaron importantes beneficios, con la colaboraci¨®n del gestor bancario Fernando Salinas, una de las siete personas condenadas en la causa. La sala ha apreciado por ello en el caso de Zald¨ªvar ¡°un complejo delictivo continuado¡±.
?En cambio, en el caso de Isabel Pantoja, la sentencia considera que en el tiempo que convivi¨® con Mu?oz, entre 2003 y 2006, la acci¨®n delictiva estuvo ¡°ce?ida a una actividad relacionada con los beneficios il¨ªcitos de aqu¨¦l y con un ¨²nico fin de transformaci¨®n de un dinero de origen il¨ªcito en bienes y dinero de origen licito¡±.
La sala entiende que en este caso se da ¡°la repetici¨®n de una misma conducta¡± y en los hechos probados se enumeran ¡°una ¡°pluralidad de operaciones o actos de encubrimiento, materializados, ora mediante ingresos en efectivo en dep¨®sitos bancarios, ora mediante adquisici¨®n de bienes a trav¨¦s de sociedades y negocios legales, que dieron cobertura formal a esos actos mercantiles¡±, pero que, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo citada, constituyen ¡°un caso de unidad t¨ªpica de acci¨®n, de unidad natural de acci¨®n. Por tanto, de un delito ¨²nico¡±.
La sentencia recoge que Pantoja ofreci¨® sus sociedades y sus cuentas a Mu?oz, para que aflorara el dinero obtenido il¨ªcitamente, mezclado con el que la cantante obten¨ªa por sus actividades legales, o la adquisici¨®n de inmuebles como el apartamento en el hotel Guadalp¨ªn o la casa Mi Gitana, en la urbanizaci¨®n La Pera.
La sentencia llama la atenci¨®n sobre hechos como que en solo un ejercicio, 2003, cuando comenzaron a convivir la cantante y el ex alcalde, las cuentas de las sociedades controladas por Pantoja tuvieran tantos ingresos en efectivo (293.000 euros) como en el conjunto de los siete a?os anteriores. A partir de ese a?o y en los dos siguientes, las cuentas tuvieron unos movimientos que nunca hab¨ªan tenido, como una serie de ingresos de 3.000 euros diarios durante 10 d¨ªas sucesivos, cuya procedencia la sentencia no considera acreditada.
La Sala entiende que Pantoja, que adujo en la vista oral que nunca recibi¨® un euro de Mu?oz, era conocedora suficientemente de la procedencia ilegal del dinero. ¡°En el presente caso, el conocimiento de la acusada acerca de la implicaci¨®n de su pareja, Juli¨¢n Mu?oz, en procedimientos penales relacionados con su cargo p¨²blico en el Ayuntamiento de Marbella es m¨¢s que evidente. En primer lugar porque, como pareja, llevaban una vida en com¨²n que le permiti¨® asistir ¨Cen lugar privilegiado- a los numerosos procesos penales que, en la ¨¦poca en que se inici¨® su relaci¨®n, ya acumulaba y de los que los medios de comunicaci¨®n se hicieron amplio eco. As¨ª se admiti¨® por la acusada a preguntas de su letrado, ¨²nicas a las que contest¨® en el acto de la vista oral¡±, sostiene la sentencia.
El tribunal ha tenido en cuenta la negativa de Isabel Pantoja a contestar preguntas del fiscal y las acusaciones en el juicio y hacerlo s¨®lo a las de su defensor. ¡°La inexistencia de una explicaci¨®n asumible sobre esas variaciones patrimoniales y movimientos de cantidades de dinero como un indicio m¨¢s, es leg¨ªtimo¡±, concluye.
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