Sanidad deber¨¢ pagar 11.000 euros por la muerte de un paciente
Un hombre de 70 a?os fue diagnosticado de lumbalgia y muri¨® por la rotura de una arteria
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Consejer¨ªa de Sanidad a indemnizar con 11.000 euros a la a la esposa e hijos de un paciente que falleci¨® en 2008 en el hospital Francesc de Borja de Gandia a consecuencia de la rotura de una aneurisma. El hombre, de 70 a?os, acudi¨® al hospital hasta en dos ocasiones y march¨® a casa diagnosticado de lumbalgia. Horas m¨¢s tarde, falleci¨®, seg¨²n la sentencia, sin que se le hubieran practicado las pruebas diagn¨®sticas pertinentes para localizar la causa de su dolencia.
La madrugada del 2 de abril de 2008, A. H. P. de 70 a?os, se dirigi¨® a las urgencias del hospital Francesc de Borja de Gandia (Valencia) aquejado de un fuerte dolor en el costado. El servicio m¨¦dico le valor¨® y determin¨® que la causa de su malestar era una lumbalgia. El paciente volvi¨® a casa pero horas m¨¢s tarde, en vista de que que su dolor no remit¨ªa, volvi¨® al hospital. El servicio m¨¦dico reiter¨® su diagn¨®stico de lumbalgia y le envi¨® de nuevo a casa.
Ya en el domicilio, cuando el paciente iba a acostarse, se desplom¨® de repente. Aunque su esposa llam¨® a una ambulancia, los m¨¦dicos solo pudieron certificar la muerte del paciente a las 8:30 de la ma?ana. La posterior autopsia revel¨® que su fallecimiento se hab¨ªa debido a la rotura de una aneurisma disecante de aorta abdominal de origen ateroescler¨®tico.
El tribunal considera en la sentencia que la ¡°omisi¨®n de cualquiera de las pruebas diagn¨®sticas indicadas, con mayor exigencia en la segunda asistencia en el Servicio de Urgencias supuso, en este caso, la infracci¨®n de la lex artis ad hoc al desechar la realizaci¨®n de cualquiera de las mismas para constatar la patolog¨ªa del paciente¡±.
Aunque el TSJ reconoce que no se le practicaron las pruebas pertinentes para diagnosticar su dolencia, los peritos valoran que ¡°dada la naturaleza de la afecci¨®n¡±, aunque se hubiera conseguido diagnosticarlo, era ¡°muy dif¨ªcil haber conseguido solucionarlo, con la sutura de la rotura y cese de la hemorragia¡±. Esta pericial ha llevado a la reducci¨®n de la indemnizaci¨®n solicitada por la familia que alcanzaba los 500.000 euros.
El Defensor del Paciente, organismo que ha llevado el caso, califica de ¡°insignificante¡± la cuant¨ªa de la indemnizaci¨®n considera que la sentencia ha hecho justicia al apreciar infracci¨®n de la lex artis por desechar la realizaci¨®n de cualquiera de las pruebas diagn¨®sticas, pero considera insignificante y rid¨ªcula la cantidad concedida a la esposa e hijos del paciente, por cuanto no se corresponde, en modo alguno, con el da?o moral y la impotencia que la ausencia de cualquier prueba diagn¨®stica para detectar la patolog¨ªa del enfermo, signific¨® para los familiares del fallecido.
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