El Gobierno retirar¨¢ competencias a los municipios que no sean solventes
La Generalitat obligar¨¢ a los Ayuntamientos a auditar sus servicios cada cuatro a?os Los consejos comarcales ganar¨¢n peso con la ley de Gobiernos locales
La Generalitat acelera la redacci¨®n de la Ley de Gobiernos Locales de Catalu?a para tener una regulaci¨®n propia para sus municipios, antes de que el Gobierno central haga efectiva su reforma local. El Ejecutivo catal¨¢n ha remitido ya el borrador de la futura ley a las entidades municipalistas, que preparan las alegaciones a la norma antes de que vuelva a la mesa del Consejo Ejecutivo.
La Ley catalana persigue que los Ayuntamientos sean solventes, acabar con la duplicidad de servicios p¨²blicos y evitar la creaci¨®n de estructuras que no sean estrictamente necesarias. En la redacci¨®n de la ley se deja entrever una exigencia: que los Ayuntamientos no hagan m¨¢s de lo que permitan sus presupuestos. Por ello, la Generalitat impondr¨¢ m¨¢s control en los servicios p¨²blicos, y transferir¨¢ sus funciones a los consejos comarcales si no cumplen con los requisitos m¨ªnimos.
La organizaci¨®n comarcal ganar¨¢ peso ejecutivo, pero tendr¨¢ menos estructura pol¨ªtica. Para simplificar la administraci¨®n, la Generalitat dificulta con la ley la creaci¨®n de nuevos municipios y comarcas y pone coto a la proliferaci¨®n de consorcios p¨²blico-privados. Con la aplicaci¨®n de todas estas medidas, el Gobierno catal¨¢n pretende lograr un ahorro en los pr¨®ximos a?os de hasta 1.000 millones de euros.
Auditor¨ªa de los servicios p¨²blicos. El Gobierno catal¨¢n obligar¨¢ a los consistorios a someter a una auditor¨ªa sus servicios p¨²blicos, para asegurar que cumplen con su funci¨®n, no entran en duplicidad y son solventes econ¨®micamente. La Generalitat obligar¨¢ a que los servicios sean revisados m¨ªnimo una vez cada cuatro a?os, durante el a?o siguiente a las elecciones municipales. El objetivo, apuntan fuentes del Gobierno catal¨¢n, es que los propios Ayuntamientos tomen la iniciativa y cedan las competencias que no puedan asumir. Si los servicios no cumplen con la auditor¨ªa el Gobierno catal¨¢n transferir¨¢ autom¨¢ticamente las competencias a los consejos comarcales.
Refuerzo de las comarcas. Las comarcas catalanas ¡ªexcepto la pirenaica Vall d¡¯Aran, con regulaci¨®n propia¡ª ganar¨¢n peso ejecutivo al tiempo que perder¨¢n estructura pol¨ªtica: la reforma local eliminar¨¢ mil cargos electos en los consejos comarcales y convertir¨¢ su direcci¨®n en un consejo de alcaldes. Pero, en cambio, su peso se reforzar¨¢ al asumir las competencias de los municipios que no sean capaces de costearlas. El Consejo de Alcaldes tendr¨¢ un voto proporcional a la poblaci¨®n de cada municipio.
Los entes municipalistas presentar¨¢n alegaciones
La Generalitat ya ha transferido a las principales entidades municipalistas, la Associaci¨® Catalana de Municipis (ACM) y la Federaci¨® de Municipis de Catalunya (FMC), la ley, para que presenten sus alegaciones. La intenci¨®n del Gobierno catal¨¢n es tramitar la ley en verano, para que el Parlament pueda someterla a votaci¨®n a principios de 2014.
Las primeras impresiones de las entidades municipalistas dejan claro que el proceso no ser¨¢ f¨¢cil. "Intentaremos enmendarla tan bien como se pueda. Pero est¨¢ claro que en algunos aspectos se podr¨ªa ir m¨¢s all¨¢, y en otros la regulaci¨®n deber¨ªa ser diferente", apunt¨® en declaraciones a TV-3 el presidente de la ACM, el alcalde de Premi¨¤ de Mar por CiU Miquel Buch.
La socialista N¨²ria Mar¨ªn, alcalde de L'Hospitalet y de la FMC, lament¨® que la norma obvie la financiaci¨®n municipal: "Esta ley no es la ley que los municipios necesitamos. Necesitamos una buena financiaci¨®n local y esto no se contempla. Queremos que las competencias est¨¦n clarificadas, y la ley no acaba de clarificarlo".
Asunci¨®n autom¨¢tica de competencias. La ley, en su transferencia de peso ejecutivo a los consejos comarcales, aliviar¨¢ a los municipios m¨¢s peque?os y convertir¨¢ a los entes supramunicipales en los grandes prestadores de servicios. Los municipios de menos de 1.000 habitantes, m¨¢s de la mitad de todos los de Catalu?a, dejar¨¢n de hacer la recogida de residuos, la limpieza viaria, y el control de alimentos y bebidas.?
Gerentes por concurso. Para despolitizar los consejos comarcales, la ley tambi¨¦n obligar¨¢ a que los gerentes de estos entes supramunicipales, pese a ser cargos de confianza, sean elegidos mediante concurso p¨²blico y que deben acreditar que est¨¢n capacitados para el trabajo.
Modificaci¨®n comarcal. Con la reforma desaparecer¨¢ el consejo comarcal del barcelon¨¦s, cuyas competencias asumir¨¢ el ?rea Metropolitana de Barcelona. La ley marca que si una comarca tiene todos sus municipios incluidos en un ¨¢rea metropolitana, se elimina el consejo comarcal. Este apartado tambi¨¦n obligar¨¢ a modificar la composici¨®n de las comarcas colindantes con Barcelona: el Baix Llobregat, el Maresme, y el Vall¨¨s Occidental. Estos consejos comarcales ¡ªel del Baix Llobregat es el m¨¢s grande en Catalu?a¡ª quedar¨¢n reducidos porque los municipios que rodean Barcelona compartir¨¢n competencias en el ?rea Metropolitana. Por ejemplo, Cornell¨¤ de Llobregat formar¨¢ parte de la AMB y dejar¨¢ de ser miembro del consejo comarcal del Baix Llobregat, si la ley se aprueba en los t¨¦rminos en los que est¨¢ redactada. Eso reducir¨¢ al m¨ªnimo los consejos comarcales. Pero un portavoz del Gobierno aclara que las comarcas seguir¨¢n siendo las mismas: que pese a los cambios en los consejos, los ni?os en la escuela seguir¨¢n aprendiendo las divisiones comarcales tal como se conocen hoy.
Sueldos y dietas. La ley de la Generalitat da libertad a los municipios para fijar el sueldo de sus concejales, pero establece un l¨ªmite m¨¢ximo en los Presupuestos. Tambi¨¦n pone coto a las dietas. La percepci¨®n de retribuciones para los regidores que tengan dedicaci¨®n exclusiva o parcial ser¨¢ incompatible con cobrar por asistir a un pleno del Ayuntamiento o a otra entidad municipal. En el caso de las dietas por asistencia a otros entes supramunicipales, estas tendr¨¢n ¡°un l¨ªmite m¨¢ximo del treinta por ciento de las retribuciones que correspondan a la dedicaci¨®n exclusiva del ente de procedencia¡±. Las dietas, fija la norma, deber¨¢n ser las mismas para todos los miembros de la corporaci¨®n.?
Coto a la creaci¨®n de municipios y comarcas. Mazazo para los catalanes que reivindican, por ejemplo, la creaci¨®n de la comarca del Moian¨¨s o del Llu?an¨¨s. Para simplificar administraciones, la norma imposibilita, en la pr¨¢ctica, la creaci¨®n de nuevos municipios y comarcas, al establecer un m¨ªnimo de poblaci¨®n de 10.000 habitantes para los pueblos nuevos y de 15.000 para las comarcas. Adem¨¢s, los nuevos municipios y comarcas solo se aprobar¨¢n si son econ¨®micamente viables. Las mancomunidades de municipios tambi¨¦n quedan limitadas, ya que solo se podr¨¢n crear para los servicios que no puedan ser gestionados por comarcas o veguer¨ªas.
?Fusi¨®n. El Gobierno catal¨¢n propondr¨¢, a partir de la ley, la fusi¨®n de Ayuntamientos: de los 947 municipios catalanes, 738 tienen menos de 5.000 habitantes. La norma abre la puerta a las fusiones por motivos hist¨®ricos, identitarios, geogr¨¢ficos o econ¨®micos. El Departamento de Gobernaci¨®n ya tiene sobre la mesa una primera fusi¨®n, la de los Ayuntamientos de Esterri d'?neu, Guingueta d'?neu, Espot y Alt ?neu.
Freno a la creaci¨®n de los consorcios. Los consorcios que los municipios crean, la mayor¨ªa de las veces junto a empresas privadas, para ofrecer sus servicios tambi¨¦n estar¨¢n limitados. Estos organismos p¨²blicos solo podr¨¢n ofrecer servicios que no pueda dar el consejo comarcal que toque al municipio. Adem¨¢s, sus cuentas deber¨¢n ser revisadas por la administraci¨®n y se suspender¨¢n autom¨¢ticamente si en dos a?os consecutivos, o tres a?os en un lustro, cierra sus cuentas con d¨¦ficit. Tambi¨¦n se prev¨¦ la penalizaci¨®n por no cumplir con las obligaciones de la Sindicatura de Cuentas. Para crear un consorcio, los promotores deber¨¢n elaborar una memoria que justifique su necesidad y someterla a juicio de la Generalitat.
Duplicidades. La norma marca que las leyes que rigen las competencias locales deber¨¢n fijar a qu¨¦ administraci¨®n corresponde ofrecer cada servicio. Si una competencia est¨¢ asignada a un ente supramunicipal (comarca, ¨¢rea metropolitana, o veguer¨ªa), tendr¨¢ ¡°car¨¢cter excluyente¡±, es decir, que no la podr¨¢n ofrecer los municipios. Las localidades s¨ª que podr¨¢n prestar servicios que no est¨¦n asignados, siempre que sus cuentas est¨¦n saneadas y se garantice la calidad del servicio.
Veguer¨ªas. Las veguer¨ªas est¨¢n pendientes de un cambio en la norma estatal para poder sustituir a las provincias, pero la Generalitat ya incluye su regulaci¨®n en la ley de Gobiernos locales. Las siete veguer¨ªas se encargar¨¢n de gestionar territorialmente los servicios de la Generalitat. El consejo de veguer¨ªa tambi¨¦n tiene potestad para delegar a las comarcas el ejercicio de funciones de cooperaci¨®n y asistencia municipal y la gesti¨®n de los servicios m¨ªnimos de cada municipio.
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