El Supremo descarta que Aduanas violase la intimidad de un narco
El tribunal confirma la condena por blanqueo de Daniel Pereira y dos familiares y no anula el fallo por los errores que conten¨ªa
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena por blanqueo de capitales de cuatro a?os y seis meses contra el narcotraficante de Vilagarc¨ªa Daniel Pereira G¨®mez, as¨ª como la de sus c¨®mplices en el delito (su novia y su madre). Los condenados tendr¨¢n que abonar una multa de 2,1 millones de euros y sus bienes embargados ser¨¢n decomisados.
El tribunal desestim¨® los recursos de los tres condenados que plantearon la vulneraci¨®n del derecho a la intimidad y protecci¨®n de datos por parte del Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA), que llev¨® la investigaci¨®n, adem¨¢s de alegar errores en la redacci¨®n de la sentencia.
Seg¨²n sus abogados Javier G¨®mez de Lia?o y Mar¨ªa Dolores M¨¢rquez de Prado, el SVA accedi¨® indebidamente a cruzar datos reservados de la Agencia Tributaria, Seguridad Social, entidades bancarias y de tr¨¢fico sobre la familia de Pereira, sin contar con la preceptiva autorizaci¨®n judicial. ¡°Esta vulneraci¨®n determina la prohibici¨®n de valoraci¨®n de todas las pruebas obtenidas, pues todas proceden de la obtenci¨®n indebida de tales datos, de forma que, habiendo sido condenados con base en las referidas pruebas, se ha vulnerado tambi¨¦n la presunci¨®n de inocencia¡±, esgrimieron los letrados.
El recurso de la defensa se?ala que desde enero de 2012, en que el SVA recibi¨® la denuncia con la que se inician estas actuaciones por un posible delito de blanqueo, hasta el 7 de mayo de 2012 en que se ponen en conocimiento del Ministerio Fiscal, e incluso con posterioridad al 20 de marzo de 2013 en que se incoan diligencias previas, los agentes realizaron investigaciones cuyo resultado plasmaron en dos informes sin la necesaria autorizaci¨®n judicial: ¡°El SVA no tiene facultades para acceder a estas bases de datos¡±.
Sin embargo, el tribunal desmonta esta tesis y afirma que no se advierte ¡°ninguna extralimitaci¨®n competencial¡±. En los fundamentos jur¨ªdicos de la sentencia sostiene que Aduanas ¡°s¨ª estaba legitimada para requerir informaci¨®n de otros organismos o instituciones p¨²blicos, u organizaciones o empresas privadas¡±, ampar¨¢ndose en una investigaci¨®n delictiva como la de blanqueo con trascendencia tributaria.
Bas¨¢ndose en otros precedentes, la sentencia admite que ¡°el SVA no constituye Polic¨ªa Judicial en sentido estricto, pero s¨ª en el sentido gen¨¦rico¡±, conforme a la Ley sobre Represi¨®n del Contrabando donde s¨ª se contemplan estas funciones ¡°que debe ejercer en coordinaci¨®n con otros cuerpos policiales y bajo la dependencia de los jueces y fiscales".
¡°El acceso de los agentes del SVA a las bases de datos de la AEAT no es l¨ªcito con cualquier finalidad, sino para la investigaci¨®n relacionada con sus competencias¡±, recoge el fallo. Y a?ade que ¡°aunque no pueden extender sus actuaciones a ¨¢mbitos absolutamente ajenos a las investigaciones de ¨ªndole fiscal es claro que incluye el blanqueo de capitales, que implica la ocultaci¨®n a Hacienda de grandes cantidades de dinero¡±.
Tambi¨¦n el tribunal considera que los dos errores que de manera consecutiva se advirtieron en la redacci¨®n de sendas sentencias de la Audiencia de Pontevedra (la segunda de rectificaci¨®n) no es motivo para anularla. La Sala primero omiti¨® los a?os de condena y despu¨¦s err¨® en los c¨¢lculos de las penas tipificadas por el delito de blanqueo.
Daniel Pereira, con cuatro sentencias condenatorias por narcotr¨¢fico por las que fue condenado a 11 a?os, utiliz¨® como c¨®mplices a su madre, Mar¨ªa Jes¨²s G¨®mez, y a su compa?era sentimental, Sonia G¨®mez, a las que puso bienes y propiedades a su nombre. Ambas fueron condenadas a m¨¢s de tres a?os de prisi¨®n y al pago de 900.000 euros de multas.
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