Los jueces valencianos aplican ya la sentencia sobre las cl¨¢usulas suelo
Un fallo obliga a Liberbank a devolver lo cobrado de m¨¢s por una hipoteca desde 2009
Los jueces de la Comunidad Valenciana han comenzado a aplicar la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) sobre las cl¨¢usulas suelo. El juzgado de lo Mercantil n¨²mero 1 de Alicante ha dictado una de las primeras resoluciones que obliga a un banco a devolver la totalidad de lo cobrado de m¨¢s a un cliente a partir de esta condici¨®n abusiva. No solo desde mayo de 2013, como establec¨ªa hasta ahora la jurisprudencia del Tribunal Supremo, sino desde la firma del contrato. "En atenci¨®n a la sentencia del Tribunal de la Uni¨®n Europea procede acordar la restituci¨®n de las cantidades percibidas por la entidad bancaria desde el inicio del contrato", recoge el fallo, que est¨¢ fechado el pasado 10 de enero y al que ha tenido acceso EL PA?S.
¡°Nosotros siempre cre¨ªmos en la devoluci¨®n total de cantidades, de forma que recomendamos siempre a nuestros clientes presentar recurso. La gran mayor¨ªa nos hizo caso y recurri¨® pidiendo la devoluci¨®n total y la condena en costas al banco¡±, explican los abogados Alberto Ca?izares y Beatriz Vild¨®sola, del bufete Ca?izares Abogados, que ha ganado este litigio, por el que su representada percibir¨¢ ahora una cantidad pr¨®xima a los 8.500 euros.
La clienta firm¨® un contrato hipotecario con Liberbank SA en mayo de 2009 con un inter¨¦s variable pero que jam¨¢s podr¨ªa ser inferior al 2,5% anual, independientemente de la evoluci¨®n del Eur¨ªbor (¨ªndice tomado como referencia para el c¨¢lculo de las cuotas). El banco se opuso a la demanda en 2015 con el argumento de que la demandante hab¨ªa sido "debidamente informada" y era "perfectamente consciente" de que esa cl¨¢usula suelo constitu¨ªa un "elemento definitorio del objeto principal del contrato". La entidad manten¨ªa que esa condici¨®n hab¨ªa sido "objeto de negociaci¨®n" previa y la mujer hab¨ªa tenido la posibilidad de examinarla con anterioridad a la firma de la hipoteca sin que se hubiera opuesto a la misma.
Por el contrario, el juez ha dictaminado que la transparencia de dicha cl¨¢usula "cuando menos es dudosa", pues Liberbank no ha aportado ninguna prueba que demuestre que realiz¨® "simulaciones, oferta vinculante ni informaciones previas sobre los escenarios posibles que pudieran acontecer".
Seg¨²n el fallo, esta cl¨¢usula es una "condici¨®n impuesta por la entidad" y si no la hubiera aceptado, "la actora no podr¨ªa haber accedido al pr¨¦stamo interesado", lo que genera "un desequilibrio entre las partes". En otras palabras, prosigue el juzgado alicantino, el banco "se asegura una remuneraci¨®n", ya que si el tipo de inter¨¦s de referencia (Eur¨ªbor) baja, el cliente no obtiene ning¨²n beneficio: siempre tendr¨¢ que pagar un 2,5% de inter¨¦s anual como m¨ªnimo.
De esta manera, Liberbank actu¨® "en contra de las exigencias la buena fe, quebrantando la relaci¨®n de confianza del cliente porque bajo la aparente y formal reciprocidad se encubre una situaci¨®n ventajosa ¨²nicamente para la entidad". M¨¢s a¨²n si cabe si se tiene en cuenta que la entidad "conoce mejor, al disponer de mayor informaci¨®n financiera, cu¨¢l va a ser la evoluci¨®n futura del Eur¨ªbor". El contrato de pr¨¦stamo era en teor¨ªa a inter¨¦s variable, "pero esa cl¨¢usula lo convert¨ªa en un cr¨¦dito a inter¨¦s juicio variable exclusivamente al alza", concluye el magistrado.
La secci¨®n octava de la Audiencia de Alicante, que tiene competencias exclusivas en toda la provincia sobre las apelaciones relacionadas con las cl¨¢usulas suelos, elev¨® en su d¨ªa una cuesti¨®n extrajudicial al TJUE al considerar que la limitaci¨®n temporal a la devoluci¨®n del dinero vulneraba la normativa europea. Y la sentencia emitida del pasado mes de diciembre le ha dado ahora la raz¨®n. Para el Tribunal de Justicia de la UE, la resoluci¨®n dictada en su d¨ªa por el Supremo, que limitaba la retroactividad de los pagos a mayo de 2013, "resulta incompleta e insuficiente y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de dicha cl¨¢usula cese", es decir, no protege lo suficiente al consumidor.
Algunos jueces, como el de Mercantil 1 de Alicante, han optado por aplicar directamente la sentencia europea, sin esperar a conocer el decreto del Consejo de Ministros que obliga a las entidades financieras a someterse a un mecanismo extrajudicial para atender las reclamaciones sobre las cl¨¢usulas suelo. Las organizaciones de consumidores han criticado este decreto porque creen que no garantiza a los hipotecados el cobro de todo lo que pagaron en virtud de una condici¨®n abusiva y deja en manos de los propios bancos la decisi¨®n final.
Los magistrados de la secci¨®n octava de la Audiencia de Alicante tambi¨¦n estaban pendientes del contenido del decreto de Gobierno por si este pod¨ªa aligerar el n¨²mero de pleitos. Sin embargo, seg¨²n el bufete Ca?izares, esta sala judicial ya ha comenzado a levantar la suspensi¨®n que hab¨ªa decretado sobre numerosos recursos de apelaci¨®n hasta que se pronunciara la justicia europea. Es de esperar por tanto, que en breve se produzca una cascada de sentencias favorables a los consumidores.
Los letrados de este despacho critican que el Gobierno haya aprobado ese mecanismo extrajudicial con tanto retraso y advierten de que muchos bancos no van a atender las reclamaciones porque "siguen considerando que sus cl¨¢usulas suelo son v¨¢lidas y que s¨ª informaron suficientemente a su cliente¡±. Y se preguntan por ello ¡°?qui¨¦n vigilar¨¢ que el banco tenga un comportamiento transparente y no incida en los mismos vicios en los que incurri¨® con la introducci¨®n de la cl¨¢usula suelo?¡±.
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