El Supremo anula la condena al exdelegado de Empleo de la Junta
El Tribunal cree que no hay pruebas contra Rivas, pero confirma las condenas a Mellet y Ponce
El Tribunal Supremo ha anulado hoy por falta de pruebas la condena para el exdelegado de Empleo de la Junta de Andaluc¨ªa, Antonio Rivas, en el caso Mercasevilla, y ha confirmado las penas de 21 meses de inhabilitaci¨®n y multa para los exdirectivos de la lonja Fernando Mellet y Daniel Ponce.
La condena fue impuesta tras un juicio ante un jurado popular en Sevilla y despu¨¦s, en junio de 2013, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa.
Sin embargo, ahora el Supremo la corrige para Rivas porque su condena se bas¨® en una declaraci¨®n policial de Mellet, quien luego no la ratific¨® ante el tribunal.
Los dos condenados fueron denunciados por dos empresarios del grupo La Raza que les grabaron en 2009, cuando les ped¨ªan 450.000 euros como condici¨®n para adjudicarles una Escuela de Hosteler¨ªa, subvencionada por la Junta con 900.000 euros, que se iba a abrir en Mercasevilla.
El fallo ahora confirmado impone una multa de 600.000 euros a cada uno de los dos penados, cuyos recursos rechaza porque no se vulner¨® su presunci¨®n de inocencia al haber pruebas suficientes en su contra y porque no se vulner¨® el secreto de sus comunicaciones ni su intimidad.
A este respecto, el Supremo apunta que "no se vulner¨® el secreto de las comunicaciones, toda vez que la conversaci¨®n fue grabada por dos de los cuatro interlocutores que intervinieron en ella", ni tampoco la intimidad, porque el citado encuentro tuvo lugar en un contexto profesional.
En cuanto a que se vulnerara el derecho constitucional a no declarar en contra de uno mismo, reconoce el alto tribunal que "todo indica" que se trat¨® de una conversaci¨®n "planificada" por quienes la grabaron.
Sin embargo, el Supremo a?ade despu¨¦s que no fueron agentes policiales quienes prepararon la prueba, sino dos particulares que provocaron que se repitiera lo que ya les hab¨ªan dicho en otro encuentro anterior.
Respecto a la prueba contra Rivas, el alto tribunal recuerda en su sentencia de hoy que ya el TSJ andaluz apuntaba sus dudas sobre la misma en la sentencia que finalmente confirm¨® la condena para el ex alto cargo andaluz. Luego a?ade que "lo correcto procesalmente" habr¨ªa sido excluir por completo la declaraci¨®n acusatoria ante la Polic¨ªa de Mellet.
Excluida esta prueba, debe anularse tambi¨¦n la validez de la declaraci¨®n contra Rivas del otro inculpado, Ponce, pues sus palabras se refirieron siempre a las anteriores de Mellet y, por tanto, vienen anuladas por la falta de validez de esa prueba original.
A esto se suma, dice el Supremo, el hecho de que "ninguno de los dos empresarios sobornados manifest¨® que los otros dos coacusados mencionaran en ning¨²n momento a Rivas".
La causa por la petici¨®n de comisiones fue la primera del caso Mercasevilla, que luego se ampli¨® a la venta de los terrenos, el presunto delito societario, la adjudicaci¨®n de la guarder¨ªa y los ERE de los a?os 2003 y 2007.
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