El TSJ revoca la condena por acoso del exdirector del Centro Pr¨ªncipe Felipe
Rub¨¦n Moreno fue condenado por presionar a un cient¨ªfico para que renunciara a derechos de propiedad intelectual
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha revocado la sentencia que condenaba al exdirector del Centro de Investigaci¨®n Pr¨ªncipe Felipe (CIPF) Rub¨¦n Moreno y al exgerente del centro Carlos P¨¦rez a indemnizar con 90.000 euros, de forma solidaria con la Fundaci¨®n de la entidad, a un investigador por acoso moral en el trabajo.
El TSJCV estima as¨ª los recursos interpuestos por los tres demandados (Rub¨¦n Moreno, Carlos P¨¦rez y la Fundaci¨®n CIPF) contra una sentencia del Juzgado de lo Social n¨²mero 17 de Valencia, y revoca este fallo, desestima la demanda y absuelve a la parte demandada al afirmar que no ha quedado demostrado el acoso laboral.
El Juzgado les conden¨® en julio de 2012 a indemnizar a un investigador por "mobbing", tras no querer el cient¨ªfico renunciar a unos derechos de propiedad intelectual e industrial que ten¨ªa suscritos. La sentencia del TSJCV afirma que no se "observa la concurrencia del elemento intencional que caracteriza las conductas de acoso laboral, es decir, la existencia de 'hostigamiento' y 'tendenciosidad' por parte de la Fundaci¨®n, a trav¨¦s del Patronato o de sus ¨®rganos, o por parte de sus directores o gestores".
Adem¨¢s, afirma que el demandante "no quiso renunciar a un ventajoso acuerdo en su d¨ªa firmado y la Fundaci¨®n no quiso seguir soportando los costes y financiando a un investigador cuyo modus operandi no era el que ella establec¨ªa en consonancia con su car¨¢cter de financiadora de los inventos y de centro p¨²blico".
El exdirextor del CIPF Rub¨¦n Moreno ha manifestado su satisfacci¨®n por el fallo que, seg¨²n ha destacado, "da la raz¨®n al centro y a sus ¨®rganos de direcci¨®n, ya que los fondos p¨²blicos no pueden usarse para el beneficio privado".
Moreno, actual diputado nacional del PP, ha asegurado que en "ning¨²n momento hubo acoso laboral contra ning¨²n cient¨ªfico", sino que solo defendieron "los intereses p¨²blicos".
El cient¨ªfico, con una antig¨¹edad reconocida desde enero de 1990, ten¨ªa la categor¨ªa profesional de investigador jefe, y su actividad se centr¨® en la investigaci¨®n de las bases moleculares de enfermedades humanas, en la que present¨® diversos proyectos que culminaron en el descubrimiento de la prote¨ªna GPBP. Posteriormente, obtuvo invenciones que fue patentando a lo largo de los a?os encaminadas a la obtenci¨®n de procedimientos para el diagn¨®stico y tratamiento de enfermedades humanas.
"El origen de los fondos usados en los proyectos e inventos del demandante eran fundamentalmente p¨²blicos, y esa financiaci¨®n p¨²blica acababa redundando b¨¢sicamente en beneficio privado del actor y de la sociedad de responsabilidad limitada de la que fue socio fundador", indica la sentencia del TSJCV.
Tambi¨¦n afirma que en el CIPF "no se investiga lo que la Fundaci¨®n no puede patentar" y que la Fundaci¨®n "no pod¨ªa asumir la titularidad de una invenci¨®n aunque para su obtenci¨®n se hubieran utilizado los medios materiales y los fondos econ¨®micos por ella proporcionados".
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