El Supremo tumba un convenio con sueldos m¨¢s bajos para menores de 35
El sector de los proveedores de servicios a comedores pagaba a los j¨®venes 11.000 euros al a?o para "paliar el paro juvenil"
El Tribunal Supremo (TS) ha anulado un art¨ªculo del Convenio Colectivo para el Sector de las Colectividades de Catalu?a firmado en 2013 que establec¨ªa un salario m¨¢s bajo para los menores de 35 a?os. La patronal que agrupa a los proveedores de servicios en comedores escolares y de empresas, Acerco, hab¨ªa acordado con UGT un sueldo anual de 11.000 euros para los m¨¢s j¨®venes que fue denunciado por CCOO, que lo consideraba discriminatorio. El tribunal ha fallado a favor de este ¨²ltimo sindicato al encontrar esta diferencia salarial injustificada.
El art¨ªculo 24 del convenio establec¨ªa que este tipo de contrataci¨®n se pod¨ªa realizar "mientras perdure la actual situaci¨®n de crisis econ¨®mica y siempre que la tasa de desempleo supere el 15%". Una condici¨®n que el Supremo ha considerado "vaga". Seg¨²n el art¨ªculo, el objetivo era "fomentar la creaci¨®n de empleo y contribuir a paliar la elevada tasa de paro juvenil". Las empresas pod¨ªan mantener estas condiciones inferiores hasta un m¨¢ximo de tres a?os. Despu¨¦s, deb¨ªan equipararlas a la categor¨ªa laboral del trabajador seg¨²n lo que dictara para ella el convenio.
El fallo, sin embargo, recoge que "lo que se consigue es evidentemente una contrataci¨®n m¨¢s barata, pero probablemente no tanto para favorecer a un sector laboral sino m¨¢s bien en detrimento de la contrataci¨®n en general". El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ya hab¨ªa anulado el art¨ªculo en una sentencia de mayo de 2014 que fue recurrida por Acerco. Los trabajadores afectados podr¨¢n ahora reclamar a sus empresas la diferencia salarial entre lo que percibieron bajo estos contratos y lo que fijaba el convenio para su categor¨ªa laboral, seg¨²n ha recordado CCOO.
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