La Audiencia estima el recurso del PP y reabre el caso de las ayudas al valenciano que recibi¨® el hermano de Puig
La querella de Eva Ortiz contra el director general de Pol¨ªtica Ling¨¹¨ªstica, Rub¨¦n Trenzano, fue archivada por un juzgado
La Audiencia de Valencia ha ordenado continuar la investigaci¨®n abierta a ra¨ªz de la querella que interpuso el PP contra el director general de Pol¨ªtica Ling¨¹¨ªstica, Rub¨¦n Trenzano, por falsedad documental por supuestamente "mentir" cuando asegur¨® que se hab¨ªan fiscalizado las ayudas al fomento del valenciano concedidas a dos empresas "vinculadas a la familia del presidente de la Generalitat, Ximo Puig".
Los populares presentaron una querella, firmada por la secretaria general del PPCV, Eva Ortiz, contra Trenzano al considerar que este hab¨ªa "mentido" al decir que se hab¨ªan fiscalizado subvenciones otorgadas a Mas Mut Produccions y Comunicaci¨® dels Ports que, seg¨²n el PP, "han recibido m¨¢s de 400.000 euros en subvenciones desde el 2015 para ayudas al fomento del valenciano sin ning¨²n tipo de control".
En concreto, el PP llev¨® a los tribunales el acuerdo de 6 de abril de 2018, dictado por Rub¨¦n Trenzano, por el que desestim¨® una solicitud formulada el 27 de febrero por Eva Ortiz, en su calidad de su portavoz del Grupo Popular en Les Corts, en la cual "intimaba la cesaci¨®n de la inactividad material y en la ejecuci¨®n de sus propios actos de la Administraci¨®n de la Generalitat en la fiscalizaci¨®n de las subvenciones otorgadas en los ejercicios 2015 y 2016" para el fomento del valenciano a las dos empresas mencionadas.
En un primer momento, el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 9 de Val¨¨ncia decidi¨® sobreseer el procedimiento al entender que las manifestaciones de Trenzano deb¨ªan encuadrarse "en el ¨¢mbito de las declaraciones con car¨¢cter pol¨ªtico, administrativo y m¨¢s propio de la disputa pol¨ªtica", cuyo foro de tratamiento es la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa.
Sin embargo, ahora la Secci¨®n Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, tras estudiar el recurso de apelaci¨®n presentado por el PP, decide revocar el archivo y ordenar la continuaci¨®n de la causa en u auto fechado el 23 de mayo y al que ha tenido acceso Europa Press.
Argumenta para ello que de esas explicaciones "no puede deducirse directamente la atipicidad de la conducta denunciada (...) y m¨¢s a¨²n teniendo en cuenta la aceptaci¨®n previa del juez, seg¨²n sus propias palabras, de que los hechos denunciados 'suponen las contradicciones en las manifestaciones del querellado, en cuanto a si falt¨® a la verdad o no consciente y voluntariamente, cometiendo una falsedad para encubrir ciertas conductas, provocando una inseguridad jur¨ªdica con alcance penal".
"Es decir --prosigue--, est¨¢ reconociendo el juez en su auto que las manifestaciones vertidas en el escrito de la denuncia son contradictorias (con la realidad), que falta saber si esa inobservancia de la verdad fue consciente y voluntaria, que falta saber si este proceder falsario persegu¨ªa encubrir ciertas conductas y que en todo caso lo sucedido posee naturaleza penal porque vulnera la seguridad del tr¨¢fico jur¨ªdico, bien jur¨ªdico protegido del delito de falsedad".
En la misma l¨ªnea, la Audiencia cree "indebido en el incipiente momento procesal el sobreseimiento decretado" y a?ade: "El estado de cosas actual muestra la denuncia de unos hechos subsumibles en el delito de falsedad cometida en documento oficial, porque, a tenor del texto de la querella, el querellado es funcionario p¨²blico, emite un escrito en el ejercicio de sus funciones, hace constar en ¨¦l a sabiendas unos hechos objetivamente contrarios a la realidad, y con este proceder institucional quebranta la confianza en el funcionamiento normal de la instituci¨®n que representa".
En consecuencia, concluye, debe "atenderse la petici¨®n del apelante para que siga la investigaci¨®n y se perfile la existencia o no de los elementos delictivos que el mismo juez apunta en los fundamentos de su resoluci¨®n".
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