Asociaciones y Defensor critican la ¡°ineficacia¡± de la Junta en Consumo
Maetzu aboga por sanciones ¡°decididas¡± para acabar con las irregularidades
Parada, con una ayuda social de poco m¨¢s de 400 euros como ¨²nico ingreso y con una hija a su cargo. En estas condiciones acudi¨® una vecina de Gelves (Sevilla) a los servicios de Consumo de la Junta de Andaluc¨ªa, dependientes de la Consejer¨ªa de Administraci¨®n Local que dirig¨ªa Diego Valderas (IU), para una cuesti¨®n relacionada con el suministro de agua. ¡°Ponga una demanda¡±, fue la respuesta que obtuvo. Solo las tasas le costar¨ªan casi lo mismo que recibe en un mes. Las organizaciones de consumidores critican abiertamente estos servicios y el Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto una queja de oficio. La Consejer¨ªa no explic¨® el porqu¨¦ de esta situaci¨®n.
Seis a?os llevan ya algunas denuncias de la Uni¨®n de Consumidores de Andaluc¨ªa (UCA/UCE) dando vueltas sin que la Administraci¨®n intervenga, seg¨²n advierte Juan Moreno, presidente de esta entidad. Asegura que hay un ¡°importante deterioro de los servicios de la Junta¡± y lamenta que las ¡°reclamaciones quedan a voluntad de las empresas".
Facua comparte el an¨¢lisis y acusa a la Secretar¨ªa General de Consumo de ¡°seguir sin actuar con contundencia ante los fraudes y no aplicar sanciones proporcionales a los mismos de forma disuasoria¡±. Esta federaci¨®n critic¨® en una nota la falta de celeridad en tramitar las reclamaciones y afirma que la Junta ¡°oculta las medidas que lleva a cabo ante las denuncias que interpone ante fraudes, que muchas veces se producen de forma masiva¡±.
La UCE tiene identificados desde 2009 hasta siete ¡°productos milagro¡±, que ofrecen soluciones o efectos ficticios a partir de publicidad enga?osa. En la mayor¨ªa de los casos, la Junta de Andaluc¨ªa ha derivado la responsabilidad a otra comunidad o informado de que se ha reclamado documentaci¨®n. Pero se han seguido comercializando e incluso la organizaci¨®n denunciante se ha visto obligada a retirar sus advertencias sobre este fraude al carecer del respaldo administrativo.
La Facua tambi¨¦n ha advertido de que ¡°siguen creciendo las reclamaciones¡± contra las compa?¨ªas el¨¦ctricas por ¡°ofertas comerciales enga?osas en las que los supuestos descuentos acaban hinchando el importe de los recibos¡±. ¡°Un fraude masivo ante el que ni el Gobierno central ni el auton¨®mico est¨¢n tomando medidas¡±, afirma la organizaci¨®n.
El efecto de esta situaci¨®n, seg¨²n advierte Juan Moreno, es una ¡°tremenda frustraci¨®n¡± en los consumidores al sentir que las Administraciones no garantizan la defensa de sus derechos.
El Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto una queja de oficio en la que advierte que la Administraci¨®n tiene una potestad sancionadora que ¡°debe ir orientada a favorecer el efecto disuasorio ante determinadas pr¨¢cticas empresariales que redundan en perjuicio de las personas consumidoras¡±. Los usuarios, seg¨²n el Defensor, quedan ¡°a la voluntad de las empresas¡± y obligados a ¡°costosos y lentos mecanismos judiciales para hacer valer su pretensi¨®n, lo que les lleva al desistimiento en la mayor¨ªa de los casos¡±.
A?ade la oficina que dirige Jes¨²s Maetzu que muchos incumplimientos de la norma son claros y que una respuesta sancionadora ¡°decidida¡± ayudar¨ªa a erradicar estas irregularidades por el ¡°efecto ejemplarizante¡±. En este sentido, se advierte tambi¨¦n de que ¡°la ineficacia del proceso sancionador¡± se suma muchas veces a que ¡°la sanci¨®n impuesta puede resultar m¨¢s beneficiosa que la comisi¨®n de la propia infracci¨®n¡±.
Las quejas
El Defensor ha incorporado a su acci¨®n de oficio, que incluir¨¢ el an¨¢lisis de expedientes sancionadores desde 2012, las siguientes quejas recibidas sin que se den soluciones por parte de la Administraci¨®n:
Retrasos en la tramitaci¨®n de expedientes sancionadores y posible prescripci¨®n de las infracciones cometidas.
Falta de informaci¨®n de la Administraci¨®n de consumo sobre las actuaciones que se hayan desarrollado tras la denuncia.
Disconformidad de la parte afectada por la infracci¨®n con la decisi¨®n administrativa de no sancionar, particularmente en relaci¨®n con la falta de contestaci¨®n en plazo a la hoja de reclamaciones por parte de la empresa reclamada.
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