El canje forzoso y las quitas no frenan las condenas a bancos por preferentes
Los jueces entienden que los clientes pueden reclamar la devoluci¨®n ¨ªntegra Diferentes sentencias divergen sobre la recuperaci¨®n de los intereses
Decenas de miles de gallegos siguen sin recuperar sus ahorros atrapados desde la pasada d¨¦cada en productos t¨®xicos debido a ¡°pr¨¢cticas abusivas¡± de sus entidades bancarias, seg¨²n terminolog¨ªa de la Fiscal¨ªa de Galicia. El ministerio p¨²blico cifraba en septiembre en unos 1.100 millones de euros la cantidad a¨²n sin restituir. Tras cerrarse en julio la ventanilla del arbitraje y obligar el Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria (FROP) a canjear participaciones preferentes u obligaciones subordinadas por acciones de las entidades que colocaron esos productos, acudir a los tribunales aparece como la v¨ªa m¨¢s efectiva para recuperar el dinero.
As¨ª lo corroboran sentencias de juzgados de toda Galicia, la inmensa mayor¨ªa contrarias a los bancos. Es tambi¨¦n la doctrina de los magistrados de las cuatro audiencias provinciales: reunidos en Santiago el 4 de diciembre para unificar criterios antes de resolver numerosos recursos planteados en sus salas, acordaron que ese canje forzoso de preferentes o subordinadas ¡°no supone acto propio o confirmaci¨®n¡± del contrato de compra, ni tampoco ¡°una renuncia de los derechos de ning¨²n tipo¡± de los afectados para reclamar ante un juez su nulidad y la devoluci¨®n de sus ahorros. Suelen conseguirlo. Tanto los que optaron por quedarse las acciones del canje impuesto, como los que las vendieron, soportando sangrantes quitas que pueden conllevar la p¨¦rdida del 65% de lo invertido. Basta con que el demandante, ante la imposibilidad de devolver al banco productos financieros ya desaparecidos, restituya ¡°los frutos percibidos y el valor que ten¨ªa la cosa cuando se perdi¨®¡±, es decir, los intereses cobrados y, si es el caso, el dinero obtenido de la venta de acciones, seg¨²n fall¨® en octubre el juzgado n¨²mero uno de Corcubi¨®n.
En esa sentencia, que conden¨® a Novagalicia Banco a devolver a un pescador y su esposa los 62.000 euros invertidos en preferentes, se establece, al igual que recogen ahora las audiencias, que ¡°la venta de acciones entregadas en canje no es una confirmaci¨®n del negocio anulable¡±. Un canje que ¡°no fue voluntad¡± del matrimonio, sino impuesto, razona el juez. La pareja, que al vender las acciones hab¨ªa recuperado la mitad de su dinero, logr¨®, con este fallo, la devoluci¨®n del resto menos 1.400 euros, relata su abogada Margarita Lamela.
El criterio judicial, establecen las cuatro audiencias, es que al declararse nulo un contrato, ¡°por vulnerar normas imperativas de derecho a la informaci¨®n sobre productos financieros¡±, el cliente devuelva los intereses percibidos y el banco ¡°el capital invertido m¨¢s el inter¨¦s legal del dinero¡±. Pero los magistrados eluden fijar desde cuando computan esos intereses, si a partir de la fecha de firma del contrato anulado, como interpretan una mayor¨ªa de jueces, o desde la presentaci¨®n de la demanda, como considera el juzgado de refuerzo de A Coru?a, creado en septiembre junto a otro en Vigo para tratar s¨®lo demandas por productos h¨ªbridos de la banca. La falta de un criterio ¨²nico hace que recuperar sus ahorros ¨ªntegros o s¨®lo en parte dependa del juez que lo estudie. Hay interpretaciones m¨¢s restrictivas: el juzgado n¨²mero 7 de A Coru?a estima que los intereses s¨®lo computan a partir de la sentencia.
Jaime Concheiro, del bufete coru?¨¦s CCS especializado en preferentes y subordinadas, destaca el precedente que marca la sentencia a finales de 2013 del juzgado de refuerzo de A Coru?a: condena a Novagalicia Banco a indemnizar por incumplimiento de obligaciones legales a una pareja, devolvi¨¦ndole los 5.516 euros que perdieron al vender las acciones del canje forzoso de subordinadas. La juez, por primera vez, establece que los afectados no deben, sin embargo, restituir a la entidad los r¨¦ditos percibidos desde 2004 por ese producto. Pero s¨®lo es porque no son ¡°superiores al importe que corresponder¨ªa de aplicar el inter¨¦s legal del dinero desde la fecha de cargo en cuenta¡± de los 24.600 euros invertidos en subordinadas.
Salvo con preferentes emitidas en 2009, que dieron un 7% de r¨¦ditos anuales, tres puntos por encima del inter¨¦s legal, los afectados consiguen en los tribunales el reintegro ¨ªntegro de sus ahorros. O incluso m¨¢s si se tratan de subordinadas o de preferentes de 2003 que dieron r¨¦ditos por debajo del 4%, explica Lamela, con despacho en Cee y m¨¢s de 200 demandas por la venta de productos t¨®xicos. Un matrimonio de Mux¨ªa, que se neg¨® a vender las acciones del canje, logr¨® recuperar, por sentencia en septiembre, 75.000 euros de una indemnizaci¨®n por la muerte de un hijo atrapada, sin saberlo, en subordinadas desde 2005, y cobrar encima 8.000 euros en intereses.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.