Un ¡®Golpe¡¯ contra Catalu?a
Cambiar el Estatut con el 50% de los esca?os y no con los dos tercios del Parlament equivale a destruir la legalidad catalana
Un fantasma se cierne sobre Catalu?a: el de un Golpe contra el Estatut, el de un Golpe a la legalidad catalana, el de un Golpe, en suma, contra los ciudadanos catalanes. Eso s¨ª, parad¨®jicamente ideado, planificado y a ejecutar por catalanes. Se trata, pues, propiamente, de un auto-Golpe.
Algunos anuncian que si en las elecciones (falsamente) plebiscitarias del 27-S triunfa la lista independentista de Artur Mas y compa?¨ªa ¡ªya sea en modo solitario, ya en compa?¨ªa de la CUP, ya en n¨²mero de votos populares o de esca?os¡ª, por la mitad m¨¢s uno, se abre la v¨ªa directa a la independencia. Y se legitima cualquier declaraci¨®n unilateral de la misma.
Ese anuncio no constituye, como aparenta, la aplicaci¨®n al caso catal¨¢n de la regla democr¨¢tica del gobierno de la mayor¨ªa. No. Al contrario, supondr¨ªa la violaci¨®n frontal de la legalidad. Atenci¨®n, estas l¨ªneas no se refieren directamente a la legalidad espa?ola, sino espec¨ªficamente a la catalana.
?Legalidad catalana? Aunque englobada en aquella por el principio de jerarqu¨ªa normativa, Mas, que lo ignora, siempre se reclam¨®, en el episodio del 9-N, como servidor de la misma. Y tambi¨¦n como entusiasta de la legalidad ¡°que s'esdevingui¡±, seg¨²n figuraba en su programa electoral: literalmente, que ¡°ocurra¡± o ¡°se produzca¡± (sic), ese oportunismo antijur¨ªdico de leyes elegibles a conveniencia propia.
Y su consejero de Presidencia, Francesc Homs, que equipara la ley democr¨¢tica espa?ola a la dictatorial (¡°en ¨¦poca de Franco tambi¨¦n hab¨ªa legalidad¡±) para despreciar a la democracia, se muestra entusiasta de una ¡°legalidad catalana¡±, que seg¨²n ¨¦l no existe, sino que la ¡°habr¨¢¡±.
Establece el art¨ªculo 222 del Estatuto que su reforma ¡°requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros del Parlamento¡±.
Quiz¨¢ olvida que ¨¦l mismo contribuy¨® a redactarla. Pero desmemoriado o no, existe una Ley catalana, el Estatut o Constituci¨® interna de Catalunya, que es al tiempo ley org¨¢nica espa?ola, y que en su decisivo t¨ªtulo VII no fue modificada por el Tribunal Constitucional.
Y este t¨ªtulo s¨¦ptimo es clave porque contiene la norma por la que se pude modificar la norma m¨¢xima. Establece el art¨ªculo 222 del mismo que, entre otras condiciones, la reforma del Estatuto ¡°requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros del Parlamento¡±.
Es decir, no basta la mayor¨ªa simple de la mitad m¨¢s uno, sino que se exige una mayor¨ªa reforzada, cualificada. As¨ª ocurre aqu¨ª y en toda democracia cuando se adoptan decisiones de gran trascendencia pol¨ªtica, y singularmente, modificaciones constitucionales. As¨ª lo record¨® el Tribunal Superior de Canad¨¢ en su espl¨¦ndida resoluci¨®n sobre Quebec.
No se trata de una mera formalidad prescindible en momento de gran intensidad hist¨®rica, sino precisamente de una garant¨ªa de estabilidad, de seguridad jur¨ªdica y respetabilidad pol¨ªtica. En la propia Uni¨®n Europea muchos debates pol¨ªticos se referencian a la existencia o inexistencia de base jur¨ªdica para una decisi¨®n, y al requisito de unanimidad, o de mayor¨ªa cualificada, o simple. El Estatut es claro al respecto, y quien pretendiese violentar el art¨ªculo 222 estar¨ªa propinando un Golpe mortal a la legalidad catalana, hasta deslegitimarla por entero.
Un golpe de Estado o un mero auto-Golpe de Naci¨®n ¡ªcomo ser¨ªa este¡ª implica la subversi¨®n del ordenamiento y la ocupaci¨®n ileg¨ªtima de las instituciones, o su desnaturalizaci¨®n; con auxilio, a veces, de una violencia indiscriminada, preferentemente militar: no siempre, como ilustra el del general Primo de Rivera en 1923 (mero pronunciamiento) y otros consultables en T¨¦cnicas de golpe de Estado, de Curzio Malaparte (Planeta, Barcelona, 2009)
Si Mas (y Homs) desconocen aquella reglas democr¨¢ticas b¨¢sicas, los postcomunistas que decoran su lista deber¨ªan desenterrarles las reflexiones de Enrico Berlinguer a ra¨ªz del golpe de Estado de Pinochet en Chile, el 11 de septiembre de 1973. Entonces, el legendario secretario general del PCI concluy¨® en la imposibilidad de alcanzar el socialismo democr¨¢tico con el apoyo de solo un tercio de la poblaci¨®n y propugn¨® la necesidad de lo que llam¨® ¡°compromiso hist¨®rico¡±.
Preg¨²ntense tambi¨¦n: ?por qu¨¦ algunos nacionalistas ¡ªy por tanto, en teor¨ªa, defensores de la Naci¨®n en su conjunto¡ª no exigen motu proprio, para algo tan trascendental como una secesi¨®n, contar con una mayor¨ªa reforzada de ciudadanos, como exist¨ªa para realizar un refer¨¦ndum? ?C¨®mo es que se parapetan (y se alegrar¨ªan), en lograr el apoyo de Media Naci¨®n, y ni siquiera en votos populares, sino en esca?os? Esta pretensi¨®n es nacionalmente vergonzosa, democr¨¢ticamente oprobiosa y un esc¨¢ndalo para cualquier Estado de Derecho.
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