El fiscal pide que un jurado popular juzgue el ¡®caso ACM¡¯
La Fsical¨ªa Anticorrupci¨®n acusa a Matas y Sol¨¤ de malversaci¨®n
La fiscal¨ªa quiere que un jurado popular sea el encargado de juzgar a los exresponsables de la Asociaci¨®n Catalana de Municipios (ACM), Josep Maria Matas y Xavier Sol¨¤, por el ¡°saqueo¡± de la entidad municipalista. El ministerio p¨²blico considera que ambos son responsables de malversaci¨®n de fondos p¨²blicos, uno de los delitos que se dirimen por v¨ªa del jurado. Seg¨²n un escrito del fiscal anticorrupci¨®n Emilio S¨¢nchez Ulled, el origen de los fondos presuntamente desviados por Matas y Sol¨¤ a sus bolsillos particulares es netamente p¨²blico.
El fiscal ha pedido a la Audiencia de Barcelona que revoque el auto con el que el juez dio por concluida la investigaci¨®n. Su objetivo es que la causa se tramite por el procedimiento del jurado, de forma que Matas y Sol¨¤ sean declarados culpables o inocentes por los nueve ciudadanos que integran un tribunal popular.
La investigaci¨®n concluy¨® el pasado mes de octubre. El juez consider¨® que hab¨ªa ¡°indicios racionales suficientes¡± para sostener que Matas, ex secretario general, y Sol¨¤, exjefe de los servicios jur¨ªdicos y ex n¨²mero dos del Departamento de Cultura, se enriquecieron il¨ªcitamente a costa del ente. Ambos ¡°abusaron¡± de sus cargos para apropiarse de cerca de un mill¨®n de euros mediante trabajos ficticios y facturas falsas e infladas. Matas y Sol¨¤ utilizaron sociedades interpuestas para lograr el ¡°saqueo patrimonial¡± del ente, seg¨²n el auto.
Pese a que comparte ¨ªntegramente el relato de hechos que refleja ese auto, el fiscal ha recurrido la decisi¨®n porque entiende que Matas y Sol¨¤ son responsables de un delito de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, y no de apropiaci¨®n indebida. La ACM, se?ala el escrito, es una agrupaci¨®n voluntaria de municipios y comarcas que se define a s¨ª misma como nacionalista y que tiene como objetivo defender y promover a los entes locales que la integran.
Pese a su ¡°terminolog¨ªa asociativa¡±, los estatutos del ente ¡°desempe?an funciones de naturaleza inequ¨ªvocamente p¨²blica¡± y la entidad est¨¢ sometida, entiende el fiscal, a las normas p¨²blicas en cuanto a preparaci¨®n y adjudicaci¨®n de los contratos que suscriba. El fiscal subraya que la finalidad de la ACM no es realizar actividades comerciales o industriales sino ¡°promover los intereses generales¡±. Aun en el caso de que se considere que la ACM ostenta naturaleza privada y no p¨²blica, el fiscal insiste en que sus principales fuentes de financiaci¨®n ¡°son, de lejos, las cuotas de sus asociados¡± y, en segundo lugar, las ¡°subvenciones p¨²blicas¡±.
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