Los colegios gallegos deber¨¢n resolver en 12 d¨ªas los casos de acoso escolar
Educaci¨®n presenta presenta el primer protocolo espa?ol que incluye el ciberacoso
El conselleiro de Cultura, Jes¨²s V¨¢zquez, ha presentado este mi¨¦rcoles ante la comunidad educativa el protocolo general de prevenci¨®n, detecci¨®n y tratamiento de las situaciones de acoso escolar, el primero en Espa?a que incluye adem¨¢s el ciberacoso. Seg¨²n ha explicado Jes¨²s V¨¢zquez, este protocolo permitir¨¢ que "se haga m¨¢s efectivo el principio de protecci¨®n a la v¨ªctima" y servir¨¢ como "herramienta fundamental" en la protecci¨®n del alumnado frente a situaciones de violencia, facilitando una "atenci¨®n e identificaci¨®n temprana".
Al existir un protocolo estandarizado, ha se?alado V¨¢zquez, "se garantiza que no transcurran m¨¢s de 12 d¨ªas desde que se detecta la posibilidad de que exista un caso de acoso escolar hasta que se confirma, se instruye y se resuelve el expediente". Tanto el documento como los anexos que lo acompa?an intentan "facilitar y agilizar" la puesta en pr¨¢ctica de mecanismos para detectar situaciones de acoso, recogiendo estrategias de prevenci¨®n y de actuaci¨®n, as¨ª como la legislaci¨®n relacionada. Aunque ha reconocido que el acoso escolar es un tema que "preocupa" a la Administraci¨®n, Jes¨²s V¨¢zquez ha se?alado que en Galicia se trata de una problem¨¢tica "incidental". "No podemos hablar de un mal generalizado, ni que en Galicia sea preocupante con respecto a otras comunidades", ha sentenciado.
El conselleiro ha recordado que el protocolo presentado este mi¨¦rcoles da continuidad a la ley de Convivencia y Participaci¨®n de la Comunidad Educativa y ha anunciado que "pr¨®ximamente" se publicar¨¢ un decreto para desarrollar esta normativa, as¨ª como otros recursos para el asesoramiento en la elaboraci¨®n de planes de convivencia en cada centro educativo.El protocolo contra el acoso escolar establece cuatro fases diferenciadas para el tratamiento de los conflictos, que pasan por el conocimiento, la identificaci¨®n y comunicaci¨®n de la situaci¨®n; la recogida y registro de informaci¨®n; el an¨¢lisis de la informaci¨®n y la adopci¨®n de medidas; y el seguimiento y evaluaci¨®n de las medidas adoptadas.
En este sentido, se establece, por ejemplo, que la persona que ocupa la direcci¨®n del centro deber¨¢ tener siempre conocimiento de la situaci¨®n, cuya identificaci¨®n deber¨¢ recogerse por escrito y siempre bajo la m¨¢xima confidencialidad y discreci¨®n. En la primera fase se indican, adem¨¢s, las medidas urgentes de protecci¨®n a la presunta v¨ªctima que se podr¨¢n tomar, indicaciones para la comunicaci¨®n a las familias de los alumnos implicados y profesionales educativos y agentes externos que podr¨ªan participar en el proceso. Se establece tambi¨¦n la posibilidad de designar a una persona responsable de atender y apoyar a la v¨ªctima.
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