Dejar en prisi¨®n a Ricart vulnerar¨ªa derechos, seg¨²n la Audiencia
El tribunal no vio "obst¨¢culo" para aplicar el fallo que anul¨® la 'doctrina Parot'
¡°No existe obst¨¢culo¡± para aplicar la anulaci¨®n de la doctrina Parot a Miguel Ricart T¨¢rrega. As¨ª lo argument¨® la Sala de la Audiencia de Valencia ante los escritos de las acusaciones, que se opusieron a la salida de prisi¨®n del ¨²nico condenado por el triple crimen de Alc¨¤sser. Ricart est¨¢ en la calle desde el viernes tras cumplir casi 21 a?os de una condena de 170 por secuestro, violaci¨®n y asesinato.
El tribunal desmonta en un auto de 32 p¨¢ginas conocido este lunes los argumentos de las acusaciones particulares de las familias, la popular ejercida por la Asociaci¨®n Clara Campoamor y el abogado del Estado. Participaron en la deliberaci¨®n cinco magistrados.
La Audiencia de Valencia destaca que la sentencia del pasado 21 de octubre Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo, que anulaba la doctrina Parot y daba la raz¨®n al recurso de la etarra In¨¦s del R¨ªo, presenta un supuesto ¡°id¨¦ntico¡± al de Ricart. Y que no aplicar esta resoluci¨®n a El Rubio vulnerar¨ªa el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).
El tribunal justifica la excarcelaci¨®n de Ricart ampar¨¢ndose en el acuerdo del Supremo del pasado 12 de noviembre. Una resoluci¨®n que asum¨ªa la sentencia de Estrasburgo y daba libertad a los tribunales a la excarcelaci¨®n de delincuentes que, tras la aplicaci¨®n de la doctrina Parot a partir de febrero de 2006, vieron alargada su estancia en prisi¨®n porque sus beneficios penitenciarios se computaron sobre el total de la condena y no respecto al tope de 30 a?os que establec¨ªa el C¨®digo Penal de 1973. Ricart, por ejemplo, debi¨® ser excarcelado en 2011 y la doctrina habr¨ªa prolongado su salida hasta enero de 2023.
La Audiencia de Valencia estima que el argumento esgrimido por la Abogac¨ªa del Estado para oponerse a la libertad es contrario a Estrasburgo. El letrado del Estado propuso aplicar la doctrina Parot a Ricart desde el 28 de febrero de 2006, cuando el Supremo estableci¨® por primera vez el pol¨¦mico sistema para alargar la estancia en prisi¨®n de delincuentes peligrosos. La iniciativa de la Abogac¨ªa del Estado habr¨ªa mantenido en la c¨¢rcel al delincuente hasta abril de 2014, seg¨²n una fuente de Instituciones Penitenciarias.
El tribunal considera que los 1.138 d¨ªas de redenciones penitenciarias de Ricart son correctos. La Asociaci¨®n Clara Campoamor intent¨® cuestionar estas jornadas para evitar la libertad. La Audiencia destaca que la solicitud sobre el ¡°grado de implicaci¨®n¡± de Ricart en el programa penitenciario para agresores sexuales solo es v¨¢lida a los reclusos que piden la libertad condicional. No es el caso del delincuente nacido en Catarroja en 1969. ?l ¡°ha extinguido su condena¡± y debe ser puesto en libertad¡±, zanja el auto, que recoge el voto particular del magistrado Juan Beneyto Meng¨®, que cuestiona las redenciones penitenciarias aplicadas a Ricart.
La Abogac¨ªa del Estado recurrir¨¢ previsiblemente este martes la excarcelaci¨®n de Ricart, seg¨²n una fuente gubernamental. Un movimiento de ¡°escaso recorrido jur¨ªdico¡± que se enmarca en el discurso del Ejecutivo de ¡°calmar el pavor social¡± tras la sentencia de Estrasburgo que anul¨® la doctrina Parot, que permiti¨® alargar la estancia en prisi¨®n de 93 etarras y 37 delincuentes comunes, seg¨²n un experto.
El catedr¨¢tico de Derecho Penal de la Universidad de Valencia Jos¨¦ Luis Gonz¨¢lez Cussac considera ¡°muy improbable¡± que Ricart regrese a la c¨¢rcel. No recuerda ning¨²n caso similar. Y califica de ¡°formalismo¡± el escrito que la Fiscal¨ªa remiti¨® el viernes a la Guardia Civil y la Polic¨ªa Nacional para comunicar la liberaci¨®n. ¡°Ricart es un hombre libre con la ley en la mano¡±, zanja el profesor.
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