La Audiencia ordena imputar un jefe de la Polic¨ªa por el despliegue en la CUP el 20-S
El tribunal reabre el caso, que hab¨ªa sido archivado, al entender que la operaci¨®n podr¨ªa encajar en un delito de coacciones
La Audiencia de Barcelona ha reabierto la causa sobre el despliegue de la Polic¨ªa Nacional ante la sede de la CUP el 20 de septiembre de 2017 y ha ordenado citar como investigado al jefe del operativo que impidi¨® entrar y salir a los militantes del local. En un auto, a que ha tenido acceso Efe, la secci¨®n d¨¦cima de la Audiencia estima parcialmente el recurso de la CUP contra la decisi¨®n del juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 9 de Barcelona de archivar la denuncia que el partido present¨® por el despliegue de m¨¢s de un centenar de agentes de la Polic¨ªa Nacional ante su sede en Barcelona, al entender que la operaci¨®n podr¨ªa encajar en un delito de coacciones.
En su actuaci¨®n, que coincidi¨® con la operaci¨®n de detenciones y registros en la sede del Departamento de Econom¨ªa del 20-S contra los preparativos del refer¨¦ndum, los agentes permanecieron cerca de seis horas a las puertas de la sede de la formaci¨®n mientras centenares de manifestantes se concentraban para impedir la entrada de los agentes en el local del partido. La Polic¨ªa Nacional acab¨® retir¨¢ndose de las puertas de la sede de la CUP sin entrar el local, tras limitarse a requisar material de propaganda relativa al 1-O a varios militantes que lo estaban cargando en un veh¨ªculo.
La Audiencia de Barcelona obliga ahora a la juez a reabrir la causa para practicar varias diligencias que fueron propuestas por la acusaci¨®n particular ejercida por la CUP, al considerarlas "absolutamente necesarias". Entre esas diligencias, el tribunal ordena tomar declaraci¨®n como testigos a dos agentes que se incautaron unas cajas con propaganda del 1-O a las puertas de la sede del partido, despu¨¦s de que se les denegara la entrada al mismo por falta de autorizaci¨®n judicial. Tambi¨¦n cree necesario la Audiencia que se identifique al responsables de la Brigada Provincial de Extranjer¨ªa y jefe del operativo desplegado ante la CUP que orden¨® a antidisturbios de la Polic¨ªa Nacional acordonar la sede del partido y las calles colindantes, as¨ª como impedir entrar y salir a los militantes al local, para tomarle declaraci¨®n como investigado.
La juez instructora acord¨® archivar el caso, al concluir que la actuaci¨®n policial se llev¨® a cabo, siguiendo instrucciones de la Fiscal¨ªa, en el marco del seguimiento que la Brigada Provincial de Informaci¨®n de la Polic¨ªa Nacional en Barcelona realizaba en b¨²squeda de actividades colectivos o individuales relacionadas con la organizaci¨®n del refer¨¦ndum del 1-O.
No obstante, para el tribunal, de forma "indiciaria y provisional", el cerco policial a la sede de la CUP podr¨ªa constituir un delito de coacciones, dado que presuntamente el jefe del operativo orden¨® el despliegue de los agentes "a fin de que les permitieran la entrada y registro en su sede". Ello supone, seg¨²n la Audiencia, un posible uso de la "intimidaci¨®n", puesto que los agentes impidieron la salida y entrada de militantes entre las 14 y las 20 horas, "concurriendo igualmente la intenci¨®n dolosa consistente en el deseo de restringir la libertad ajena".
Por el contrario, la sala no aprecia los delitos contra la inviolabilidad domiciliaria o la libertad de asociaci¨®n, al tener en cuenta que los polic¨ªas nacionales acabaron retir¨¢ndose sin entrar e la sede de la CUP y que en ning¨²n momento "se disolvi¨® o suspendi¨®" las actividades del partido "ni se le impidi¨® la celebraci¨®n de sus sesiones".
La sala deja en manos de la juez instructora la decisi¨®n de si es necesario interrogar, en calidad de testigos, al exl¨ªder de la CUP David Fern¨¢ndez, a una militante de la formaci¨®n, as¨ª como a un abogado y a un periodista que presenciaron la actuaci¨®n de la Polic¨ªa. El tribunal obliga adem¨¢s a la juez a resolver sobre la petici¨®n que plante¨® la CUP para que se declare la complejidad de la causa, dado que faltan dos meses para que expire el plazo de seis que la ley fija como l¨ªmite inicial para una instrucci¨®n penal.
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