Condenados a pagar 2.800 euros dos menores por insultar en WhatsApp
El tribunal de Alicante exculpa a los chicos del delito de trato degradante a una compa?era
Un tribunal de Alicante ha absuelto a dos menores que humillaron a una compa?era de clase en un grupo de WhatsApp de un delito de trato degradante. La sentencia, hecha p¨²blica este lunes, establece que esa figura penal requiere una continuidad en el tiempo de las vejaciones que no se dio en este caso. No obstante, mantiene que la v¨ªctima deber¨¢ ser indemnizada con 2.828 euros por el estr¨¦s postraum¨¢tico que le provoc¨® esta situaci¨®n.
Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 18 de mayo de 2014, cuando los acusados vertieron en un grupo de esta red social en el que participaban junto a otros muchos compa?eros de curso referencias e insinuaciones dirigidas a Marcelina (nombre ficticio de la menor afectada incluido en el fallo) de claro contenido sexual. Escribieron por ejemplo ¡°Marcelina, pasa foto culo" o le preguntaron si le gustaban ¡°los 69¡±, el ¡°sado¡± o si la chupaba¡±.
La chica se dio de baja del grupo, pero ese mismo d¨ªa, por la noche, fue agregada de nuevo al mismo por el que ejerc¨ªa de administrador. Nuevamente se incorporaron en el foro palabras o dibujos que menospreciaban a la chica e incluso un mensaje de voz grabado por uno de los acusados en el que le llamaba ¡°putilla¡±.
Marcelina comunic¨® al d¨ªa siguiente lo que le ocurr¨ªa a sus profesores y eso gener¨® un incidente verbal en el que estuvieron presentes varios alumnos. Una compa?era de clase con la que la v¨ªctima manten¨ªa un enfrentamiento por hechos distintos ocurridos con anterioridad la insult¨® y amenaz¨®.
La perjudicada fue diagnosticada de trastorno por estr¨¦s postraum¨¢tico, un cuadro cl¨ªnico que a¨²n persist¨ªa al inicio del curso siguiente.
El juzgado de Menores 3 de Alicante conden¨® en marzo de este a?o a los dos acusados por un delito de trato degradante. A ambos les impuso la obligaci¨®n de asistir a una tarea socioeducativa, as¨ª como a realizar entre 20 y 40 d¨ªas de trabajos en beneficio de la comunidad. Igualmente, el juzgado decret¨® que indemnizaran conjuntamente a la compa?era a la que humillaron con 2.828 euros, una cantidad de la deb¨ªan responder sus padres.
No obstante, la secci¨®n tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha revocado ahora esta sentencia tras estimar los recursos de apelaci¨®n presentados por los abogados defensores. Los magistrados argumentan en el fallo, facilitado esta ma?ana por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, que la conducta vejatoria ¡°no fue continuada en el tiempo¡±. ¡°La acci¨®n que se le imputa a los dos menores en la fecha de los hechos suceden en un espacio de tiempo de pocas horas¡±, precisan.
Para la Audiencia, ¡°tampoco la frases en s¨ª mismas consideradas, y sin negar el car¨¢cter despreciativo y humillante respecto de la persona de la menor, pueden encuadrarse en esos actos que la jurisprudencia, individualmente considerados, pueden ocasionar el resultado t¨ªpico de un delito detrato degradante¡±.
La sentencia de apelaci¨®n recuerda igualmente que los acusados no pueden ser condenados por una falta de vejaciones porque esta conducta qued¨® despenalizada tras una reforma legal en 2015. En cualquier caso, mantiene la indemnizaci¨®n que los padres deber¨¢n pagar a la v¨ªctima como consecuencia de la actuaci¨®n de sus hijos.
Tanto un forense como un psic¨®logo establecieron una ¡°relaci¨®n de causa-efecto¡± entre las vejaciones sufridas por la chica con un trastorno de estr¨¦s postraum¨¢tico. Marcelina no dej¨® de asistir a clases ni tuvo un resultado acad¨¦mico distinto del que hab¨ªa llevado a ese momento, pero s¨ª un trastorno con una curaci¨®n estimada de tres meses.
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