Salud quiere que los mandos del ICS puedan acumular m¨¢s de un cargo
La Generalitat aprovecha la Ley de Acompa?amiento para incluir cambios en el ICS
La Generalitat ha aprovechado la Ley de Acompa?amiento de los presupuestos de 2015 para incluir cambios legislativos en materia sanitaria. El Gobierno catal¨¢n planea modificar varios art¨ªculos de la Ley del Instituto Catal¨¢n de la Salud (ICS) para permitir que, en el marco de alianzas estrat¨¦gicas entre este ente y hospitales de la red p¨²blica, los altos mandos del ICS puedan tener m¨¢s de un cargo y compatibilizar su gesti¨®n en el organismo p¨²blico ¡ªque controla ocho grandes hospitales y el 80% de la atenci¨®n primaria¡ª con m¨¢s funciones de mando en otros centros ajenos al ICS. Alguno de estos hospitales es privado, pero su funci¨®n es p¨²blica.
Hasta ahora, tener un cargo directivo en el ICS era incompatible con cualquier actividad que no fuese de docencia o de investigaci¨®n. Sin embargo, el Ejecutivo catal¨¢n a?ade ahora otra excepci¨®n y abre la puerta a que los mandos del ICS puedan ejercer funciones directivas en otros centros, siempre y cuando haya de por medio ¡°alianzas estrat¨¦gicas o proyectos de gesti¨®n compartida¡± entre el ICS y otras empresas, como es el caso del proyecto CIMS en Girona (convenio de colaboraci¨®n entre el hospital Josep Trueta y el Instituto de Asistencia Sanitaria). Adem¨¢s, la Generalitat contempla que estos cargos puedan cobrar hasta el 30% m¨¢s del sueldo que perciben en el ICS e, incluso, con un acuerdo de Gobierno, ¡°poder superar este l¨ªmite retributivo¡±.
Los altos mandos de la empresa p¨²blica podr¨¢n tener cargos en centros ajenos al ICS
Pero la reforma legislativa de la Generalitat se ha topado con un dictamen desfavorable del Consejo de Trabajo Econ¨®mico y Social de Catalu?a (CTESC), ¨®rgano asesor del Gobierno en materia socioecon¨®mica y laboral. El CTESC critica que las retribuciones de estos cargos directivos ¡°no se establecen en funci¨®n de la dedicaci¨®n horaria, sino de las actividades encomendadas¡±.
En su retah¨ªla de cambios, la Generalitat prev¨¦ adem¨¢s que, tambi¨¦n con alianzas estrat¨¦gicas de por medio, todos los profesionales del ICS puedan prestar servicios en cualquiera de los centros adscritos al acuerdo de colaboraci¨®n. El CTESC rechaza esta reforma al considerar que la medida permite que empleados con ¡°condiciones laborales y retributibas diferentes¡± ¡ªlos del ICS son estatutarios mientras que los de los dem¨¢s centros se rigen por otros convenios laborales¡ª hagan el mismo trabajo.
El director del Catsalut tendr¨¢ potestad para decidir sin pasar por el consejo de direcci¨®n del ente
El Gobierno catal¨¢n tambi¨¦n contempla derogar el art¨ªculo que limita la actividad del personal con funciones de mando intermedias ¡ªcargos en unidades de gesti¨®n y gerencias territoriales¡ª. La Generalitat, que prohib¨ªa a los cargos intermedios del ICS cualquier actividad de responsabilidad en otros centros sanitarios, deja ahora v¨ªa libre a que, con alianzas estrat¨¦gicas o sin ellas, estos mandos intermedios puedan compaginar sus funciones en el ICS y en otros centros, p¨²blicos o privados. El CTESC critica que no queda claro si esta actividad se lleva a cabo en el marco de una alianza estrat¨¦gica o no, y tampoco hay ning¨²n ¡°texto alternativo que lo clarifique¡±.
Otra modificaci¨®n legislativa, fuera de la ley del ICS, es la que da potestad al director del Servicio Catal¨¢n de la Salud (Catsalut) para ¡°establecer acuerdos, convenios, conciertos y encargos de gesti¨®n para la prestaci¨®n de servicios¡± sin contar con el consejo de direcci¨®n, que pasar¨¢ de tener poder de decisi¨®n a simplemente ¡°ser informado peri¨®dicamente¡±.
Aunque su decisi¨®n no es vinculante, el CTESC ha propuesto por unanimidad eliminar todas las reformas sanitarias de la Generalitat. UGT y CC OO, presentes en el CTESC, critican que Salud aproveche esta ley para ¡°colar¡± reformas sin pasar por el consejo de direcci¨®n del Catsalut.
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