La juez rechaza la querella de Cifuentes contra Granados por injurias y calumnias
La expresidenta madrile?a denunci¨® al exconsejero por vincularla con la caja b del PP y airear su supuesta relaci¨®n sentimental con Ignacio Gonz¨¢lez
La juez Mar¨ªa Isabel Dur¨¢ntez ha rechazado la querella por injurias, calumnias y trato degradante que interpuso la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes contra el exconsejero y cabecilla del caso P¨²nica, Francisco Granados, por vincularla con la caja b del PP madrile?o y decir que ten¨ªa ¡°poder decisorio¡± sobre ella por una supuesta relaci¨®n sentimental con Ignacio Gonz¨¢lez, su antecesor en la presidencia auton¨®mica. Granados realiz¨® estas manifestaciones en la Audiencia Nacional ante el juez instructor del caso P¨²nica, Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n y luego lo reiter¨® ante los medios a las puertas de la sede judicial.
En una resoluci¨®n conocida este viernes, la magistrada considera que los comentarios de Granados ¡°no pueden valorarse como una acci¨®n de descalificaci¨®n, humillaci¨®n, envilecimiento de la entidad o gravedad exigida por la doctrina y la jurisprudencia¡± para atender el delito de trato degradante, que reclamaba Cifuentes.
Respecto a las injurias, la juez entiende que Granados ¡°se limit¨® a relatar y repetir¡± en la calle ante los medios ¡°lo que hab¨ªa declarado ante el titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n? 6 de la Audiencia Nacional¡±. Y recuerda que el Supremo establece que ¡°no se puede considerar calumnia cuando el acusado da a conocer unos hechos a una instituci¨®n oficial competente para su investigaci¨®n¡±.
La magistrada considera que las declaraciones de Granados est¨¢n especialmente amparadas por la libertad de expresi¨®n frente a derecho al honor de Cifuentes, presidenta de la Comunidad de Madrid el 12 de febrero pasado, cuando el cabecilla de la P¨²nica realiz¨® sus declaraciones. ¡°Cuando se trata de personas p¨²blicas, que ejercen funciones p¨²blicas o resultan implicadas en asuntos de relevancia p¨²blica -obligadas por ello a soportar un cierto riesgo de que sus derechos subjetivos de la personalidad resulten afectados por opiniones o informaciones de inter¨¦s general-, ha de estimarse que priman las libertades de expresi¨®n e informaci¨®n, pues as¨ª lo requiere el pluralismo pol¨ªtico, para no correr el riesgo de hacer del Derecho penal un factor de disuasi¨®n del ejercicio de la libertad de expresi¨®n¡±, afirma la juez.
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