Diez meses de c¨¢rcel por una agresi¨®n racista a la pareja de una inmigrante
Primera sentencia en Espa?a donde la v¨ªctima, que defend¨ªa a su compa?era, es de nacionalidad espa?ola, seg¨²n la Fiscal¨ªa
Un juzgado de Barcelona ha condenado por primera vez en Espa?a una agresi¨®n racista en la que la v¨ªctima no es un inmigrante, sino un ciudadano espa?ol, que sali¨® en defensa de los insultos que recib¨ªa su pareja, de origen dominicano, y a quien el acusado, que cantaba el "Cara al sol", lo derrib¨® de un codazo y lo pate¨®.
En la sentencia, que se puede recurrir ante la Audiencia de Barcelona, el juzgado de lo penal n¨²mero 1 condena a diez meses de c¨¢rcel al hombre que cometi¨® esta agresi¨®n racista, acusado de un delito de lesiones y otro contra la integridad moral.
El fallo concluye que el m¨®vil de la agresi¨®n fue racista, de rechazo a la pareja de origen dominicano de la v¨ªctima, ya que "el odio hacia las personas distintas" fue lo que motiv¨® la violencia por parte del condenado.
Seg¨²n la Fiscal¨ªa de Barcelona, se trata de la primera condena en Espa?a por una discriminaci¨®n por asociaci¨®n, en la que las lesiones se producen a una persona por su relaci¨®n con un miembro de un colectivo discriminado, en esta ocasi¨®n una inmigrante.
La sentencia considera probado que la noche del 5 de septiembre de 2010 un hombre, que iba ebrio y cantando el "Cara al sol", entr¨® en un bar, donde se encontraba un hombre de nacionalidad espa?ola junto a su pareja, una mujer mulata de origen dominicano.
El acusado le propin¨® un bofet¨®n a la mujer y le profiri¨® insultos racistas, ante lo que su pareja se interpuso y le exigi¨® que se alejara.
El hombre hizo entonces adem¨¢n de marcharse, pero se gir¨® de forma s¨²bita y le propin¨® un codazo en la nariz, que le derrib¨® en el suelo, donde le pate¨® y le golpe¨® por todo el cuerpo "por el ¨²nico motivo de haber defendido a su compa?era, que era atacada por su origen dominicano y por ser mulata".
La Fiscal¨ªa ped¨ªa inicialmente dos a?os y nueve meses de c¨¢rcel para el acusado -un a?o y nueve meses por una falta de lesiones y un a?o por un delito contra la integridad moral-, pero finalmente el juez de lo penal ha rebajado la condena al aplicar la atenuante de embriaguez y de dilaciones indebidas.
La sentencia tambi¨¦n impone al acusado la prohibici¨®n de acercarse durante dos a?os a no menos de mil metros de la pareja, as¨ª como a indemnizarles a ambos con 7.650 euros.
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