El Defensor reclama una norma que garantice el derecho al agua
El organismo andaluz cree ¡°imprescindible¡± que nadie se vea privado del suministro
Pacto Social
La iniciativa del Defensor del Pueblo Andaluz ya cuenta con un antecedente: la moci¨®n de IU aprobada el 22 de octubre de 2015 en el Parlamento andaluz. Ese acuerdo instaba ¡°a las modificaciones legislativas pertinentes o desarrollos reglamentarios necesarios que aporten soluciones reales y efectivas a la pobreza h¨ªdrica¡±. La propuesta inclu¨ªa la prohibici¨®n de cortes de agua y garantizar entre 60 y 100 litros por persona y d¨ªa a todas las personas.
Tambi¨¦n supon¨ªa esta iniciativa la adhesi¨®n al Pacto Social por el Agua (#iniciativagua2015), en el que se definen y acuerdan los fundamentos y las reglas b¨¢sicas del modelo p¨²blico: transparencia, rendici¨®n de cuentas y participaci¨®n social.
Se trata de un documento por el que movimientos sociales, organizaciones no gubernamentales, organizaciones vecinales y sociales, partidos pol¨ªticos, sindicatos, fundaciones y otras entidades hacen p¨²blico su compromiso por la gesti¨®n p¨²blica, integrada y participativa.
El pacto supone el reconocimiento del derecho humano al agua y la necesidad de una regulaci¨®n que obligue a los ayuntamientos y que se elabore con criterios de eficiencia y solidaridad y sobre la base de los principios de igualdad, equidad y no discriminaci¨®n.
¡°Estimamos imprescindible avanzar en una regulaci¨®n que garantice que ninguna persona pueda verse privada del acceso al agua por razones de capacidad econ¨®mica¡±. Esta contundente conclusi¨®n forma parte del informe especial del Defensor del Pueblo Andaluz para el Parlamento sobre Servicios de suministro. Garant¨ªas y derechos. El trabajo evidencia las deficiencias de la normativa actual, propone la prohibici¨®n o limitaci¨®n de los c¨¢nones (f¨®rmula de privatizaci¨®n de la gesti¨®n) y reclama la creaci¨®n inmediata del Observatorio del Agua para unificar criterios.
¡°Observamos con enorme preocupaci¨®n la situaci¨®n que sufre una parte de la poblaci¨®n que se ve imposibilitada por su situaci¨®n econ¨®mica para sufragar el coste de este servicio, vi¨¦ndose por ello privada del acceso a un suministro b¨¢sico que resulta esencial para el mantenimiento en condiciones de dignidad de la vida diaria¡±. Este es el punto de partida del informe del Defensor remitido al Parlamento andaluz en el que se reconoce la deficiente protecci¨®n jur¨ªdica y la falta de garant¨ªas de la actual legislaci¨®n sobre ¡°derechos esenciales en relaci¨®n con un servicio que es de inter¨¦s general¡±.
El Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua, aprobado por Decreto en junio de 1991 para evitar que este ¡°servicio esencial no quedara al albur de la normativa local, tan confusa como diversa, o a resultas de los pronunciamientos de una jurisprudencia movediza y cambiante¡±, ha quedado obsoleto.
Por esta raz¨®n, la oficina andaluza considera ¡°justificada la imposici¨®n de normas y requisitos que aseguren la universalidad en el acceso, la calidad en la prestaci¨®n y la asequibilidad en el precio¡±.
El Defensor recuerda que el acceso al agua fue reconocido por el Comit¨¦ de Derechos Econ¨®micos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en noviembre de 2002, como derecho humano. Y no solo la disposici¨®n de este servicio b¨¢sico, sino que el suministro debe ser ¡°suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y dom¨¦stico¡±. La misma asamblea internacional calific¨® el agua como ¡°esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos¡±.
Sin embargo, a pesar del paso de los a?os, ninguna normativa espa?ola recoge este servicio como derecho humano, pese a que algunas regulaciones lo abordan y el Parlamento andaluz aprob¨® una iniciativa de IU en este sentido que no ha sido desarrollada.
Ante esta situaci¨®n, el Defensor recomienda una regulaci¨®n, mediante Decreto, del r¨¦gimen de abastecimiento, saneamiento y depuraci¨®n en el ciclo integral del agua de uso urbano para ¡°dar una respuesta conjunta y coordinada p¨²blico de agua¡±.
La norma, seg¨²n el defensor debe ¡°ofrecer un modelo para la regulaci¨®n jur¨ªdica del precio¡± y permitir la creaci¨®n, ¡°sin m¨¢s demora, del Observatorio Andaluz del Agua que normalice los sistemas de gesti¨®n m¨¢s all¨¢ del ¨¢mbito municipal, regule los criterios b¨¢sicos de tarificaci¨®n para conseguir una facturaci¨®n homog¨¦nea y basada en el n¨²mero de personas que habitan en la vivienda.
Las tarifas, seg¨²n el defensor, deben ¡°tener como objetivo y l¨ªmite¡± la autofinanciaci¨®n del servicio y debe impedir la inclusi¨®n de costes que no est¨¦n asociados al servicio de agua, prohibiendo taxativamente que los ingresos sirvan para sufragar gastos municipales ajenos¡±.
El organismo andaluz es tajante al pedir que la Ley de Aguas proh¨ªba el canon concesional o el cobro anticipado as¨ª como que se establezca la obligaci¨®n destinarlo a la financiaci¨®n del servicio de agua. Este canon es el dinero que adelantan las empresas privadas a los Ayuntamientos por hacerse con la gesti¨®n de este servicio. Hasta la fecha ha permitido a los municipios hacerse con dinero que le niegan otros sistemas de financiaci¨®n y destinarlos a cualquier uso al margen del agua. Por su parte, las empresas repercuten en las facturas el coste de este ¡°pr¨¦stamo¡±, incluidos intereses y margen de beneficios.
El defensor reclama que se establezca el derecho a ¡°recibir de forma gratuita un suministro m¨ªnimo vital cuando su situaci¨®n econ¨®mica as¨ª lo requiera, prohibici¨®n de los cortes a quienes est¨¦n en situaci¨®n de pobreza y ayudas a quienes no puedan pagar el consumo extra que no se garantice con el m¨ªnimo vital.
El informe incluye casi medio centenar de medidas que abarcan todo el marco regulatorio del agua y que van desde actuaciones contra el fraude hasta la inclusi¨®n de un r¨¦gimen de sanciones espec¨ªficos. El Parlamento y el Gobierno andaluz ser¨¢n los que ahora tendr¨¢n que responder.
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