La Audiencia condena a ocho meses de prisi¨®n al n¨²mero dos de Fabra
El tribunal le ha impuesto una multa de 12.600 euros por el caso de la depuradora de Borriol
La Audiencia de Castell¨®n condena a Francisco Mart¨ªnez, mano derecha de Carlos Fabra y exvicepresidente de la Diputaci¨®n de Castell¨®n y exalcalde de Vall d¡¯Alba, a ocho meses de prisi¨®n, una multa de 12.600 euros y la inhabilitaci¨®n para ejercer cargo p¨²blico durante dos a?os por un delito de negociaciones prohibidas a funcionario. As¨ª mismo, el tribunal absuelve de los cargos a los dos hijos de Mart¨ªnez, al anterior Alcalde de Borriol, Adelino Santamar¨ªa, al empresario Ra¨²l Babiloni y a un empleado de ¨¦ste.
De esta manera, la sentencia rebaja las peticiones hechas por el fiscal, que ped¨ªa cuatro a?os de prisi¨®n para Mart¨ªnez por delitos de prevaricaci¨®n, tr¨¢fico de influencias, fraude ilegal y negociaciones prohibidas. As¨ª mismo, la absoluci¨®n deja en entredicho la petici¨®n del fiscal de tres a?os de prisi¨®n para Adelino Santamar¨ªa y Ra¨²l Babiloni y dos a?os para Andrea y Francisco Mart¨ªnez y para Luis Garc¨ªa.
La sentencia, conocida hoy, establece, en relaci¨®n al delito de negociaciones prohibidas a funcionario, que Mart¨ªnez ¡°conoc¨ªa como m¨ªnimo desde diciembre de 2011 la existencia de dicha finca aportada a una sociedad en la que ten¨ªa participaci¨®n¡± y argumenta que el exvicepresidente debi¨® ¡°comunicar al presidente de la Diputaci¨®n sus intereses en la Estaci¨®n Depuradora de Aguas Residuales de Borriol (EDAR)¡± y ¡°abstenerse en las votaciones o en cualquier resoluci¨®n o decisi¨®n que afectara a la misma¡±.
La Fiscal¨ªa consideraba que los ahora absueltos y el condenado Francisco Mart¨ªnez ¡°urdieron una trama¡± para beneficiarse de la expropiaci¨®n de unos terrenos en los que se iba a construir la depuradora de Borriol, as¨ª como de ocultar la propiedad para que ello no interfiriera en la tramitaci¨®n administrativa de la infraestructura, cuyo proceso era tutelado por Mart¨ªnez como vicepresidente delegado en esta materia en la Diputaci¨®n de Castell¨®n.
En consecuencia, el tribunal considera culpable a Mart¨ªnez porque su ¡°no abstenci¨®n facilitaba, que no forzaba, la aprobaci¨®n del expediente administrativo¡±. M¨¢s all¨¢, la sentencia argumenta que ¡°de haberse sabido por el resto de diputados su vinculaci¨®n con parte de los terrenos en los que se iba a realizar la Edar de Borriol el resultado habr¨ªa sido distinto, posiblemente¡±.
En la argumentaci¨®n para absolver al resto de encausados, en cuanto a Adelino Santamar¨ªa, el tribunal no considera que ¡°las decisiones adoptadas por el alcalde de Borriol (¡) puedan tener un contenido prevaricador¡± y se escuda en que la infraestructura era ¡°necesaria para la localidad¡± y que el Ayuntamiento tan s¨®lo deb¨ªa aportar los terrenos en los que se iba a asentar la depuradora. A¨²n as¨ª, en su alocuci¨®n, el tribunal apunta a que puede entenderse alguna irregularidad en la tramitaci¨®n administrativa por parte del alcalde, pero concluye que ¡°no toda irregularidad o infracci¨®n administrativa puede dar lugar a una infracci¨®n en el ¨¢mbito penal¡±.
De la misma manera, el tribunal absuelve a los acusados de los delitos de tr¨¢fico de influencias porque ¡°no se ha acreditado esa influencia sobre alguno de los funcionarios para la inclusi¨®n de esa finca en la Edar de Borriol¡±. En cuanto al delito de fraude ilegal, la sentencia concluye que tampoco ha quedado acreditado el quebranto de las arcas p¨²blicas ni el concierto de los acusados y da validez a la valoraci¨®n que hizo el Ayuntamiento de Borriol del precio de expropiaci¨®n porque considera que no es ni ¡°desorbitada ni absurda¡±. Aunque bien es cierto que el magistrado se lamenta de no contar con una pericial imparcial que fijara un justiprecio razonable.
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