Ortega Cano, condenado a c¨¢rcel
La juez le impone dos a?os y medio de prisi¨®n por el choque mortal Anulada la prueba de alcoholemia porque se rompi¨® la cadena de custodia
A Jos¨¦ Ortega Cano le ha llegado la hora de la verdad. Ha sido condenado a dos a?os y medio de c¨¢rcel por el accidente que protagoniz¨® el 28 de mayo de 2011. Su coche invadi¨® el carril contrario y choc¨® contra el de Carlos Parra, un camarero que se dirig¨ªa a su trabajo, y que muri¨® en el acto. A la espera de la ejecuci¨®n de la sentencia, de momento, Ortega Cano no ingresar¨¢ en prisi¨®n, pero s¨ª lo har¨¢ en caso de confirmarse la pena tras los recursos judiciales previstos, al superar los dos a?os de c¨¢rcel. Hoy el torero no ha acudido a recoger la sentencia. Se encontraba refugiado en su finca Yerbabuena, a pocos kil¨®metros del lugar donde se produjo el mortal accidente. Junto a ¨¦l, su ¨²ltima pareja y el beb¨¦ que acaban de tener. Hoy su c¨ªrculo m¨¢s ¨ªntimo ha filtrado que la pareja planea casarse en breve.
El Juzgado 6 de lo Penal de Sevilla le ha condenado por un delito de homicidio con imprudencia grave y otro contra la seguridad vial por conducci¨®n temeraria al chocar con otro veh¨ªculo a 125 kil¨®metros por hora en una v¨ªa limitada a 90. El diestro invadi¨® durante 60 metros el carril contrario y adelant¨® antes de una curva sin visibilidad.
La fiscal¨ªa, sin embargo, ped¨ªa cuatro a?os de c¨¢rcel que ahora la juez Sagrario Romero ha reducido porque considera nula la prueba de alcoholemia para determinar si el torero conduc¨ªa borracho esa noche. La magistrada excluye el delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol, ya que, en su opini¨®n, se rompi¨® la cadena de custodia al extraer la sangre del torero mientras este era operado en el hospital.
El an¨¢lisis de sangre reflejaba un ¨ªndice de alcoholemia que triplicaba el permitido por ley. La juez no lo acepta porque pudo haber sido manipulado, ya que solo se sigui¨® el protocolo ¡°cl¨ªnico¡± y no el que fija la ley para estos casos. ¡°No se han podido acreditar que las muestras analizadas por el Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa correspondieran a las muestras sangu¨ªneas del acusado a su ingreso en el hospital, tras el accidente (...) No obra en lo actuado ni conocemos el documento donde constan todos y cada uno de los intervinientes en esa cadena de custodia hasta la entrada de la muestra de sangre en el Instituto Toxicol¨®gico¡±, reza la sentencia.
Ortega Cano tambi¨¦n ha sido sentenciado a tres a?os y seis meses sin carn¨¦ de conducir, Y, adem¨¢s, tendr¨¢ que hacer frente a una indemnizaci¨®n de 181.122 euros destinados a la viuda, hijos y familiares de la v¨ªctima, aunque el pago ha sido abonado por las compa?¨ªas aseguradoras.
Ha sido el abogado del diestro, Enrique Trebolle, quien acudi¨® a recoger el fallo. El torero no ha hecho declaraciones tras conocer la sentencia. Eso s¨ª, hizo saber que estaba ¡°destrozado¡±. Trebolle ha aportado alg¨²n detalle m¨¢s. Ha destacado que el torero reaccion¨® a la sentencia de manera ¡°quieta y reflexiva¡±.
Los letrados de la v¨ªctima han mostrado su satisfacci¨®n por el hecho de que la condena implique el previsible ingreso en prisi¨®n del condenado. La familia de Carlos Parra tambi¨¦n ha delegado en su letrado, quien ya adelant¨® que recurrir¨¢ la sentencia en segunda instancia. La fiscal¨ªa tambi¨¦n recurrir¨¢.
El debate sobre el fallo de la juez se centra en especial en la anulaci¨®n de la prueba de alcoholemia que en la sentencia se justifica as¨ª: ¡°Los indicios se?alados no alcanzan la seguridad necesaria para fundar un fallo condenatorio en cuanto a que el acusado hubiera ingerido bebidas alcoh¨®licas, ni en cuanto a que de haberlas ingerido, tal ingesta influyera en la conducci¨®n¡±. Adem¨¢s, la magistrada subraya las ¡°declaraciones contradictorias¡± de los testigos durante el juicio, celebrado hace un mes.
La sentencia considera los testimonios de un bombero, dos m¨¦dicos y un intensivista que no apreciaron ¡°ning¨²n signo externo de embriaguez¡± en el torero. Por el contrario, un camarero destac¨® c¨®mo Ortega Cano ¡°no se ten¨ªa en pie¡± cuando abandonaba el restaurante al que acudi¨® antes del accidente. Pero la juez desacredita el testimonio por ser una apreciaci¨®n subjetiva sin corroboraci¨®n objetiva.
Las asociaciones de v¨ªctimas de tr¨¢fico han lamentado, al conocer la sentencia, que el torero fuera condenado ¡°solo¡± a dos a?os y medio de prisi¨®n, una pena que consideran ¡°insuficiente¡± y que demuestra que ¡°matar en la carretera es barat¨ªsimo¡±.
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