¡®Arquitecta¡¯ del derecho civil catal¨¢n
Encarnaci¨® Roca, magistrada del TC, ha sido pionera en el acceso de la mujer a puestos de poder y en el derecho de familia
Quienes la conocen se han quedado de piedra. Sus amigos y admiradores, que abundan en el mundo acad¨¦mico, consideran una "mezquindad" que una universidad se plantee retirar a alguien el honoris causa por motivos pol¨ªticos. Pero se indignan a¨²n m¨¢s cuando asumen que esa persona es la jurista Encarnaci¨® Roca, que "lo es y lo ha sido todo" en la configuraci¨®n de uno de los elementos que definen la identidad catalana: su derecho civil propio.
Maria Encarnaci¨® Roca i Trias (Barcelona, 26 de abril de 1944) "defendi¨® el derecho civil propio en ¨¦pocas en las que no era f¨¢cil hacerlo", explica una excolaboradora suya de la Universidad de Barcelona, donde la jurista ha dirigido diversos proyectos de investigaci¨®n hasta que, en 2012, fue nombrada magistrada del Tribunal Constitucional a propuesta del Parlamento catal¨¢n y con el visto bueno de Converg¨¨ncia i Uni¨®.
Igual que sus colegas, Roca ha votado a favor de suspender la consulta soberanista del 9-N (la original y la alternativa). Parte del claustro de la Universidad de Girona (UdG) ha forzado un debate este martes, para retirarle el t¨ªtulo de honoris causa como castigo por no haber discrepado. "Su trayectoria es intachable. No se le puede hacer eso por una cuesti¨®n pol¨ªtica. Nadie le puede decir a Encarnaci¨® que no es catalana o que es menos catalana que otra persona", lamenta un acad¨¦mico que la conoce desde hace a?os.
Catedr¨¢tica de la Universidad de Barcelona y doctora en Derecho por la Universidad Aut¨®noma de Barcelona, Roca se convirti¨®, en 1979, en la primera profesora de Derecho Civil en Espa?a. Especializada en derecho de familia, sus sentencias en esa materia, coinciden los expertos, han sentado la base para avanzar en la igualdad entre sexos en cuanto a derechos y obligaciones. Sent¨® jurisprudencia, entre otras cosas, al admitir el derecho de una mujer que nunca trabaj¨® fuera de casa a cobrar una pensi¨®n compensatoria por divorcio: seg¨²n Roca, hab¨ªa contribuido con sus tareas dom¨¦sticas a las cargas familiares mientras dur¨® el matrimonio.
Defendi¨® el derecho propio de Catalu?a en una ¨¦poca en la que no era f¨¢cil hacerlo
Su primer salto a la alta magistratura lleg¨® en 2005, cuando accedi¨® a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (tambi¨¦n fue la primera mujer en lograrlo). Su candidatura fue propuesta por Alfons L¨®pez Tena, a la saz¨®n vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) af¨ªn a CiU. M¨¢s tarde, L¨®pez Tena fue diputado en el Parlamento catal¨¢n por Solidaritat per la Independ¨¨ncia (SI), formaci¨®n que sigue dirigiendo. Roca fue elegida por el turno de juristas de "reconocido prestigio".
Amante de la m¨²sica cl¨¢sica y "una gran trabajadora", fue designada magistrada del Tribunal Constitucional en julio de 2012, a propuesta del Parlamento de Catalu?a. Asumi¨® el cargo "con responsabilidad, como siempre hace ella", se?alan fuentes de su entorno. El honoris causa por la Universidad de Girona le lleg¨® poco antes de ese nombramiento. Quien la propuso fue Miquel Mart¨ª, catedr¨¢tico de Derecho Civil de esa misma universidad. Mart¨ª form¨® parte de la "junta electoral" nombrada por el presidente de la Generalitat, Artur Mas, para velar por el buen funcionamiento de la consulta del 9-N.
"Es una persona de una gran generosidad intelectual y con un prestigio internacional innegable", a?aden fuentes judiciales sobre Roca. Sus logros, a?aden, son incontestables, tanto en Espa?a como fuera. Ha sido profesora visitante en diversas universidades (como el Wolfson College de Oxford) y ha participado como ponente en conferencias jur¨ªdicas internacionales. La Generalitat le ha reconocido con una de sus m¨¢s altas distinciones (la Cruz de Sant Jordi) y es, tambi¨¦n, la primera mujer que consigui¨® acceder a la muy masculina Real Academia de Jurisprudencia.
"Ha escrito obras fundamentales para el derecho civil catal¨¢n", se?ala una de sus colaboradoras. Algunas, en plena transici¨®n, como Naturaleza y contenido de la leg¨ªtima en el derecho civil catal¨¢n (1976),?El derecho civil catal¨¢n en la jurisprudencia (1977) o, especialmente, los Fundamentos del derecho civil de Catalu?a (1979-1982).
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