Una juez anula las preferentes que un empleado de banca vendi¨® a su madre
El fallo afirma que CatalunyaCaixa no inform¨® a su plantilla del riesgo de los productos
Una juez ha obligado a CatalunyaCaixa a devolver a una mujer de 90 a?os todo el dinero que puso en participaciones preferentes y deuda subordinada. La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 27 de Barcelona, da la raz¨®n a la afectada a pesar de que adquiri¨® esos productos financieros aconsejada por su hijo, trabajador de la entidad. Cientos de empleados de banca que compraron o colocaron a familiares estos productos quedaron al margen de los sistemas de arbitraje, puesto que las entidades consideraban que contaban con todos los detalles sobre esas emisiones. Sin embargo, la magistrada concluye que el hijo tambi¨¦n carec¨ªa de la informaci¨®n necesaria para la venta.
La mujer puso 94.550 euros de sus ahorros en participaciones preferentes y deuda subordinada entre los a?os 2003 y 2008. Lo hizo siguiendo el consejo de su hijo, que era comercial en la entidad. El abogado del Col¡¤lectiu Ronda, ?scar Serrano, que llev¨® el caso, explica que esos casos son habituales. ¡°Hemos visto en decenas de juicios c¨®mo los trabajadores acud¨ªan de testigos y explicaban que hab¨ªan vendido ese producto a familiares e incluso que ellos ten¨ªan. El problema es que tampoco estaban suficientemente informados sobre los riesgos. En muchos casos solo ten¨ªan una ficha que indicaba que era un producto con bajo riesgo¡±, asegura Serrano. El abogado afirma que las entidades dejaron fuera del mecanismo de arbitraje a estos trabajadores y que, adem¨¢s, muchos decidieron no ir a los tribunales para no perder el empleo.
La mujer mantuvo en el juzgado que no hab¨ªa sido advertida del ¡°alto riesgo¡± que acarreaba su inversi¨®n y que tampoco recibi¨® la informaci¨®n propia de la comercializaci¨®n de ¡°un producto complejo de inversi¨®n¡±. CatalunyaCaixa aleg¨® que no hab¨ªa incurrido ¡°en incumplimiento alguno¡± de sus obligaciones y que la mujer vendi¨® en 2013 de forma voluntaria sus participaciones al Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos. En efecto, la mujer pudo recuperar entre junio y julio de ese a?o unos 63.500 euros despu¨¦s de que se le aplicaran las quitas aprobadas por el Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria (FROB). La afectada, pues, perdi¨® 31.697,31 euros tras el canje, que es la cantidad que reclam¨®.
La juez expone que CatalunyaCaixa no solo deb¨ªa analizar el perfil de sus clientes antes de venderles preferentes o deuda subordinada, sino tambi¨¦n proporcionarles, ¡°de forma comprensible, informaci¨®n adecuada sobre el producto ofertado, sus caractert¨ªsticas y riesgos¡±. La magistrada considera que en este caso ¡°no se hizo¡± y se?ala que ¡°no constan ni siquiera las ¨®rdenes de compra¡± de algunos paquetes.
La juez tambi¨¦n ve ¡°ciertamente llamativo¡± que el ¡°¨²nico test¡± de inoneidad y conveniencia ¡ªal que estaban obligadas las entidades para ver que el producto era apto para un cliente¡ª se hubiera hecho ¡°al mismo tiempo que la firma de la orden de compra¡±. Eso evidencia, a?ade, que esa prueba era ¡°un puro tr¨¢mite¡±, ya que la mujer declar¨® que ni hab¨ªa trabajado en el sector financiero ni hab¨ªa adquirido en los dos ¨²ltimos a?os productos de riesgo.
La sentencia tambi¨¦n recoge que la clienta siempre compr¨® esos productos porque hab¨ªan sido recomendados por su hijo. Este, sin embargo, expuso que la informaci¨®n de la que dispon¨ªan los empleados ¡°era la que se transmit¨ªa a los clientes¡±, es decir, que era un producto de ahorro y sin riesgo. Eso implicaba que ¡°el propio profesional¡± careciera ¡°de los conocimientos suficientes para poder valorar los riesgos del producto y dar cumplida informaci¨®n¡± de estos a la afectada. La juez resuelve finalmente que se devuelvan a la mujer los 31.697,31 euros adem¨¢s de los intereses.
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