Gastos de 185 millones sin presupuesto en los ayuntamientos
Un informe de la Sindicatura de Comptes eval¨²a las facturas extrajudiciales
Los Ayuntamientos valencianos acumulan facturas por 185 millones pendientes de aplicar al presupuesto, seg¨²n refleja la Sindicatura de Comptes en un informe que analiza estas obligaciones, as¨ª como los 4.088 reparos formulados por los interventores. La instituci¨®n entreg¨® ayer en las Cortes Valencianas el Informe de fiscalizaci¨®n de las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, reparos e informes formulados por intervenci¨®n,el primero a nivel nacional.
En total, han sido 342 las entidades locales que han remitido informaci¨®n. Del resto, 231 han comunicado que no ten¨ªan informaci¨®n al respecto, por no haberse producido los hechos requeridos, aunque en 45 organismos la Sindicatura ha constatado la existencia de obligaciones sin consignaci¨®n, por un total de 9,8 millones. Las restantes 197 entidades han incumplido su obligaci¨®n de responder al requerimiento de informaci¨®n. Con todo ello, la Sindicatura de Comptes ha comprobado que al cierre de 2012 existen al menos 10.882 facturas pendientes de aplicar al presupuesto, cuyo importe asciende a 235,38 millones de euros.
El 84,5% de este importe est¨¢ contabilizado en la cuenta 413 (de acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto) del Plan General de Contabilidad P¨²blica, mientras que 33,95 millones de euros est¨¢n sin contabilizar. Por tipo de entidad, los Ayuntamientos sumaban 185,34 millones (casi el 80% del total), de los que 109,68 millones correspond¨ªan al ejercicio 2012, y 75,65 millones a a?os anteriores. Pese al elevado importe, las obligaciones sin consignaci¨®n han disminuido un 50% respecto a las de 2011 (465,8 millones de euros) como consecuencia de la aplicaci¨®n de los diferentes programas de pago a proveedores.
La Sindicatura recuerda en su informe que ¡°se debe cumplir la normativa y evitar la pr¨¢ctica de contraer obligaciones sin cobertura presupuestaria y al margen del procedimiento legal establecido¡±, ya que ¡°la realizaci¨®n de estos gastos indebidamente, adem¨¢s de incidir en la estabilidad presupuestaria, constituye un incumplimiento de la normativa aplicable¡±.
Por ello, se?ala que ¡°previa acreditaci¨®n de su existencia y exigibilidad, estas obligaciones precisan ser convalidadas mediante un acto de reconocimiento extrajudicial de cr¨¦ditos, que corresponde al pleno de la entidad¡±.
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