Audasa, condenada a pagar 334.500 euros a un conductor accidentado por hielo en la AP-9
La sentencia de un juzgado de Betanzos recuerda a la concesionaria que est¨¢ obligada a garantizar una circulaci¨®n sin riesgos
El juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 3 de Betanzos (A Coru?a) ha condenado a Autopistas del Atl¨¢ntico a indemnizar con 334.500 euros a un conductor por los gastos sanitarios derivados de las graves lesiones que sufri¨® a consecuencia de un accidente ocurrido en 2010, debido a la placa de hielo que hab¨ªa en la calzada. La sentencia considera acreditado que la causa del siniestro, en el que estuvieron implicados hasta 15 veh¨ªculos, fue la existencia de hielo en la calzada y que Autopistas del Atl¨¢ntico no adopt¨® ¡°todas las medidas posibles y existentes para evitar el accidente¡±. Incide el fallo en que las se?alizaciones, ¡°¨²nica medida que esgrime haber adoptado¡±, la concesionaria, fueron ¡°insuficientes atendiendo al temporal que estaba anunciado d¨ªas antes¡±.
El accidente tuvo lugar a las 7,50 horas del 3 de diciembre de 2010, en el ramal de salida de Gu¨ªsamo en sentido Cecebre. Los instructores de Tr¨¢fico rese?aron que al llegar al lugar del accidente ¡°en la calzada hab¨ªa una capa de hielo entre uno y dos cent¨ªmetros por lo que era dif¨ªcil transitar por ella". Pese a que la compa?¨ªa concesionaria aleg¨® exceso de velocidad para eludir las responsabilidades del siniestro, el juez subraya que ¡°no existe prueba directa o indiciaria de que el conductor asegurado laboralmente circulara a una velocidad inadecuada para las circunstancias de la v¨ªa¡±.
Como consecuencia del accidente, el usuario sufri¨® lesiones medulares con tetraplejia por lo que precis¨® un largo tratamiento que finalmente no evit¨® que tuviese que ser intervenido quir¨²rgicamente para lograr alguna funcionalidad en ambas manos y mejora su calidad de vida. El hombre, que circulaba en el quinto lugar de la bater¨ªa de 15 veh¨ªculos siniestrados, colision¨® en primer lugar contra la barrera met¨¢lica de seguridad y despu¨¦s choc¨® con el coche que iba delante, que en esos instantes estaba detenido. Seg¨²n el atestado, a continuaci¨®n se produjeron varias colisiones en cadena de los coches que estaban detr¨¢s que impactaron contra los primeros.
As¨ª, la sentencia estima ¨ªntegramente la indemnizaci¨®n solicitada por la Mutua Gallega, adem¨¢s de los intereses legales computados desde la reclamaci¨®n extrajudicial del a?o 2015, y recuerda la relaci¨®n jur¨ªdica que existe entre el usuario de la autopista y la compa?¨ªa concesionaria como un contrato at¨ªpico a trav¨¦s del cual, y mediante el pago del peaje, la empresa est¨¢ obligada a garantizar al conductor una circulaci¨®n fluida, r¨¢pida y sin riesgos.
La sentencia, contra la que cabe presentar recurso de apelaci¨®n, recuerda que ya hay otras dos resoluciones judiciales de implicados en el accidente que fueron apeladas ante la Audiencia de A Coru?a y en las que se le atribuye la culpa exclusiva del accidente a Autopistas del Atl¨¢ntico bajo la premisa ¡°de falta de previsi¨®n y mantenimiento de la v¨ªa el d¨ªa del siniestro¡±.
Adem¨¢s subraya que en uno de los fallos sobre el accidente consta que la velocidad inadecuada de los veh¨ªculos ¡°no ha sido constatada¡± y que tanto los agentes que se desplazaron al lugar de los hechos como los testigos fueron ¡°claros al respecto¡±, aduciendo ¡°la existencia de una placa de hielo que hac¨ªa casi imposible no ya circular con el veh¨ªculo, sino incluso mantenerse en pie¡±.
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