Absuelto de prevaricaci¨®n el exalcalde de Orihuela Jos¨¦ Manuel Medina
El exregidor del PP hab¨ªa sido condenado por causar una merma de dos millones al municipio
El ex alcalde de Orihuela, Jos¨¦ Manuel Medina, del PP, ha sido absuelto en segunda instancia de la condena a siete a?os de inhabilitaci¨®n para el cargo p¨²blico por un delito de prevaricaci¨®n. El exregidor recurri¨® el pasado mayo ante la Audiencia Provincial la sentencia del Juzgado de lo Penal n¨²mero tres de Orihuela (Alicante), que le conden¨® por causar una merma de dos millones de euros a las arcas municipales.
Fuentes de la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, que abri¨® la causa original contra Medina, han confirmado que el que fuera alcalde oriolano durante 13 a?os hasta 2007 ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Alicante, si bien no pudieron precisar los motivos de la exculpaci¨®n al no estar personados en la segunda instancia. La fiscal¨ªa que dirige Felipe Briones abri¨® 15 causas contra el exregidor y con esta son 13 las que han sido archivadas.
La Audiencia, por tanto, ha dejado sin efecto la sentencia original, que consider¨® probado que Medina cometi¨® un delito de prevaricaci¨®n en relaci¨®n con un expediente urban¨ªstico. La inacci¨®n del exprimer edil en el procedimiento caus¨® una merma patrimonial al Ayuntamiento de Orihuela que debi¨® haberse reclamado por v¨ªa judicial a un agente urbanizador.
El Ayuntamiento dirigido por Medina solicit¨® en 2004 a la Agrupaci¨®n de Inter¨¦s Urban¨ªstico Las Piscinas 4.220,50 metros cuadrados ¡ªo en su defecto una indemnizaci¨®n de 2.105.006,50 euros¡ª que faltaban por aportar en una finca entregada al consistorio por la sociedad.
La junta de gobierno local aprob¨® en mayo de 2004 iniciar los tr¨¢mites para exigir al agente urbanizador el terreno que faltaba o una indemnizaci¨®n por su valor, y el propio Medina firm¨® despu¨¦s un decreto en ese sentido. La empresa no respondi¨® al decreto y el exalcalde dict¨® otro en el que emplazaba de nuevo al agente urbanizador a resarcir al consistorio en el plazo de 15 d¨ªas bajo la advertencia de que el municipio ejercer¨ªa acciones legales contra ¨¦l.
La juez apunt¨® que, como alcalde, Medina ¡°pudo haber convocado al pleno para discutir¡± las posibles acciones legales o pedido informes sobre el caso, pero no lo hizo. Durante el procedimiento, Medina aleg¨® que hab¨ªa consultado ¡°de manera verbal¡± a varios expertos, que le habr¨ªan dicho que no era posible ejercer acciones legales en ese asunto. La Audiencia Provincial le ha dado la raz¨®n ahora, seg¨²n confirm¨® la Fiscal¨ªa.
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