El TSJC equipara un proceso de fecundaci¨®n ¡®in vitro¡¯ a un embarazo
La sentencia obliga a readmitir a una trabajadora despedida cuando intentaba quedarse encinta
Mar¨ªa ¨Cnombre inventado-- tuvo una buena noticia en febrero de 2012: recibi¨® una felicitaci¨®n por su ascenso de la multinacional en la que trabajaba. La mala noticia le lleg¨® dos a?os despu¨¦s: el 20 de junio de 2014 recib¨ªa una carta de despido disciplinario por un deficiente ¡°rendimiento en el trabajo¡±. El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha decidido declarar nulo ese despido. Sostiene que el despido se produjo porque la empleada, en el escalaf¨®n directivo de la compa?¨ªa, se encontraba en un proceso de fecundaci¨®n in vitro. El tribunal considera que esa situaci¨®n de querer quedarse embarazada es equiparable a estar encinta.
¡°El proceso de fecundaci¨®n in vitro debe ser equiparable a un embarazo real¡±, sostiene el fallo, que considera el despido por ese motivo una discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo. LA compa?¨ªa comunic¨® su decisi¨®n a la trabajadora en un escueto comunicado de apenas tres l¨ªneas, en el que la argumentaci¨®n era ¡°imprecisa¡± y se olvidaban los m¨¦ritos cosechados anteriormente. De ah¨ª concluye el tribunal que la decisi¨®n del despido fue que la empleada llevaba un mes en un proceso de fecundaci¨®n in vitro.
Josep P¨¦rez, abogado del Col¡¤lectiu Ronda que se ha encargado del caso, considera que los procesos de fecundaci¨®n in vitro pueden suponer una discriminaci¨®n de g¨¦nero a causa de las ausencias en el centro de trabajo al que est¨¢n obligadas las mujeres. ¡°Si la empresa quiere actuar de forma discriminatoria contra el derecho a la maternidad, las mujeres en esta situaci¨®n son v¨ªctimas extremadamente vulnerables", ha explicado a Efe.
La sentencia del TSJC sigue a una anterior del Juzgado de lo Social n¨²mero 28 de Barcelona, que en abril de 2015. La multinacional puede recurrir ante el Tribunal Supremo, si bien la empleada ya fue readmitida en la compa?¨ªa tras la sentencia en primera instancia, asign¨¢ndole los salarios de tramitaci¨®n meritados desde su despido hasta su reincorporaci¨®n a la compa?¨ªa.
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