Bilbao recurre ante Europa la normativa del IVA a la importaci¨®n
Cree que "perjudica" a los importadores vascos y "discrimina injustificadamente" a los contribuyentes de Euskadi y Navarra
La C¨¢mara de Comercio de Bilbao ha presentado dos recursos ante el Tribunal Supremo y ante la Comisi¨®n Europea por la "discriminaci¨®n" que, a su juicio, sufren las empresas importadoras del Pa¨ªs Vasco con la modificaci¨®n del Reglamento del IVA. En Bizkaia las empresas afectadas superan las 300, seg¨²n ha informado en un comunicado.
En concreto, la instituci¨®n cameral ha recurrido ante el alto tribunal la normativa estatal del IVA a la importaci¨®n por entender que "perjudica" a los importadores vascos y, al mismo tiempo, ha interpuesto una denuncia ante la Comisi¨®n Europea por presuntas ayudas estatales ilegales porque dicha modificaci¨®n "discrimina injustificadamente" a los contribuyentes de los cuatro territorios forales, de la Comunidad Aut¨®noma Vasca y de Navarra.
El recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo fue presentado el pasado 19 de febrero y este martes ha planteado la denuncia ante la Comisi¨®n Europea por supuesta ayuda estatal en el diferimiento del pago de las cuotas del Impuesto sobre el Valor A?adido vinculado a la importaci¨®n.
Seg¨²n ha explicado, los importadores vascos no pueden acceder a la nueva normativa en vigor desde el 1 de enero de 2015 y posponer el ingreso del IVA a la importaci¨®n al momento de hacer la autoliquidaci¨®n, y as¨ª compensarlo simult¨¢neamente con el IVA repercutido.
Sus recursos se dirigen ante el Tribunal Supremo y la Comisi¨®n Europea
La C¨¢mara ha indicado que las empresas vascas presentan su autoliquidaci¨®n del IVA correspondiente a sus entregas de bienes y prestaciones de servicios ante su Administraci¨®n foral, que es la competente para ello conforme al Concierto Econ¨®mico, pero la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria no les permite incorporar en esa autoliquidaci¨®n las cuotas del IVA a la importaci¨®n, como s¨ª hace con el resto de contribuyentes.
Seg¨²n ha apuntado, el nuevo r¨¦gimen de gesti¨®n del IVA en las operaciones de importaci¨®n, establece que la obligaci¨®n de ingreso no se produce en el momento de despacho de aduana, sino en la siguiente autoliquidaci¨®n del Impuesto sobre el Valor A?adido correspondiente a las entregas de bienes y servicios de la empresas.
En ese momento, seg¨²n ha indicado, se compensa la cuota devengada por la importaci¨®n con la deducibilidad de la misma, lo que hace que las empresas que pueden acogerse al nuevo sistema no deban financiar las cuotas del IVA de las importaciones, pues no tienen obligaci¨®n de anticipar su pago.
La C¨¢mara ha manifestado que la normativa se aplica en exclusiva a los importadores que sean empresarios y/o profesionales, y siempre que tributen en la Administraci¨®n del Estado por las cuotas del IVA correspondientes a sus entregas de bienes y prestaci¨®n de servicios. Por lo tanto, "se deja fuera de esta posibilidad" a los contribuyentes que tributan a las Diputaciones Forales de la Comunidad Aut¨®noma Vasca o a la Comunidad Foral de Navarra.
A su juicio, ello supone, "sin duda, una desventaja competitiva y un agravio para las empresas que por no tributar a la Administraci¨®n estatal no pueden beneficiarse de dicho aplazamiento en el pago". La C¨¢mara cree que "no es de recibo" que se produzca esta limitaci¨®n en el acceso al nuevo m¨¦todo de liquidaci¨®n de la cuotas del IVA liquidadas en las aduanas, ya que supone "una discriminaci¨®n injustificada de los contribuyentes forales".
"Aunque estamos ante un competencia exclusiva del Estado sobre las que las Instituciones forales no tienen posibilidad de regulaci¨®n conforme a lo previsto en el Concierto Econ¨®mico, el Gobierno no puede ejercitar sus competencias estableciendo un trato discriminatorio entre unos contribuyentes y otros", ha concluido.
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