El juez absuelve al alcalde de Tous de prevaricaci¨®n
El regidor neg¨® el cine local al grupo socialista para una charla sobre el proyecto de vertedero
El Juzgado de lo Penal n¨²mero 15 de Valencia, con sede en Alzira, ha absuelto al alcalde de Tous, Crist¨®bal Garc¨ªa (PP), del delito de prevaricaci¨®n administrativa al negar el uso del cine municipal al grupo socialista para realizar una charla sobre el proyecto de ubicar en la localidad un vertedero de residuos urbanos.
En diciembre de 2006, el secretario del PSPV local, Ramiro Briz, denunci¨® a Garc¨ªa por haber denegado la autorizaci¨®n para celebrar dicha reuni¨®n informativa con los vecinos en el Cine Avenida.
El fiscal jefe del TSJ consider¨® que los hechos denunciados por los socialistas pod¨ªan ser constitutivos de un "delito de prevaricaci¨®n", y ped¨ªa para el alcalde la pena de inhabilitaci¨®n especial para el cargo durante nueve a?os.
Seg¨²n recog¨ªa el informe de la fiscal¨ªa, el alcalde deneg¨® la solicitud alegando que se hab¨ªan colocado los carteles anunciadores de la asamblea "sin permiso del Ayuntamiento". Esa negativa tuvo lugar apenas tres d¨ªas antes de la fecha prevista para la reuni¨®n que fue solicitada por los socialistas de Tous con un mes de antelaci¨®n.
La acusaci¨®n popular calificaba tambi¨¦n los hechos como constitutivos de un presunto delito de prevaricaci¨®n, y solicitaba para el acusado una pena de ocho a?os de inhabilitaci¨®n para empleo y cargo p¨²blico.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n N¨²mero 5 de Alzira dict¨® un auto en el que consideraba la existencia en este asunto de hechos que podr¨ªan ser constitutivos de un presunto delito de prevaricaci¨®n en la actuaci¨®n de Garc¨ªa.
Sin embargo, la sentencia del Juzgado de lo Penal n¨²mero 15, fechada el pasado 14 de febrero, considera que la decisi¨®n del alcalde "no fue arbitraria", como argumentaba la acusaci¨®n, y que "no es posible apreciar una infracci¨®n de las normas esenciales del procedimiento".
A?ade que de las pruebas practicadas no se puede deducir que dilatara "intencionadamente" el procedimiento.
Tampoco aprecia este juzgado que el alcalde resolviera al margen del procedimiento jur¨ªdico a prop¨®sito, y recuerda que un delito de prevaricaci¨®n solo admite el dolo "directo".
El juzgado considera, adem¨¢s, "acreditado" que la secretaria municipal "desaconsej¨®" la cesi¨®n del uso del cine para esta charla, y que aunque la decisi¨®n ¨²ltima era del alcalde si la funcionaria no recomendaba el acto "no es posible entender que el acusado fuera consciente de que actuaci¨®n podr¨ªa ser ilegal y arbitraria".
Tampoco ha quedado acreditado, dice la sentencia, que el alcalde tuviera la intenci¨®n de impedir la charla por temor a que fuera contraria a su posici¨®n sobre el vertedero, ya que la reuni¨®n finalmente se llev¨® a cabo "sin que conste que el acusado realizara ninguna actuaci¨®n para entorpecerla".
Concluye que la prueba practicada no ha sido suficiente para enervar la presunci¨®n de inocencia que asiste al acusado, debiendo dictarse por ello una sentencia "absolutoria".
Contra esta sentencia cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Valencia.
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