Adega recurre la absoluci¨®n de los vendedores de la piedra del Gai¨¢s
La sentencia del tribunal admite que la ¡°actividad extractiva no contaba con licencia municipal"
Los ecologistas de Adega recurrir¨¢n el fallo de la secci¨®n segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, que absuelve a dos pizarreros, socios de la empresa Piedra Natural de Muras, SL, y el ingeniero responsable de la mina de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. En la sentencia, a la vez que se absuelve a Pablo Campo y Siro Vega, adem¨¢s de al ingeniero Manuel Paj¨®n, tambi¨¦n se ordena dejar ¡°sin efecto¡± la paralizaci¨®n de la cantera, en el municipio de Muras, donde se extra¨ªa la cuarcita para los edificios de la Cidade da Cultura. Fuentes de la fiscal¨ªa ¡ªque, al igual que Adega, ped¨ªa cinco a?os de prisi¨®n para los tres acusados¡ª indicaron que tambi¨¦n estudian un posible recurso.
La acusaci¨®n hab¨ªa considerado probado que la empresa ¡ªde la que fue socio el exalcalde popular de Ortigueira Antonio Campo, hermano de uno de los procesado¡ª se dedic¨® de 2003 a 2006 a la explotaci¨®n de la cantera para suministrar piedra al complejo del Gai¨¢s ¡°en estado de m¨¢xima actividad, incumpliendo de modo voluntario las disposiciones establecidas en la Declaraci¨®n de Impacto Medio Ambiental". La explotaci¨®n lleg¨® a internarse en el Lugar de Inter¨¦s Comunitario (LIC) Serra do Xistral, parte de la Red Natura.
Da?os ecol¨®gicos
La sentencia admite que la ¡°actividad extractiva no contaba con licencia municipal, a pesar de haber sido solicitada con fecha de 17 de septiembre de 2004¡±. La invasi¨®n de la Red Natura, tambi¨¦n admite el fallo, ¡°produjo un da?o ecol¨®gico y paisaj¨ªstico, con afectaci¨®n en habitats de la zona¡±. Sin embargo, la Audiencia se decanta por la absoluci¨®n apelando a las ¡°discrepancias¡± entre los distintos informes periciales respecto a la ¡°catalogaci¨®n del da?o como grave o no¡±. Mientras uno de los informes constataba la destrucci¨®n de un h¨¢bitat prioritario, otros tres ¡°negaban da?o a tal h¨¢bitat, bas¨¢ndose en las caracter¨ªsticas del terreno¡±.
¡°Todo ello genera a la sala suficientes dudas acerca de la presunci¨®n o no del tipo delictivo¡±, afirma el fallo, ¡°entendiendo por ello, que, no observando aportada prueba de cargo suficiente para enervar la presunci¨®n de inocencia de los acusados, debe, ante las referidas dudas generadas, procederse a dictar una sentencia absolutoria para los aqu¨ª acusados¡±.
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